IniciarMi WebLinkAcerca deCORPORACION PEDREGAL S.A. ACUERDO EJECUTIVO N°142-2008 MGPd•
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ACuERDO EJEcuTrvo
No. 142-2008 MGP
EL PRESIDENTE DE LA REPÍiBLICA Y EL
MLYZSTRO DE GOBER\ACIó\T Y POLICÍA
16 .Ci
ZA
Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte
c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, el Convenio Internacional de
Telecomunicaciones ratificado mediante Ley No. 8100 del 04 de abril del 2002, los
artículos 1 y 6 de la Ley de Radio No. 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas; los
artículos 2, 3, 51 9, 11, 19 y 30, del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto
Ejecutivo loro. 31608 -G del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y el artículo 2 del
Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto Ejecutivo
No.27554 -G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas.
CONSIDERA\DO:
UNO.- Que el señor ALEJANDRO ZA.`IORA FER\ÁNTDEZ, con cédula de identidad
número 1-7331-829, en su carácter de tesorero con facultades de Apoderado
Generalísimo sin limite de suma de la sociedad CORPORACIÓN PEDREGAL, S.A., ha
presentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue a su representada concesión de
derecho de uso de las frecuencias TX 266.075 MHz, TX 266.225 MHz, RX 269.250
MHz, RX 269.300 ¡MHz, y CD 263.850 MHz, para ser utilizadas en un servicio de
radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), en su base ubicada en la provincia
de Heredia, sus unidades móviles y sus portátiles.
DOS.- Que las frecuencias solicitadas se encuentran según lo establecido en el
Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo
No.27554 -G con fecha 06 de noviembre de 1998 y sus reformas.
TRES.- Que según certificación de la Notaria Pública; SO\rIA MUÑOZ TUK, el señor
ALEJANDRO Z mNIORA FERNÁNDEZ, cédula de identidad número 1- 731 -829, en su
0. de tesorero con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la
sociedad CORPORACIóN PEDREGAL, S.A., con cédula jurídica número 3- 101- 113891-
08.
CUATRO.- Que el Departamento de Control Nacional de Radio hizo el análisis
correspondiente al expediente de la sociedad CORPORACIÓN° PEDREGAL, S.A.,
encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para que
dicha concesión de derecho de uso de las frecuencias solicitadas sean otorgadas por un
período de 5 años (CINCO años).
POR TANTO
ACUERDA :
1 6.1
ARTÍCULO 1: OTORGAR a la sociedad CORPORACIóN PEDREGAL, S.A., concesión de
derecho de uso de las frecuencias TX 266.075 MHz, TX 266.225 MHz, RX 269.250
MHz, RX 269.300 MHz, y CD 263.850 MHz, para ser utilizadas en el servicio de
radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), según las siguientes características:
B \WICATII'O ZONA POTENCIA CLASE DE
DE ACCIóN i UXENÍA SERVICIO
TE -CWC TODO EL PAÍS 25 WATTS COMERCIAL
PRIVADO
ARTÍCULO 2: PLAZO DE LA CO\CESIó\: CINCO AÑOS (5 ANOS). Pudiendo ser
renovada por un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando
cumpla con lo establecido en la Ley de Radio y su Reglamento.
u
Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte
observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones
de la Oficina de Control Nacional de Radio.
Artículo 3: Rige a partir de su notificación.
Dado en la Presidencia de la República el día 12 de febrero de 2008.
M-4
Aleja tdro Delgado G.
2-4.í4 -137
LIC. FERNANDO BERRO
VLL\ZSTRO DE GOBERNACI
EGURIDAD PÚBL
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