IniciarMi WebLinkAcerca deCOMPAÑIA TRANSPORTISTA DEL SUROESTE S.A ACUERDO EJECUTIVO N°409-2008-MGP•
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No. 409 MGP
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA V LA
wisTRA DE GOBERNACION Y POLICiA
0 8 A60. 208
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Con fundament° en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14)
aparte c), 140 inciso 20) y 146 de Ia Constitución Política, el Convenio de la Union
Internacional de Telecomunicaciones ratiticado mediante Ley No. 8100 del 04 de
abril del 2002, los artículos 1 y 6 de Lev., de Radio No. 1758 del 19 de junio de
1954 y sus reformas; los articulos 2, 3, 5, 9, 11, 19 y 30 del Reqlamento de
Radiocomunicaciones. Decreto Ejecutivo No. 31608-G del 24 de junio del 2004 y sus
reformas; y el artículo 2 del Reglamento al Plan Nacional de Atribución de
Frecuencias Decreto Ejecutivo No. 27554-G del 06 de noviembre de 1998 y sus
reformas.
CONSIDERANDO:
UNO.- Que el señor ARNOLD() SOLANO MONTENEGRO, cédula de identidad número
3-184-010; Gerente con facultades de Apoderado Generalísimo sin Iímite de suma de
COMPAÑiA TRANsPoirrisTA DEL SUROESTE LIMITADA, ha presentado formal
solicitud tendiente a que se le otorque a su representada concesión de derecho de uso
de las frecuencias TX 137.050 MHz, RX 140.600 MHz, para ser utilizada en un
servicio de radiocomunicación en Mu v Alta Frecuencia (VHF), entre su base ubicada
en la provincia de San Josunidades móviles.
DOS.- Que las frecuencias solicitadas se encuentran sequn lo establecido en el
Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No.
27554-G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas.
TRES.- Que según certiticación_ del Notario Public°. Fernando Fernandez
D
folio el senor ARNOLDO SOLANO MONTENEGRO, mayor,
caesiga(1°;v idoLnaijeibea z,lenipresario, vecino de San iosé, cédula de identidad número 3-184-
010. es Gerente con facultades de .Apoduado Generalisim° sin límiru
de ,suni.a de
CON'll'AÑÍA TRANsPoRTNTA DEL SUROESTE LINIITADA, cédula juru. Ica número J-
10)-010970.
CUATRO.- Que el Departamento de Control Nacional de Radio liizo el análisis
correspondiente al expediente de Ia COMPAÑiA TRANSPORTLSTA DEL SUROESTE
LIMITADA, encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable
(Mick) N828-08 CNR del 29 de may() de 2008) para que dicha concesión de derecho
de uso de las frecuencias solicitadas, scan otortladas por un period() de 5 años (ciNco
AÑOS).
1
Por Tanto:
ACUERDAN:
ARTICULO 1: OTORGAR a la COMPAÑiA TRANSPORTISTA DEL SUROESTE LIMITADA,
concesión de derecho de uso de las frecuencias TX 137.050 MHz, RX 140.600 MHz.
para ser utiliz,ada en el servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia
(VHF), según las siguientes características:
1NDICATIVO
ZONA
DE ACCIÓN
POTENCIA
NilÁXINIA
CLASE DE
SERVICIO
URICACIÓN DE LA
REPETIDORA
TE-OPO
TOD() Et_ PAiS
24; WA-rrS
COMERCIAL
PRIVADO
CERRO GALLO
ALAJUELA
•
ARTÍCULO 2: PLAZO DE LA CONCESIÓN: CI_NCO AÑOS ANOS). Pudiendo ser
renovada por un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando
cum pla con lo establecido en Ia Ley de Rztdio y su Reglamento.
Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obliszación de su parte
observar Ia legislación vittente o Ia que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones
de la Oticina de Control Nacional de Radio.
Artículo 3: Rige a partir de su notificación.
Dada en Ia Presidencia de la República el día once de junio del año dos mil ocho.
Cl?1R ARIAS SAN
JANINA DEL VECCHIO
MINISTRA DE GOBERNACI
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