IniciarMi WebLinkAcerca deFUNDACION AYUDANOS PARA AYUDAR Acuerdo No. 123-2006 MGPACiiiRDv
fo, i23-2006- MGP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL
ML ISTRO DE GOBER:\=ACIó\= Y POLICÍA
Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte
c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, el Convenio Intemaciona de
Telecomunicaciones ratificado mediante Ley No. 8100 del 04 de abril del 2002, los
artículos 1 y 6 de la Ley de Radio y Televisión No. 1758 del 19 de junio de 1954 y sus
reformas; los artículos 2, 3, 5, 9, 11, 19 y 30 del Reglamentó de Radiocomunicaciones,
Decreto Ejecutivo No. 31608 -G del 24 de junio del 2004 /sus reformas; y el artículo 2
0 del Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto Ejecutivo No.
27554 -G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas.
CO\`SIDERA\'DO:
1.- Que la señora FABiOLA RODRíGU-Ez DÍEZ, cédula de identidad número 1- 823 -386,
Apoderada generalísima sin límite de suma de la FUNDACIóN AYúDENOS PARA
AYUDAR, ha presentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue a su representada
concesión de derecho de uso de las frecuencias CD 458.625 MHz. y CD 458.825 MHz.,
para ser utilizada en un servicio de radiocomunicación en Ultra Alta Frecuencia (LW),
entre su base ubicada en la provincia San José y sus unidades portátiles.
2.- Que la frecuencia solicitada se encuentra según lo establecido en el Reglamento al
Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No. 27554 -G del 06 de
noviembre de 1998 y sus reformas.
3.- Que según certificación del Notario Público, DANIL o EDUARDO UGALDE VARGAS,
la señora FABIOLA RODRÍGUEZ DíEZ, mayor, casada, Administradora de Empresas,
cédula de identidad número 1 -823 -386, es Apoderada generalísima sin límite de suma
de la FUNDACióN AYÚDENOS PARA AYUDAR, cédula jurídica número 3- 006 - 109117.
4.- Que la Oficina de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al
expediente de la FUNDACIóN AYÚDENOS PARA AYUDAR, encontrándolo ajustado a
derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para que dicha concesión de derecho
de uso de las frecuencias solicitadas sea otorgada por un período de 5 años (cinco años).
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POR TANTO
ACUERDA\T:
OTORGAR a la FI7NDACIÓN AYÚDENOS PARA AYUDAR, concesión de derecho de uso de
las frecuencias CD 458.625 MHz. y CD 458.825 MHz., para ser utilizadas en el servicio
de radiocomunicación en Ultra Alta Frecuencia (UHF), según las siguientes
características:
INDICATIVO ZONA POTENCIA CLASE DE
DE ACCIóN iVIÁXINl[A SERVICIO
TE -CGP VALLE 25 WATTS COMERCIAL
CENTRAL PRIVADO
PLAZO DE LA CONCE.SIóN: CINCO AROS (5 AÑOS). Pudiendo ser renovada por un
período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando -. cumpla con lo
establecido en la Ley de Radio y su Reglamento.
Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte
observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones
de la Oficina de Control Nacional de Radio.
Dado en la Presidencia de la República el día treinta y uno de mayo del año dos
mil seis.
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