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IniciarMi WebLinkAcerca deFAGEM ELECTRONICA S.A. CONTRATO DE CONCESIÓN N°018-2006 CNRNo. 018 - 200+6 -CI\TR CION'I AITo DE'Tml\rT-SI6N DE USO DE FtECUINI CLA RADIOEIXCTRICA. Nosotros, l:<mxA -,NDo BEmor_i. SFOTO, mrayu-+r, cap adi?; A.bogado, viecino de. San Rafael de E:scazii, cedula de identidad Igo. 1- 333 -722, en mi ccmdicic n de. ISIRo -o C6E 4ckj; YPOT lc-IA, c6dula juridica No. 2- 100 - 042004, sewn Acuerdo Ejecutivo -No. 001 -P del a de mayo del 2006, pubticado en La Gaceta No. 101 del 26 de rmayo del 2006- en adelante denOni riado el "A&vjS' O' v Ju v SRvmL4 CoRTES, mayor, casaado una vez, Ejecutivo, vecimo de- San Francisco de Do= Rios, ckdula de identidad Rio. 6- 124 -310, en ml condickh de Apoderado Generali ho sin limite de suma de la socie dad de esta plaza denominada FAcai ELEcrpdia .4 - Socrz38. A-?v6_i 4, c&Aa juridica' o. 3- 101- 153185, inscrita en la Secci6n Mercantil del RegLstro Nblico, al'Tomc, 0991; Folio 102, siento 0155, en adelante denominado el "CiavcmawAwo ', hm- c-3 conven-fido en suscribir el pr; sente Contrato de Concesl6n de U o de los tangos de frecuencia3 931.42-50 a 931.4730 - frecuencia central 931.450 MHz, y 931.92-'30 a 931.97-011Hz,, frecuencia cemaral 931.950 MHz., clue se regira por las disposiciones conte-nidas en la Ley de, Radio, su reglamenio to dITpuesto en el Plan Nacional de Atribucivu de Frecuenctas, adetuas de law siguiemteE rlaru!a: : PMMR& - Lac miAc'io . Mediante Acuerdo Elecutiva No, 'L71 -MGY del 12 de €1iclembr-e de. 1994, publicado en La Gaceta lN ;o. 37 del 1 de- fecre.ro de 1995, e1 Pod_ Ejecutivo re3olvid, con fundamento en to dispuesto en la Ley de Radio, otorgar conces,16D de det-echo dz use de lo- rangos de- Frecuenc a 931.4250 a 031.4750 RMz.., £r uencia central 931.450 AM- v 931.92SO a 931.9— 90 1t z., frecuencia central 931 -950'i z -. a RAcnsEi.Fc°T-R6NicA Sow -DA -6 .a_ SEGMA, GF mTo. E1 presente coritrato detetmima los limite-s dr. us--o de 11 frecuenrra concedida, y los derechos correlativos a su explc4acian. TERGERK, DE:scRmGI6N DE LAS FREt °uFwc s. Segiu use establece em el ReTlam3emto al Plan 1Vacioual de Freeuencias, e#as £e entenderan concedidas nmicamemte Para la cobertura real, seen se determine en los patrones de tudiaci3n de las antenaL; la bancl=a ufiliziada y el respective expediente adtninL4rativo, por to que la explotacik rte la 1'recuencia concedida se hari bajo las sigulentes condiciones Rangos de remencia: 931.42-50 a 931.47-0 MHz, frecuencia central 9314SO NERZ., Y 931.k'SO a 931 — -Wfz., frecuencia central 931-9-50 Affiz Pateaci.a tttaxima: 3Qi} wafis. Area geogrifica de Cdbefiwa: IVacianal RepetidGras: Seg6n span neresarias para Is cubex#ara del cerritaric aacianal. previa autarizad6u de Cam aI. NadcnA de Radian. Clase de so-s*icio qua presbrs: Radiurvmunicads m A comereso enfre pardculares. En In transmisi6n de sdAes a>wIftiras o di&ales, pays prestar el =ervici3 cue husca persanas mzdu- P- Is u 2dgn del szsterna derepefiduras. Clasf caci6w j CcanerdA Na.018 --C-NR 183 2 CONTRATODE CONC@SION' DE U SOD E MCGENMRADIOELECTFICA. CUAIRrA, CA ON t L.N -UAL. El concesionar io debera cancelar por aiio adelantadio, mediante entero a favor del Goblet-no depositado en el Banco Cr6dito Agricola de Cattago, el canon establecido en el articulo 18 iaciso c.) de. la Ley d Radio. FI pag6 deber-a realizario el c-mce-sionario en los primeros cinco dias habiles de cads a6a, piwo dentro del cual d~.b€ra pacer llegar- a la c' mi a de Control Nacional de Radio copia legible de la boleta de. dep6si o; en caso conttario, se procedera con la respectiva ge -4ian de cobro. Qum"TAr OBLic- AcioxEs Dom. Co_`xCESLo?i.Aio. El coace-Sionario debera a) Observar la le.gislaci6n viggente o la W. en el futuro se dicte en matetia de concesi6n E_ operucl6n de f - ecuencias de radio. b) Acatar las disposiciones que vita. Control 'Nacional de Radio para ajuste t6enico de edluipos,. segiin la norm ativa vigente. c) Realizar las actualizaciones teenoloaicw- que e - tablez-ca el Poch- 1jecutivo, hoelogadas con el Reglamento at Flan Nadim- al de AtYibuci6n de Frecuencia- d) Mantener en 6-ptimo funcionaniiento tic -mco las esta3ciones, sin causar interferencias perjudiciales a otras estacione_. e) Anuaciar las trail_L iones con sus tetras cle ideiltif'icad±i n; al rt snos unavez cads hors y7 Frestar los ,setvicio -s fin team ente autorizado3 por lei= en for -ma regular y no suspenderlo salvo fuerza mayor o junta causa debidame.we comprobada. g) Estar en cons iciones de ini iar operaMones de fli mediato. h) No intemunpir par ma de tre.s rne.*e -s y _in causa justificada, los servidos clue se encuentre obligado a prestar, de confoimidadl con el pre_en;e cim- trato. i) No traspasar temporal lit detxnitivarrIkente la concee` =i6n de use de frecuencia otorgada, sin autorizaci6n de Control iiacional de. Radio. SE rAr RESCrsioN CoNT z&=4L. El l tinis eri o podgy inicaar ge tones Para la cancelaci6n de to conce416n, cuandio el conce-siotnarYo iniiinja la legislaci6n vigente clue rige la materia o incumpla con las obligaciones adquiridas en el prwente contrato. igual se. harms en los casos de ulcumplimiento por causas subsanables de indole tecnica o de oportun §dad_ a ias. que el c.oncesiz -nano no de pronta soluci6n Stmik EQuan E I sr= LAcioN-Fs. La instalaci6n _ operaci de to-, equipo, utilizados por la radlioemisora sera realizada conforme to establecidlo en el Plan Nacional de. Afribut-116n de Frecuencias y el Rglamento de Radiocomunieacion --. El rs2a en ie+to tecwico de: tos equipo tran_mi ores o receptores debera realize de mane-ra que ganmtice el bueen funcionamiento del -3mvicio, acordte con la estaclbn, sin clue cause interferencia a etras- e -taciones o c-oncezionarim, o repiesente un nesgo para la integridad fisica de. las persona-. Para la camprobaci6n del buen estado de las instalaciones Y operaciun del setvicie, el conce ionarto petmitira las Vishay peri6dlicas de los funcionarios de Control Naclanal die Radio. 0CTAITA, OEIGACIONESDM 's -TS- -r IO. a)Ejercer control sobre. la emisioness radioel6etrie , con el fin de evitar at rnaxiimo las interferencias perjudiciales. No.018-20D&UNR 3 COl\' MTODF CONCFSION 2DPUSODPFRFCUINCIARADIOFLBCTRIG3 b)Atender en el rmenor ttempo posibte las denuncias de interferencia que se hagan por escrito, a fn de no afectar el.uso adecuado del se-rVicio. c) Propercionar las ftecuencias de enlace, 9.Egiin sea procedente, de acuerdo con la concesiQn otorgada y su zona de cobettura. Novi ,- Pi.Azo, PR6moc-i Ls Y CADucm—.D. La presente. ckmeezi6n durara uu periodo de 15 anos a partir de la entrada en -Yigencia del Realam ento de Radioconmunicaciones, Decreto Ejecutivo No 31608- 0 del 24 de junio del 2004_ Podri prorrogarse, de confvtmidad con to establecido en el citado reglamento y la notmativa vigente, _in necesidad de. nuevo cenir±o, mediante solicitud del concesionario presentada ante Control Nacfonal de. Radio c%..n al meno_, 3meses de. anfelacj6n a su vencimiento. Far caso de no ser pr-e-sentada soLcitud de pr&m.Ta d.tro del termino indicado, caducari la concesi6n. DicudA, CEtTmc.%.Ciol\TEs. Cuandt to r-onmidette. oportuno, el l iniAetio solicibui at concesionario certificacion de que se encuentre al dia en e1 patio de. tav obligariones con la Caja Costarricen,_e de Segllro Social que sefialan los articulos 31 y 74 de :emu Ley Constitutiva_ CI Dtcmu PRmimA: IsmAci Y E spEems FrsCMXS. Para efecto s fi cales. se a -?tine a el contrato en la sums de cuarenta y cinco mil colones Cd45.000 t0). En virtud del principio de inmunidad ttibutaria del Estado, 6nicamente ways:ponde pagm- al c-oncm- imario e_-peciw (scales pot- un total de cuatrocientos veinticinco colones (6425_0:0), m a que debera cancelar mediante entero a favor del Gobierno en et Banco Credito Agricola de Cattago. Leido io esezito por Jas pastes contratantes. Jo aprobamos y fi mamos en San Jose; a Jas diet horas y treinta minutos del vein titr s de noxiembre del dos mil spis. Lic. FTR_N_kNDo J3ERR AiLNIMO r JII v SEVR._A Co=- 5 Fk czm ELEc rR6i,, -icA S.A. a k 4 Vs 3 1{