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IniciarMi WebLinkAcerca deCOMPAÑIA TRANSPORTISTA DEL SUROESTE S.A ACUERDO EJECUTIVO N°409-2008-MGP• • - Acuyyno á • • 3 / No. 409 MGP EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA V LA wisTRA DE GOBERNACION Y POLICiA 0 8 A60. 208 tv›;› REC EFCiell (.1 N Con fundament° en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte c), 140 inciso 20) y 146 de Ia Constitución Política, el Convenio de la Union Internacional de Telecomunicaciones ratiticado mediante Ley No. 8100 del 04 de abril del 2002, los artículos 1 y 6 de Lev., de Radio No. 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas; los articulos 2, 3, 5, 9, 11, 19 y 30 del Reqlamento de Radiocomunicaciones. Decreto Ejecutivo No. 31608-G del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y el artículo 2 del Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto Ejecutivo No. 27554-G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. CONSIDERANDO: UNO.- Que el señor ARNOLD() SOLANO MONTENEGRO, cédula de identidad número 3-184-010; Gerente con facultades de Apoderado Generalísimo sin Iímite de suma de COMPAÑiA TRANsPoirrisTA DEL SUROESTE LIMITADA, ha presentado formal solicitud tendiente a que se le otorque a su representada concesión de derecho de uso de las frecuencias TX 137.050 MHz, RX 140.600 MHz, para ser utilizada en un servicio de radiocomunicación en Mu v Alta Frecuencia (VHF), entre su base ubicada en la provincia de San Josunidades móviles. DOS.- Que las frecuencias solicitadas se encuentran sequn lo establecido en el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No. 27554-G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. TRES.- Que según certiticación_ del Notario Public°. Fernando Fernandez D folio el senor ARNOLDO SOLANO MONTENEGRO, mayor, caesiga(1°;v idoLnaijeibea z,lenipresario, vecino de San iosé, cédula de identidad número 3-184- 010. es Gerente con facultades de .Apoduado Generalisim° sin límiru de ,suni.a de CON'll'AÑÍA TRANsPoRTNTA DEL SUROESTE LINIITADA, cédula juru. Ica número J- 10)-010970. CUATRO.- Que el Departamento de Control Nacional de Radio liizo el análisis correspondiente al expediente de Ia COMPAÑiA TRANSPORTLSTA DEL SUROESTE LIMITADA, encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable (Mick) N828-08 CNR del 29 de may() de 2008) para que dicha concesión de derecho de uso de las frecuencias solicitadas, scan otortladas por un period() de 5 años (ciNco AÑOS). 1 Por Tanto: ACUERDAN: ARTICULO 1: OTORGAR a la COMPAÑiA TRANSPORTISTA DEL SUROESTE LIMITADA, concesión de derecho de uso de las frecuencias TX 137.050 MHz, RX 140.600 MHz. para ser utiliz,ada en el servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), según las siguientes características: 1NDICATIVO ZONA DE ACCIÓN POTENCIA NilÁXINIA CLASE DE SERVICIO URICACIÓN DE LA REPETIDORA TE-OPO TOD() Et_ PAiS 24; WA-rrS COMERCIAL PRIVADO CERRO GALLO ALAJUELA • ARTÍCULO 2: PLAZO DE LA CONCESIÓN: CI_NCO AÑOS ANOS). Pudiendo ser renovada por un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cum pla con lo establecido en Ia Ley de Rztdio y su Reglamento. Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obliszación de su parte observar Ia legislación vittente o Ia que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Oticina de Control Nacional de Radio. Artículo 3: Rige a partir de su notificación. Dada en Ia Presidencia de la República el día once de junio del año dos mil ocho. Cl?1R ARIAS SAN JANINA DEL VECCHIO MINISTRA DE GOBERNACI SEC URI DAD PUB CA t>4