IniciarMi WebLinkAcerca deCANAL CINCUENTA DE TELEVISION, S.A. CONTRATO DE CONCESIÓN N°011-2007-CNRNU. OI 1 -3009 CN R. (:ONTMATO UE CONCESION
DE USO DE FR ECU ENCI:ifi2AD5;0EL1 CTItICA !1 IJ 9 3
NoWtroS. FERNANDO BERROCV- SO"FO. inavor. casado. Abouuido. vecino de San Rafael de I Scaz6.
cidula de identidad nfunero 1 -337 -722, en ml condicion de : \IlNtSIRO [IF. (;ORr RNAra6N 1' Pol.ICIA,
e dula juridica n6in ro 2- 100 -041 -004. se aim Acuerdv Llecutivo No. UOI -P del 8 do mavo del 2000.
publicado en La Gaceta No. 101 del 26 de mavo del 3006, en adelante denominado el "•16 IS'I'I(RRt"
ENRIQUE SOLANO SALAS, mayor. empresario. casado, vecinu de fielin. Heredia: Crdula de identidad
n6mero 1 -503 -876. en mi condiei6n de Presidente con facultadeS de Apodcndo Genertlisinio sin limile do
smna. de la sociedad denominada CANAL CINCUENI*A DE TELEVISION SOCIFImD AN6NWtA. ccdula
juridica n6nxro 101 - 141054. inscrita en la secci6n Mercamil del Rc gisiro Pitblico. bajo el Tomo 781,
rcdio 147. ASiento 233: en adelante denontinado el °CoNCE510NARI <I ". hentos convcnido en suscribir el
presente Contnto de Concesi6n de derctiho de Uso del runo de frecuencias 6 ii a 662 MHz. Icmtal 45 do
lelevisi6nl. que se regira por las disposiciones contenidas en la Lev tie Radio. sit Re glamenti, v 10
dispuesto en el Plan Nacional de Atribuci6n de rrccuencias. acfemeis de las si uuicntcs cl iusulas:
PRUIERA: LEGI ITMACI6N. Mediante Acuerdo Ejecutivo No. 2768 - 2001 clef 18 de julio del 2002, Cl
Poder Ejecutivo resolvi& con fundamento en lo dispuesto en la Ley de Radio. otorgar ccntcesi6n do
derccho de use del nngo de Recuencias 656 a 662 Nil lz. (canal 45 do tclevisiint 1. a GANm. CINC'ul I',%
DE TEILEVISI6N S. A.
u
SEGUNDA: OR.IEfO. EI prCSente Contrno detcrmina los limitcs de use de la tiecuencia conccdida, y lo",
dcrczhos correlativos a sit explotaci6n.
TrRCERA.- DESCRIP06N DE LA FRECUL CIA. Sceim Se eStablcce cn el Reelamenlo al Plan Nacional de
Frecuencias. esias se entenderin concedidas 6nicantente Para fa cobcrtura real. seg6n sc determine en It)s
pairones de ndiaci6n de las antcnas. la bands utili'zada y el respectivo eNpcdiente adm ill isu:uivo, por lip
que la esplotaciim de la freruencia conccdida se liari bajo las sieuientes condicii n":
Ndmero de canal de television 45
Ranao de frecuencia 656 NI IIz. a 662 MHz.
Ancho de Banda utilizable 6 Aillz.
I'ilas de Canjel y Cerro Az.u1,
Guanacasle; San Isidro del
Ubicaci6n del transmisur principal
General v Cerro Buena Vista.
San .losi.
Intersidad de cameo minima utilizable en zonal de media 311 l. II). d li ( u VIIdensidaddeoblacibo
Intensidad de Campo minima utilizable en zonal de baja
64 lilt OW /nO
densidad de poblactlin
Cla w A 911 Kill.
Area aproNinim;I de cubermra: Clasc It 150 Km.
Clase de sen-icio que treslara Radiudirusi6lltclevisfva
Ti xt de serial: Anahi2ica a diUital
CUARTA: C.%NON ANHAL. E-I COIICeSionario dehera cancelar por ana adelantado. medianlc cntcro a laver
del Gobiemo depositado en el Banco Crrdiio Agricola do Cana_o, cl cation cstablccido cn cl :uticulo
IS incisocj de la Ley de Radio. 1-1 pa 6 delx•ri realizarlo el conccsionalio cn los primcros cinco dial
hcibiles de cads alto, plazo demro del cual deheri hater Ile_ar a la 01 -wina do Control Nacional do Radio
copia legible de la Meta de dvp6silo: cn cast) contrario. Sc proccdcri con la rcaxctiva ec thin de cobro.
QUINT,%, OBLIG,%CIONFS DEL CONCr.sioN. ARIO. 1.1 concesionano delxra:
Su, 011 - 2007 -CNR
CoN I RA Io In: CO?clLSWIS
DI: I.MI DI 11 CCULMIA RA11101A.C.CI RIC%
7
i1192
a.) Obsen,ar la le__islacion vi genre o la que en el futuro se dicte en ntateria de concesion %, operaciim
SENTA: RFSCISIOS COSTRACRIAL. El \linisterio podr5 iniciar gestiones para la cancelacion de la
concesion. cuando el cowesionario inRit ja la lCt- 1036611 vieente que rise la materia o inctimpla coil Ills
obli gaciones adquiridas cn el preserve comrato. I gual se hari en los c: sos tic incumplimicnto por causal
subsanables de indole tirnica o de oporumidad, a las que el concesiunario no dr pronta suluci6i.
SfTIMA,- FQDIPO F INSTALACIONFS. La instalacion v operacion de los equipos utilizatlos por la
radioemisom Seri realizada confornte to establecido en el Plan Nacicmal tie Atrihuci:in tie Frectmicias y el
Re ilamemo de Radioconwnicaciones. El mamenin)iemo trcnico de los eyuipus translnisores o receptores
delwn realimrse de immem que _aramice cl buen I'll tic ionamiento del servicio. acurde coil la es1aci6ll, sin
que cause imerfercncia a otras estaciones o coneesiemarios. o represente Lin ricsgo pars la inte_ridad fisica
de las personas. Para la comprobaciim del buen estado de las initalaciones y iperacion del servicio, el
coacesionario pen»itiri las visitas perWicas de los flutcionarios de Control \acional de Radio.
OCTAVA.- ORLIGACIOSFS DLL IISISTERlO.
a.) I jercer control sobre las emisitmes rtttioelrctricas, con el fin tic evitar al nciximo las
imerlerencias perjudicialcs.
b.) Mender ell el meuor tiempo posible las demmcias tie interferencia que se ha gall por cscritu, a f in
de rat) afectar el use adecuado del servicio.
c.) Prolvickmar las Gecuencias de enlace, se,--fm sea procedentc. de acuerdo con la concesiigt
otoreada y su zona de cofkrtum.
NovFSA: PL.%ZO. PRORROGAS Y CADUCIDAD. La presence concesion durari Lin pvriodu de 20 atios
comados a partir de la entrada en vi_encia del Rcelamento tic Radiucum Lill icaciones, Decretu I;jccutivo
o. 3160S -G. del 24 de junio del 2004. Podri prorro garse. de confurmidad cim le, estahlecido en Cl citado
realamento v la nomiativa vieente. sin necesidad do nuevo contratu. mcdiamc solicited do la
Coneesionaria presemada ante Control \acional de Radio con al stenos 3 mews do antelaciGn a
su vencimiemo. En case, de n0 ser presemada solicited de prorro,a demo del trrmino intiicado, caducar:i
la concesion.
de frecuencias de radio.
b.) Acatar las disposiciones que emita Cimtrol \'acional de Radio part ajuste trcnico de equipos,
see(m la nonmuiva vieente.
c) Realizar las acntalizaciones tecnologicas que establezea el Poder Ejecutivo. homologadas con cl
Reelamento al Plan \acioltal de Atribuci6ii de Frecuencias.
I.) mamener en optimo tuncionamicnto trcnico las estaciones, sin catuar interferencias perjudiciales
a otms estaciones.
e.) Anunciar las transmisiones con sus letrts de idemilicacion. al mends una vez cada horn.
f.) Procurar brindar una prograntacion cuvo cuntenido informativo. culutral y recreativo, contribuya
con la imeuaciin familiar. el desarrollo amt6nico de la ninez. el mejoramiemo tie los sistemas
educativos. la ditusi6i de nuestros valores civicos. artisticos. historicos y cultural". y el
desarTollo sustemable.
F_star en condiciones de iniciar operaciones de inntediato.
h.) Prestar el servicio de radiodifluion sonora en forma re mlar. trtnsmitiendo Lill ntinimo do dote
lions diarias. y no suspender-lo salvo fuerza mayor o causa junta debidamente comprobada.
i.) NO illterrumptr por man de tres meses v sin causa justiftcada. los seroicios que se encucntre
obli gado a prvstar, de conforntidad con el preseme contnto.
j.l No traspasar temporal ni detmitivameme la concesion de use de frecuencia utix_ada, sin
autorizacion de Control \'acional de Radio.
SENTA: RFSCISIOS COSTRACRIAL. El \linisterio podr5 iniciar gestiones para la cancelacion de la
concesion. cuando el cowesionario inRit ja la lCt- 1036611 vieente que rise la materia o inctimpla coil Ills
obli gaciones adquiridas cn el preserve comrato. I gual se hari en los c: sos tic incumplimicnto por causal
subsanables de indole tirnica o de oporumidad, a las que el concesiunario no dr pronta suluci6i.
SfTIMA,- FQDIPO F INSTALACIONFS. La instalacion v operacion de los equipos utilizatlos por la
radioemisom Seri realizada confornte to establecido en el Plan Nacicmal tie Atrihuci:in tie Frectmicias y el
Re ilamemo de Radioconwnicaciones. El mamenin)iemo trcnico de los eyuipus translnisores o receptores
delwn realimrse de immem que _aramice cl buen I'll tic ionamiento del servicio. acurde coil la es1aci6ll, sin
que cause imerfercncia a otras estaciones o coneesiemarios. o represente Lin ricsgo pars la inte_ridad fisica
de las personas. Para la comprobaciim del buen estado de las initalaciones y iperacion del servicio, el
coacesionario pen»itiri las visitas perWicas de los flutcionarios de Control \acional de Radio.
OCTAVA.- ORLIGACIOSFS DLL IISISTERlO.
a.) I jercer control sobre las emisitmes rtttioelrctricas, con el fin tic evitar al nciximo las
imerlerencias perjudicialcs.
b.) Mender ell el meuor tiempo posible las demmcias tie interferencia que se ha gall por cscritu, a f in
de rat) afectar el use adecuado del servicio.
c.) Prolvickmar las Gecuencias de enlace, se,--fm sea procedentc. de acuerdo con la concesiigt
otoreada y su zona de cofkrtum.
NovFSA: PL.%ZO. PRORROGAS Y CADUCIDAD. La presence concesion durari Lin pvriodu de 20 atios
comados a partir de la entrada en vi_encia del Rcelamento tic Radiucum Lill icaciones, Decretu I;jccutivo
o. 3160S -G. del 24 de junio del 2004. Podri prorro garse. de confurmidad cim le, estahlecido en Cl citado
realamento v la nomiativa vieente. sin necesidad do nuevo contratu. mcdiamc solicited do la
Coneesionaria presemada ante Control \acional de Radio con al stenos 3 mews do antelaciGn a
su vencimiemo. En case, de n0 ser presemada solicited de prorro,a demo del trrmino intiicado, caducar:i
la concesion.
o. 01 1 -:00 i -C\ R
111: 1,41111:1 RI :CI I UMIA RADIOI:I.I:C I I C\
Wu91
DI CINIA: CIiRTIPICACIONFS. Cuando to considere oponuno. el Ministerio solicitari al concesionario
cenificaci6fl de yue se encuentrc al dia cn el pa go de las ubli pcione; coil la Caja Co;tarricense de Se guro
Social yue selialan los aniculos 31 v 74 de stl Lev Constittuiva.
Df.CIMA PRIHFR:\.- I.STUI: \CIO\ \'rSPt.CIrS FISCALFS. Para efe tos fiscales. se estima el con[mto en la
suma de dos millones cuatrociemos mil colones netos (c2.400.000.00). En virtud del principio de
innnmidad tributaria del L•stado. imicameme colrespimde pa gar :d concesionario eslxcies liscales per un
total de scis mil trescientos duce colones con cincuenta centimos (16.312.50). suma yue debcra cancelar
mediante entero a favor del Gobierno en el Banco Crrdito A_ricola de Carta_o.
1-cido to escrito por las panes contratantes. to aprobamos v finnamos en San Josr. a las nueve horns del
veiminueve de mavo del dos mil side. -nom '
F
E
t: 'E.ixwIS16N S. A.
rds R.