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IniciarMi WebLinkAcerca deFUNDACION CIUDADELAS  DE LIBERTAD Acuerdo No. 618-96 MGMINISTERIO OE 60BERNACION Y POIICIA SAN JOSE, COSTA RICA , 1 1 N' 618- 96- MG.—San Josd, 19 de julio de 1996. EL PRESIDE\'TE DE LA REPUBLICA Y EL A4171MISTRO DE GOBERNACIONI Y POLICIA, Con fundamento en la Ley de Radio N1 1758 del 19 de junio de 1954 y sus refonnias y el Reglamento N° 63 del I 1 de diciemhre de 1956 sus reform_ as y v Considerando: 1 Artiailo I °—Que el senor Mur'ioz Gamboa Jorge, cedula N* 1 -343- 7C1, apoderado generalisimo de Fundaci6n Ciudadelas de Libermd, a presentado formal solicited tendiente is que se le autorice el sistema de- enlaces en Ultra Alta Frecuencia entre los estudios de Radio 89 Ya ubicados en San Josd y sus repetidoras en el Cerro de la Muerte y CerroSantaElena. Articulo 2°—Que segiin certificari6n del notario ptiblico Lic. Augusto Rojas Trejos, el senor. Mtuloz Gamboa Jorge es Presidente con facultades de apoderado generalisimo sin limite de sums de Fundaci6nCiudadetasdeLibertad. F Articulo 3 °—Que la oficina de Control A`acional de Radio hizo el iandlisiscorrespondientedelexpedientedeFtmdari6nCiudadelasdeL.ibenad, con cddula juridica -N,'° 3-006-051326-02 encontrandolo ajustado jaderecho, por to que ha dado su parecer favorable para que dicho sistemaseaau,orizado. Por tanto: AcuERDA,\: Otorgar los rangos de frecuencia: 935.300 a 938800fiecuenciacentral935.425- MHz TX San Jos-4, RX Volcan Irazu' y Rang C– _ iraz RY 936.675 936.925 MHz, Frencuencia Central 936.80 z TX VOlcanCerrodeIaMuerte, Cerro Santa Elena Indimfi o Zons de aeei6n Poteneis mAuma Clase de semicioTE -FCL Todo el Pais 2 Rants Comercial Queda entendido -el consecionario de esm frecuencia que es obligaci6n de su parte obsen ar la Legislaci6n Vigente o la que en el faturosedicte, acmando Jas indicaciones de la Oficina de Control Nacional deRadio. JOSE MARIA FIGUERES OLSEN'. —El °Ministro de SeauridadPtiblica, Bernardo Arce Gutidrrez -1 vez— (Solicited N* 4706).