IniciarMi WebLinkAcerca deFAGEM ELECTRONICA S.A. CONTRATO DE CONCESIÓN N°018-2006 CNRNo. 018 - 200+6 -CI\TR
CION'I AITo DE'Tml\rT-SI6N
DE USO DE FtECUINI CLA RADIOEIXCTRICA.
Nosotros, l:<mxA -,NDo BEmor_i. SFOTO, mrayu-+r, cap adi?; A.bogado, viecino de. San Rafael de E:scazii,
cedula de identidad Igo. 1- 333 -722, en mi ccmdicic n de. ISIRo -o C6E 4ckj; YPOT lc-IA, c6dula
juridica No. 2- 100 - 042004, sewn Acuerdo Ejecutivo -No. 001 -P del a de mayo del 2006, pubticado en
La Gaceta No. 101 del 26 de rmayo del 2006- en adelante denOni riado el "A&vjS' O' v Ju v
SRvmL4 CoRTES, mayor, casaado una vez, Ejecutivo, vecimo de- San Francisco de Do= Rios, ckdula de
identidad Rio. 6- 124 -310, en ml condickh de Apoderado Generali ho sin limite de suma de la
socie dad de esta plaza denominada FAcai ELEcrpdia .4 - Socrz38. A-?v6_i 4, c&Aa juridica' o. 3-
101- 153185, inscrita en la Secci6n Mercantil del RegLstro Nblico, al'Tomc, 0991; Folio 102, siento
0155, en adelante denominado el "CiavcmawAwo ', hm- c-3 conven-fido en suscribir el pr; sente
Contrato de Concesl6n de U o de los tangos de frecuencia3 931.42-50 a 931.4730 - frecuencia
central 931.450 MHz, y 931.92-'30 a 931.97-011Hz,, frecuencia cemaral 931.950 MHz., clue se regira
por las disposiciones conte-nidas en la Ley de, Radio, su reglamenio to dITpuesto en el Plan Nacional
de Atribucivu de Frecuenctas, adetuas de law siguiemteE rlaru!a: :
PMMR& - Lac miAc'io . Mediante Acuerdo Elecutiva No, 'L71 -MGY del 12 de €1iclembr-e de. 1994,
publicado en La Gaceta lN ;o. 37 del 1 de- fecre.ro de 1995, e1 Pod_ Ejecutivo re3olvid, con fundamento
en to dispuesto en la Ley de Radio, otorgar conces,16D de det-echo dz use de lo- rangos de- Frecuenc a
931.4250 a 031.4750 RMz.., £r uencia central 931.450 AM- v 931.92SO a 931.9— 90 1t z.,
frecuencia central 931 -950'i z -. a RAcnsEi.Fc°T-R6NicA Sow -DA -6 .a_
SEGMA, GF mTo. E1 presente coritrato detetmima los limite-s dr. us--o de 11 frecuenrra concedida, y
los derechos correlativos a su explc4acian.
TERGERK, DE:scRmGI6N DE LAS FREt °uFwc s. Segiu use establece em el ReTlam3emto al Plan
1Vacioual de Freeuencias, e#as £e entenderan concedidas nmicamemte Para la cobertura real, seen se
determine en los patrones de tudiaci3n de las antenaL; la bancl=a ufiliziada y el respective expediente
adtninL4rativo, por to que la explotacik rte la 1'recuencia concedida se hari bajo las
sigulentes condiciones
Rangos de remencia: 931.42-50 a 931.47-0 MHz, frecuencia central 9314SO
NERZ., Y
931.k'SO a 931 — -Wfz., frecuencia central 931-9-50
Affiz
Pateaci.a tttaxima: 3Qi} wafis.
Area geogrifica de Cdbefiwa: IVacianal
RepetidGras: Seg6n span neresarias para Is cubex#ara del cerritaric
aacianal. previa autarizad6u de Cam aI. NadcnA de
Radian.
Clase de so-s*icio qua presbrs: Radiurvmunicads m A comereso enfre pardculares. En In
transmisi6n de sdAes a>wIftiras o di&ales, pays prestar
el =ervici3 cue husca persanas mzdu- P- Is u 2dgn del
szsterna derepefiduras.
Clasf caci6w j CcanerdA
Na.018 --C-NR
183
2
CONTRATODE CONC@SION'
DE U SOD E MCGENMRADIOELECTFICA.
CUAIRrA, CA ON t L.N -UAL. El concesionar io debera cancelar por aiio adelantadio, mediante entero a
favor del Goblet-no depositado en el Banco Cr6dito Agricola de Cattago, el canon establecido en el
articulo 18 iaciso c.) de. la Ley d Radio. FI pag6 deber-a realizario el c-mce-sionario en los primeros
cinco dias habiles de cads a6a, piwo dentro del cual d~.b€ra pacer llegar- a la c'
mi
a de Control
Nacional de Radio copia legible de la boleta de. dep6si o; en caso conttario, se procedera con la
respectiva ge -4ian de cobro.
Qum"TAr OBLic- AcioxEs Dom. Co_`xCESLo?i.Aio. El coace-Sionario debera
a) Observar la le.gislaci6n viggente o la W. en el futuro se dicte en matetia de concesi6n E_
operucl6n de f - ecuencias de radio.
b) Acatar las disposiciones que vita. Control 'Nacional de Radio para ajuste t6enico de edluipos,.
segiin la norm ativa vigente.
c) Realizar las actualizaciones teenoloaicw- que e - tablez-ca el Poch- 1jecutivo, hoelogadas con el
Reglamento at Flan Nadim- al de AtYibuci6n de Frecuencia-
d) Mantener en 6-ptimo funcionaniiento tic -mco las esta3ciones, sin causar interferencias
perjudiciales a otras estacione_.
e) Anuaciar las trail_L iones con sus tetras cle ideiltif'icad±i n; al rt snos unavez cads hors
y7 Frestar los ,setvicio -s fin team ente autorizado3 por lei= en for -ma regular y no suspenderlo salvo
fuerza mayor o junta causa debidame.we comprobada.
g) Estar en cons iciones de ini iar operaMones de
fli
mediato.
h) No intemunpir par ma de tre.s rne.*e -s y _in causa justificada, los servidos clue se encuentre
obligado a prestar, de confoimidadl con el pre_en;e cim- trato.
i) No traspasar temporal lit detxnitivarrIkente la concee` =i6n de use de frecuencia otorgada, sin
autorizaci6n de Control iiacional de. Radio.
SE rAr RESCrsioN CoNT z&=4L. El l tinis eri o podgy inicaar ge tones Para la cancelaci6n de to
conce416n, cuandio el conce-siotnarYo iniiinja la legislaci6n vigente clue rige la materia o incumpla con
las obligaciones adquiridas en el prwente contrato. igual se. harms en los casos de ulcumplimiento por
causas subsanables de indole tecnica o de oportun §dad_ a ias. que el c.oncesiz -nano no de
pronta soluci6n
Stmik EQuan E I sr= LAcioN-Fs. La instalaci6n _ operaci de to-, equipo, utilizados por la
radlioemisora sera realizada conforme to establecidlo en el Plan Nacional de. Afribut-116n de Frecuencias
y el Rglamento de Radiocomunieacion --. El rs2a en ie+to tecwico de: tos equipo tran_mi ores o
receptores debera realize de mane-ra que ganmtice el bueen funcionamiento del -3mvicio, acordte con la
estaclbn, sin clue cause interferencia a etras- e -taciones o c-oncezionarim, o repiesente un nesgo para la
integridad fisica de. las persona-. Para la camprobaci6n del buen estado de las instalaciones Y
operaciun del setvicie, el conce ionarto petmitira las Vishay peri6dlicas de los funcionarios de Control
Naclanal die Radio.
0CTAITA, OEIGACIONESDM 's -TS- -r IO.
a)Ejercer control sobre. la emisioness radioel6etrie , con el fin de evitar at rnaxiimo las
interferencias perjudiciales.
No.018-20D&UNR 3
COl\' MTODF CONCFSION 2DPUSODPFRFCUINCIARADIOFLBCTRIG3
b)Atender en el rmenor ttempo posibte las denuncias de interferencia que se hagan por escrito, a fn
de no afectar el.uso adecuado del se-rVicio.
c) Propercionar las ftecuencias de enlace, 9.Egiin sea procedente, de acuerdo con la concesiQn
otorgada y su zona de cobettura.
Novi ,- Pi.Azo, PR6moc-i Ls Y CADucm—.D. La presente. ckmeezi6n durara uu periodo de 15 anos a
partir de la entrada en -Yigencia del Realam ento de Radioconmunicaciones, Decreto Ejecutivo No 31608-
0 del 24 de junio del 2004_ Podri prorrogarse, de confvtmidad con to establecido en el citado
reglamento y la notmativa vigente, _in necesidad de. nuevo cenir±o, mediante solicitud del
concesionario presentada ante Control Nacfonal de. Radio c%..n al meno_, 3meses de. anfelacj6n a
su vencimiento. Far caso de no ser pr-e-sentada soLcitud de pr&m.Ta d.tro del termino indicado,
caducari la concesi6n.
DicudA, CEtTmc.%.Ciol\TEs. Cuandt to r-onmidette. oportuno, el l iniAetio solicibui at concesionario
certificacion de que se encuentre al dia en e1 patio de. tav obligariones con la Caja Costarricen,_e de
Segllro Social que sefialan los articulos 31 y 74 de :emu Ley Constitutiva_
CI
Dtcmu PRmimA: IsmAci Y E spEems FrsCMXS. Para efecto s fi cales. se a -?tine a el contrato en
la sums de cuarenta y cinco mil colones Cd45.000 t0). En virtud del principio de inmunidad ttibutaria
del Estado, 6nicamente ways:ponde pagm- al c-oncm- imario e_-peciw (scales pot- un total de
cuatrocientos veinticinco colones (6425_0:0), m a que debera cancelar mediante entero a favor del
Gobierno en et Banco Credito Agricola de Cattago.
Leido io esezito por Jas pastes contratantes. Jo aprobamos y fi mamos en San Jose; a Jas diet
horas y treinta minutos del vein titr s de noxiembre del dos mil spis.
Lic. FTR_N_kNDo J3ERR
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Fk czm ELEc rR6i,, -icA S.A.
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