IniciarMi WebLinkAcerca deCORPORACION DE LA CUESTA DIAZ SOCIEDAD ANONIMA N°124-93 MSP7
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mo . E74-M. MT
EL PRESIDENTE DE LA ;'ERiJSL Y CA Y LA
MINISTRA DE S2SE.RNAC?ON Y :'OLICIA
Cera fundamento en la Ley de Radio No. 1755 del 19 de junio de
1954 y=_us re#crs°:as y el Reglamento No, 63 del 11 de diciembre de
1956 y sus reformas y
Considerando:
1 -Due segun Acuerdo No.21 del 31 de enero de 1956, gaceta No.32 dei
14 de febrero de 1956, el señor SANTIASO DE LA CUESTA ROSADA, core
cédula número N o.° -040 -431, es adjudicatario de la frecuencia
o243.72 3`it-iz, a presentado formal solicitud tendiente a que se le
autorice el traspaso a nombre de CO:iRORACION DE LA CUESTA DIAZ S.A.
2. -Que segt1n certificación del Notario Público Lic. Randall
Humberto Tamayo Occnitril lo, el senor Santiago De La Cuesta Diez,
con cédula No.8- 940 -493, es Presidente con facultades de Apoderado
Seneralisimo sin limite de suma CORPORACION DE LA CUESTA DIAZ S.A;
cara cédula Jurídica No.3-101- 026342 -3 «.
3. -Que la oficina de Control Nacional de Radio hizo el análisis
correspondiente de los expedientes del señor Santiago De La Cuesta
Rosada; y el de CORFORACION DE LA CUESTA DIAZ S.A; encontrándolos
ajustados a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para
que dicho TRASPASO sea autorizado.
RCFt TANTO:
ACUERDAN:
Autorizar la cesión de la Frecuencia: CD 243.72 M4. z que hace el
seRcr Santiago De La Cuesta Fosada a favor de CORFORACION DE LA
CUESTA DIAZ S.A; con las siguientes características:
sNDICATIV:l ZONA DE ACCIOPd POTENCIA MAXIMA CLASE DE SERVICIO
TE-SBCU SA;i! JOSE 25 WATTS COMERCIAL-PRIVADO
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Cueda entendido el concesionario de esta frecuencia que es
obligación de su parte observar la Legislación Vigente o la que en (V
el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina de bk
Control Nacional de Radio. C
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Dado en la Presidenci EP4i RE
novecientos noventa y,s ete.G
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PRESIDENTE \\
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pLblica el día 16 de mayo de mil ti
LAURA CHINCHILLA MIRANDA
MINISTRA