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IniciarMi WebLinkAcerca deEL PAPIRO INVERSIONES SURAMERICANAS IS, S.A. ACUERDO EJECUTIVO N°383 MGPA d gw : CUERDO E.IECtiTI'O F 9 't C '• : ó` . o. 383 \IGP EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA 1' LA n- N11\ISTR.A DE GOBER\AC10\ 1` POLICíA 155 Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte e), 140 inciso 20) y 116 de la Constitución Política, el Convenio Internacional de Telecomunicaciones ratificado mediante Leer No. 8100 del 01 de abril del 2002. los artículos 1 v 6 de la Leer de Radio Izo. 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas los artículos 2, 3, 5, 9, 11, 19 y 30 M Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 31608 -G del 24 de junio del 2001 y sus reformas: y el apículo 2 del Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto Ejecutivo No. 27554 -G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. CO\S1DE RAN DO: UNO.- Que el señor ELIÉCER BARRIE \TOS RODRíGUEZ, cédula identidad Neo. 1- 673 -868, Presidente con facultades de :apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad EL PAPIRO INVERSIONES SURANIERICA\AS IS SOCIEDAD AtNÓ'ItN1A, ha presentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue a su representada concesión de derecho de uso de los Ramos de frecuencias 923.375 iMl -1z a 923.625 4Hz. Frecuencia Central 92;.50o \41-1z. 927.125 ÍMI-lz a 927.375 \41.17-. Frecuencia Central 927.210 \4Hz. 950.625 \,IHz a 930.873 \MHz. Frecuencia Central 950.750 \41 -17- y 955.125 \ -IHz a 955.375 \4Hz, Frecuencia Central 955.250 \,IFlz, para ser utili7.adas como enlace entre sus estudios N, los receptores ubicados en Volcán Irazú, Cerro Santa Elena, Cerro de la \•fuerte y Cerro \4onterrey. en Ultra Alta Frecuencia (UHF). DOS.- Que las frecuencias solicitadas se encuentran según lo establecido en el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No. 27551 -G yM 06 de noviembre de 1998 y sus refornas. TRES.- Que según certificación del Notario Público, TOMAS ESQUIVEL CERDAS, el señor ELIÉCER BARRIENTos RODRÍGUEZ, mas °or, casado por tercera vez. Administrador de negocios, cédula de identidad número 1 -673 -868, en su carácter de Presidente con facultades de Apoderado Generalisimo sin límite de suma de la sociedad EL PAPIRO INVERSIONES SURAMERICAN S IS SOCIEDAD con cédula jurídica número 3 -101- 215796. CUATRO.- Que el Departamento de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al expediente de la sociedad EL PAPIRO INVERSIONES SURAÍNIERICAÍ AS IS SOCIEDAD ANÓ +'1N1A, encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer fa rorable' para que dicha concesión de derecho de uso de las frecuencias solicitadas, sea otorgada por un período de 5 anOS (CINCO AÑOS). POR TANTO; ACUERDAN: AliTíCULO l: OTORGAR a la sociedad EL PAPIRO INVERSIONES SURA :NIERICANAS IS SOCIEDAD concesión de derecho de uso de los rangos de frecuencias 923.375 \41-Iz a 923.625 lliz. Frecuencia Central 923.500 \41 -17-, 927.125 \•iHz a 927.375 \MHz, Frecuencia Central 927.250 \MI•lz. 950.625 \41-1-x_ a 950.875 \MHz. Frecuencia Central 950.750 \4Hz y 955.125 \41-1z 0 11 S. a 955.37 \•1Hz. Frecuencia Central 955.250 Í4Hz., para ser utilizadas como enlace entre sus estudios y" los receptores ubicados en Volcán Irazú, Cerro Santa Elena, Cerro de la lMuerte y Cerro N4ontzrrev en Ultra alta Frecuencia (UHF), según las siguientes características: INDICATIVO ZON-A POTENCIA CLASE DE DE ACCIÓN N'1:1XIdIA SERVICIO TE-NIi\IC TODO EL 10 NVATTS CONIERCIAL PAis PRIVADO 05q ARTICULO 2: PLAZO DE LA CO \CESIO\: CI \CO AÑOS (S AÑos). Pudiendo ser renovada por un periodo igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la Ley de Radio >i su Reglamento. Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte observar la legislación Vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina. de Control Nacional de Radio. ARTiCULO 3: Rige a partir de su notificación. Dado en la Presidencia de la República el día Veintiocho de mayo del año dos mil ocho. e ?IAll JAi\INA DEL VECCHIO 1 N- II\ISTRA DE GOBER\ACI, Y SEGURIDAD PÚB r , O GO F Art c QQ A 2,, y c,a DAD