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IniciarMi WebLinkAcerca deCORPORACION PEDREGAL S.A. ACUERDO EJECUTIVO N°142-2008 MGPd• 0 4 ACuERDO EJEcuTrvo No. 142-2008 MGP EL PRESIDENTE DE LA REPÍiBLICA Y EL MLYZSTRO DE GOBER\ACIó\T Y POLICÍA 16 .Ci ZA Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, el Convenio Internacional de Telecomunicaciones ratificado mediante Ley No. 8100 del 04 de abril del 2002, los artículos 1 y 6 de la Ley de Radio No. 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas; los artículos 2, 3, 51 9, 11, 19 y 30, del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo loro. 31608 -G del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y el artículo 2 del Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto Ejecutivo No.27554 -G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. CONSIDERA\DO: UNO.- Que el señor ALEJANDRO ZA.`IORA FER\ÁNTDEZ, con cédula de identidad número 1-7331-829, en su carácter de tesorero con facultades de Apoderado Generalísimo sin limite de suma de la sociedad CORPORACIÓN PEDREGAL, S.A., ha presentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue a su representada concesión de derecho de uso de las frecuencias TX 266.075 MHz, TX 266.225 MHz, RX 269.250 MHz, RX 269.300 ¡MHz, y CD 263.850 MHz, para ser utilizadas en un servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), en su base ubicada en la provincia de Heredia, sus unidades móviles y sus portátiles. DOS.- Que las frecuencias solicitadas se encuentran según lo establecido en el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No.27554 -G con fecha 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. TRES.- Que según certificación de la Notaria Pública; SO\rIA MUÑOZ TUK, el señor ALEJANDRO Z mNIORA FERNÁNDEZ, cédula de identidad número 1- 731 -829, en su 0. de tesorero con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad CORPORACIóN PEDREGAL, S.A., con cédula jurídica número 3- 101- 113891- 08. CUATRO.- Que el Departamento de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al expediente de la sociedad CORPORACIÓN° PEDREGAL, S.A., encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para que dicha concesión de derecho de uso de las frecuencias solicitadas sean otorgadas por un período de 5 años (CINCO años). POR TANTO ACUERDA : 1 6.1 ARTÍCULO 1: OTORGAR a la sociedad CORPORACIóN PEDREGAL, S.A., concesión de derecho de uso de las frecuencias TX 266.075 MHz, TX 266.225 MHz, RX 269.250 MHz, RX 269.300 MHz, y CD 263.850 MHz, para ser utilizadas en el servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), según las siguientes características: B \WICATII'O ZONA POTENCIA CLASE DE DE ACCIóN i UXENÍA SERVICIO TE -CWC TODO EL PAÍS 25 WATTS COMERCIAL PRIVADO ARTÍCULO 2: PLAZO DE LA CO\CESIó\: CINCO AÑOS (5 ANOS). Pudiendo ser renovada por un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la Ley de Radio y su Reglamento. u Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio. Artículo 3: Rige a partir de su notificación. Dado en la Presidencia de la República el día 12 de febrero de 2008. M-4 Aleja tdro Delgado G. 2-4.í4 -137 LIC. FERNANDO BERRO VLL\ZSTRO DE GOBERNACI EGURIDAD PÚBL 9 rj.r. ár;• 1 • ti.r. r