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IniciarMi WebLinkAcerca deCONTRATO DE CONCESION No.082-2004-CNR SOCIEDAD PERIODISTICA EXTRA LTDANo. 082-2004—Cha I1 CONTRATO DE CONCESION i I O QOnnUJ DE liso DE FRECUENCIA RADIOELECTRICA Nosotros, Rccn.10 RAMC6 MYLAF-nt a, mayor. casado _n _-_hundas nupcias, administrador de re._ociec vecino .7e San José, cédula de identidad 1-572-516. en r:ti condición de Nfnbisrlto DE GOBERNACIÓN v PoucíA, cédula jurídica 2-Iuo-04210. s::-1n Acuerdo El?^vive 'X'2-P, del de mayo del 2002,publicado en La Gaceta 87, del E de mayo del 202, en adelmse denominado el `iefn `RF10"¡ y WILLIA».4 G£IU.FDO GatEZ. VARGAS, mayor. casado, vecino de AL=jueL emmrezarie, portador de l_ cédula de identidad número 2-273-0I0, en mi _ondietón de gerente presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin limite de suma de la sociedad de esta piza denominada SOCHAD PERIODÍSTICAA EXHa t LTDA., c:_d; _ jurídica numero 3-102J:138255, int7Lta en la Secenér. de Mercantil del Fs_•istro Público, a! Temo 197 Folio i'=: esio t ;55 e!L.e __ en adelante denominado CONO rCNARIO". hemos convenido en suscribir el pro rorro Contrato de Concesión de Uso de de les canales de televisión 42 g 69, rano-os de tccuenci_ 638 a 644 ir fi a SO6Ivita.., cuee se regirá per L= disposiciones cntenidas en la Lsy de Radie,B! relarüento. y lo di-tueste en el Plan nacional de Atribución de Frecuencia:. adenlii de las siguientes cihsuize: PRIMERA.-LEGLTI SACow.lvfedi_rlre Acuerdo No. _i+ el 24 de aco-to de 1992, publicado en La Carera No. f' del I4 de enero de I993. el Poder Eirvtivc r_schic otor:_ con fundamento en lo dispuesto. en la Lec de F.adie. concesión de derecho de Lin .de in: canales de te!SSi4?7: ? C; . '.3n__?s de frecuencias 638 a 64-4 Ivíriz.y 800 a C'.'_ lora Iz, a la Sco»rn PEPIC DhTICA t? F LEIDA- SECUNDA.-O>t;ero, El presente 07ntrar_ der`•rmina los limites de uetz de la frecuencia concedida. y los derechos cerrelatives a su eTiotacit n. Te1tcenA:DEZCRL'CIONDELA.FRECUENW . L :. establece en el Fss•larnenro al Plan Nacional de Frecuencias. éstas se entenderán r'oncedidaS únicamente rara la cobertura real. .-5--un ?e- determine en lo.: eatrnne.5 de nata•er de las antenas, La banda utilizada y el re_r.ect:Se c edten__ adrnin_^1r:r cor lo que la eiplc'tactort de la frecuencia concedida se hará bajo los sieui°nrea limo-•:: N6mem de canal de ÑLetisn: 42. Frecuencia límite del Cze 1 638 a 644 M Hz. Ancho delnal 6 MHz.m ubicación del transmisor Volcán Iraní (Pa-'qm) Intensidad de campo mínima utilizable enso.0 de media alta densidad de población: 77 d5(a V/m). Intensidad de campe+ minima u ilizable en zona_de beia dcicidad de pobl: waá" i: 56 dB(uV/m). Potencia de laportadora de audio: 100 Watts. Repetidoras: Canal 69. Rango de frecuencias: 800 Ml-la a 806 MHa Ubicación de las repetidora Cerro de las Muerte, s Ceno Santa Elena. Área aproximada de cobertura: Nacional Clase de sonido que prestará: Radiodifusión televisiva Tipo de señal- Analógica digital Clasificación:Comercial CUARTA- CANON ANUAL- El o,ncesier_io deben cancelar por at=o adelantado, mediante entero a favor de! Gebiemo depositado en ci Banco Crédito i_-t_osa de Cana__' el canon establecido en el articulo las inciso de is Ley de Radio.El pae> debed realizarlo el ONICeEg'nano en los nr,_lieP's cinco días hábiles de rada año.plazo dentro i 000002 1t 082-2004-CNR. 2 DurrrR. TD DE Cba+ fui DE USO DE P6ñCV621QA R%DIDSLtC1RICA 1 I ! I ``• del cual deberá hacer llegar a la Oficina de Cont-ml Nacional de Radio copia Lgibk de la helero de depósito: en caso contrario,se procederá con la respectiva'-catión de cobre. QUINTA-OBIrJaaa4 DO-CONCaz1C 4ARIO.El c•n••sioasarla deberá: a)Observar la Lcislación via-ente c la -que en el fia-are se dicte en materia de concesión y operación de frecuentar: de radia. b)Acatar las disposiciones que emita Control Nacional de Radie para ajuste ticnice de equces, se«n la normativa vitente. C) Realizar las actualizaciones tecnológicas que ••srabL_ca el Poder Ejecutivo. homologadas con el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Fecencias. d)Manrener en óptimo funcionamiento tecnicr la: estaciones, si causar interferencias- perjudiciales a otras estaciones. e) Anunciar las transmisiones con s`s letras de identificación- al menos una vez cada hora. O Procurar brindar una proctarnación curo contenido informativo, cultural y recreativo, contribuya con la integración familiar,el desarrollo armónico de la niñea e•1 mejoramiento de los sistemas educatrves', la difur ten de nuestros valores cívicos. artísticos.hL:+_]__o: i nalruu3les. r el desarrollo sustentable. g)Estar en condiciones de iniciar operaciones de inmediato. h)Presrar el servicio de radiodifusión sonora en torna ^"?lis transmitiendo un mínimo de doce horas diarias, no suspenderlo salvo faena mayor o causa justa debidamente comprobada. 1) No interrumpir por mas de tres rieses y sin causa justificada, los servicios que se encuentre eb!icado a prestar. de conformidad con el presente contrato. l) No traspasar temporal ni definitivamente !a ...oncesiAn de uso de frecuencia otorgada, sin autorización de Control Nacional de Radio. SBCTA.-RESCISIÓN CONTRACTUAL.El Ministerio peda iniciar c'sticnes vara La cancelación de !a concesión. cuando el concesionario infrinja la legialación vigente que rige la materia n incumpla con las obli?actones adquiridas en el presente contrato. Igual se-hará en los casos de inc_rmplit:tiento por causas subsanable_ de indole tecnica o de oportunidad, alas que el concesionario no de pronta solución. vonvt.-EQUIPO Su.sraACr>t•tt<. La instalación r - eracióón de los equipos utilizados ver la radioemisora sera realizada conforme lo establecido en el Plan Na cional de Atribución de Frecuencias - el Res-lamento de Radiocomunicaciones.El mantenimiento t?cnice de lo_ e utas transmisores o receptores deberá realizan! de :manera que garantice el buen funcionamiento del servicio, acorde con la estación, sin cue cause interferencia a otras estaciones o concesionarios,o represente un riese*vara la inre_ridad luzca de i?:personas. Para la comprobación del buen estado de las instalaciones y operación del servicio, el concesionario ;ermizira las visitas periódicas de los frncie narval de Control Nacional de Radio. OCTAVA.-OBTSCdacijas D©.MlHwr R1o. a)Ejercer control sobre las emisiones redice cn'icas. con el En de evitar al mirime las interferencias perjudiciales. b) Atender en el menor tiempo posible las denuncias de interferencia que se hac•an por escrito. a En de no afectar el uso adecuado del servicio. c) Proporcionar las frecuencias de enlace. :_gun c__ procedente de acuerdo con la concesión etor_ada y su zona de cobertura. 000001 Con-ne TO DE airutsión DE 1.130 DE PHEQJWQA RADtOEtzCratcA 4 i fi ;1 1 Novalu.-PL..aTO, PRáREcc-±s-t cinucrvr'. La presente concesión durará un periodo de 20 años a partí de su firma. Podrá inerme-me por periodos bus les. sin necesidad de nuevo contrato, mediante solicitud del concesionario presentada ante Control Nacional de Radie con al menos S meses de antelación a su vencimiento. En caso de no ser presentada ilicitud de prorm?a dentro del témwto indicado. caducara la concesión. Déama.-CrictuicAaar .Cuando lo .n'_ideee 0ncrtsan . el Minurerio solicitará al !onersicnarc ce2ifica-J_n d que se encuentre al día en el pace de las oblinctones con la Caja Costarricense de Seguro Social que señalan les artículos Si y 74 de su Ley Constitutiva. DL ,tAPau,t 1A„-EsrrD&AG&I Y FEC R$CAL Para efecto_ fiscales. se estima el contrato en la suma de dos millones cuatrocientos mil colones y2.=ii0_0„i tl. En ,-rsmd del principio de inmunidad tributaria del Estad' únicamente corresponde rasar al mnro:;^nario especies fiscales por un total de ase mil trescientos doce colines. con cincuenta dntim._s (46.3'2,54 rama que deberá ca3t_s!_r medizxire entero a favor del Gobierno en el Banco Cridim P.rícro!a de Cr ,.z Leido lo ccoM3 por las parí=s mntratantr, lo aprobamos 7 firmanrw en San José, a las din,horas del diecinueve de octubre cid dos mil cuatro. A-6 O 9•iy91ia tc • loro ü S Irle: n srf y , T1r .-:-s !I Lrc.Recalo RAr cs MAR-MIEL -5 '' ='W VARGAS iSTICA EXTRA LTDA. i