IniciarMi WebLinkAcerca deFALLAS FALLAS HERNAN Acuerdo Ejecutivo No 2784-2002 MSPc ti
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No2784-2002 MSP
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y EL . 1 6 6
MINISTRO DE GOBERNACION Y POLICIA
Y SEGURIDAD PUBLICA
Con fundamento en la Ley de Radio No.1758 del 19 de junio de 1954 y sus
reformas y el Reglamento No.63 del 11 de diciembre de 1956 y sus reformas y el
Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto No.27554-G, con fecha 06 de
noviembre de 1998.
Considerando:
1.-Que según Acuerdo Ejecutivo No.375 con fecha 28 de febrero de 1997, el señor
JUAN VEGA QUIROS, es concesionario de la frecuencia 1600' K1Tz, el cual ha
presentado formal solicitud tendiente a que se le autorice la CESION a favor del
señor HERNANC FALLAS FALLAS.
0: 2.-Que la frecuencia cedida se encuentra según lo establecido en el Reglamento al
Plan Nacional de Atribución de Frecuencias. Decreto No.27554-G con fecha 06 de
noviembre de 1998.
3:-Que la oficina de ControlNacional de Radio hizo el análisis correspondiente a
los expedientes del señor JUAN VEGA QUIROS y el del señor HERNÁN
FALLAS FALLAS, encontrándolos ajustados a derecho, por lo que ha dado su
parecer favorable para que dicha CESION sea aprobada.
POR TANTO.
ACUERDAN:
Autorizar la CESION de la Frecuencia: 1600 hTíz que hace el señor JUAN VEGA
QUIROS, con cédula No.9-033-881 a favor del señor HERNÁN FALLAS
FALLAS, con cédula.No.1-275-908, bajo las siguientes características:
L
1-TIPO DE SERVICIO: RADIODIFUSIÓN SONORA
2-CLASE: COMERCIAL
3-INDICATIVO: TI-RPQ
4-FRECUENCIA OPERACION: 1600 K-Hz
5-TIPO DE SEÑAL DE RF:AMPLITUD MODULADA
6-PORCENTAJE DE MODULACION: 100 %
i. . ; 7-TIPO DE EMISON: 10 A3 E
8-TOLERANCIA MÁXIMA DE
FRECUENCIA: 200 KHz
9-ANCHO DE BANDA: 10 IHz
10-POTENCIA DEL TRANSMISOR
PRINCIPAL: " 1000 WATTIOS
11-TIPO DE 'ANTENA: TORRE IRRADIADORA
12-ALTURA CON RESPECTO A LA
SUPERFICIE: 40 METROS
13-TIPO DE LINEA DEL
TRANSMISOR: RIGIDA 1 5/8 DIÁMETRO
165
14-PATRON DE WRADIACION: OMNEDIRECCIONAL
15-UBICACIÓN DEL TRANSMISOR: QUEPOS
16-ZONA DE COBERTURA:CANTON DE AGUIRRE
Queda entendido el concesionario de esta frecuencia que es obligación de su parte
observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las
indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio y que a partir de la
publicación del presente Acuerdo tendrá un plazo de seis meses para la puesta en
funcionamiento del servicio de.Radiodifusión Sonora.
Dado en la Presidencia de la República el día 17 de julio del dos mil dos.
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ABEL PACHECO DE LA ESPR t; '. _ c f '- •s 1. ."
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