IniciarMi WebLinkAcerca deCOMUNICA M Y T SOCIEDAD ANONIMA_ACUERDO EJECUTIVO N°073-2005 MSPNo, G13-2I105 MSP
EL PRESIDENTE DE IA REPiT$LICA Y EL
MINISTRO DE GOBERNACI(9N Y POLICIA
Con findamento en la Ley d? Radio No. 1758 del 19 de-junio de 1454 y sus reforestas y el Reglamento
de radiocomunicaciones Decreto 4ecutivo No 31608 -G del 24 de junio del 2004 y el Reglamento al
Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Detecto No.27554 -G, con fecha 06 de noviembre de 1998
y sus reformas
Con9deaando.
1.-'Que la se óra EVITA ARGUEDAS MARLOUF, cédula de identidad número 1- 580 -352, en su
condición de presidenta, con facultades cae apoderada generali =a sin limite de suma de la compañía
COMUT TICA M Y T SA, ha presentado formal solicitud tentlíente a qué se le otorgue a su
representada concesión -de derecho de uso de los rangos de frecuencia 905.025 I MÍ. a 906.000 MHz.,
de 917.000 MHz. a 917.900 MHz., de 6500 MHz. a 6512.5 MIk y de 6480 MHz. a 6852.5 MHz., para
se, utilizados como enlate del Sistema Tronealiaado entre sus oficinas ubicadas err San José y sus
repetidoras en todo el país.
2- Que las frecuencias solidadas se encuentran según lo establecido en el Reglamento al Plan
Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto No.27554 -G con fecha 06 de noviembre de 1998 y sus
reformas.
k- Que según certificación del Notario Público, Jo=sé Francino Asedas Troyo, la señora Evita
Arguedas Maklouf, mayor casada en segundas nupcias, abogada, vecina de Rohnnoser, Condominio El
Estoril, apartamento número seis -dos, coa dula de identidad número 1- 580 -352, es Presidenta con
facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de la compañía COTA ICA M Y T
SOCIEDAD ANOT ~- con cédula jurídica No. 3- 101 - 124628, inscrita en la Sección Mercantil del
Registro Público, en el tomo setecientos dieciséis, folio ciento noventa y cano, asiento ciento setenta y
uno.
a- Que el Departamento de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al expediente de.
Comunica M S T S.A., encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para
que dicha concesión de derecho de uso de los rangos de frecuencias solicitadas, para enlazar el Sistema
Troncalizado entre sus oficinas centrales y sus repetidoras en todo el país, sean otorgadas por un
período de quince arios (I5 años).
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POR TANTO,
ACUERDANI - _...... á
Otorgar a CO~JICA M y T >A- concesión de derecho de uso de los rangos de
frecuencias, 905.025 MHz a 906.000 MHz, de 917.000 MHz a 9179Q0 MHz; de 6500
MHz a 6512.5 M[HHz y de 6840 MHz a 6852.5 14Hz, para ser utilizados como enlaces del
Sistema Troncalizado entre sus oficinas ubicadas en San José y sus repetidoras en todo el
país, según las siguientes características:
INDICATIVO ZONA DE ACCION POTE1,qCIA MAYDIA CLASE DE SERVICIO
TE -CBQ TODO EL PAIS 10 WATTS en la banda de 900, 11í. COMERCIAL PRIVADO
1 WATT en la banda de 6000 MHz
CLASIFICACION: COMERCIAL PRIVADO
REPETIDORAS: VOLCÁN IRAZU, Cartago
CERRO DE LA MUJERTE, San José' .
CERRO ADAMS, Golfito, Puntarenas
CERRO SANTA ELENA, Monte Verde, Puntarenas
CERRO AZUL, Nandaywe., Guanacaste
PLAZO DE LA CONCESIÓN: QUINCE AMOS (15 AÑOS). Pudiendo ser renovada por
un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en
la Ley de Radio y su Reglamento.
Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte
observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la
Oficina de Control Nacional de Radio.
Dado en la Presidencia de la República el _día 14 de febrero de 2005.
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