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IniciarMi WebLinkAcerca deCENTRO DE CIENCIA Y TECNOLOGIA ULTRAPARK S.A._ACUERDO EJECUTIVO N°194-2006 MGPa FA ACUERDO `EJECUTIVO Np 194-2006 t1,I G P EL PRESIDENTE DE LA REPúBLICA Y EL ININISTRO DE GOBERNACION l° POLICIA Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte e), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, el Convenio Internacional de Telecomunicaciones ratificado mediante Ley No. 8100 del 04 de abril del 2002, los artículos l y 6 de la Lev de. Radio Nro. 17 8 del 19 de junio de 1954 v sus reformas: los artículos 2, 3, 5; 9, 11. 19 y 30 del _Reglamento de- Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 31608 -G del 24 de junio del 2004 y sus reformas; Ni el artículo 2 del Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto Ejecutivo No. 27554 -G del 06 de noviembre de 1998 N, sus reformas. CONSIDERANDO: L- Que el señor CARLOS PIEDRA JURADO, cédula de identidad número 3- 212 -142, en su carácter de Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad CENTRO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA ULTRAPARK S.A., ha presentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue a su representada concesión de derecho de uso de las frecuencias TX 226.12 ÍMI—1z. N, RX 231.07 i\4-Hz., para ser utilizada en un servicio de radiocomunicación en Ultra Alta Frecuencia ( \ %HF), entre su base ubicada en la provincia de Heredia Ni sus unidades portátiles. 2.- Que la frecuencia solicitada se encuentra según lo establecido en el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No. 27554 -G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. 3.- Que -según certificación del Notario Público, Luis !MIGUEL CARBALLO PÉREZ, el señor CARLOS PIEDRA JURADO, mayor, casado; empresario, cédula de identidad numero 3 -212 -142; es Piesidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad CENTRO DE CIENCIA v TECNOLOGÍA ULTRAPARK S.A.. cédula jurídica número 3- 101 - 10216. a.- Que el Departamento de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al expediente de la sociedad CENTRO DE CIENCIA v° TECNOLOGÍA ULTRAPARK S.A., encontrándolo ajustado a derecho; por- lo que ha dado su parecer favorable para que dicha concesión de derecho de uso de las frecuencias solicitadas, sea otorgada por un período de 5 años (cinco años). 0 P012 TANTO; 9 ACUERDAN: OTORGAR a la sociedad CENTRO DE CIENCIA V TECNOLOGía ULTRAPARK S.A., concesión de derecho de uso de las frecuencias T\ 226.12 i\4Hz. N, RX 231.07 MHz., para ser utilizadas en el servicio de radiocomunicación en Ultra Alta Frecuencia (VEIF), según las siguientes características: INDICATIVO ZONA POTENCIA CLASE DE DE ACCIÓN í\'lá\1:N9A SERVICIO TE-DRZ VALLE CENTRAL 25 WATTS COMERCIAL PRIVADO PLAZO DE LA CONCESIóN: CINCO AÑOS (S AÑOS). Pudiendo ser re- novada por un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la Ley, de Radio v su Reglamento. Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina de Control ?oracional de Radio. Dado en la Presidencia de la República el día diecinueve de octubre del año dos mil seis. ED` diS O CAR RIA SAIIjCHEZ 9 `z OSt C óQ 8s,p2 2 0 5 aoo ó9C? C. i ¡ J LIC. ]FERNANDO BERROC: SOT MINISTRO DE GOBER\AC16\`, POLICÍA Y SEGURIDAD PÚBLICA v a e• ,: