IniciarMi WebLinkAcerca deCADENA MUSICAL, S.A._ACUERDO EJECUTIVO N°104-2001 MSPr.3
No..L04.-2001 MSP
EL PRESIDENTE DE LA R.EPUBLICA Y EL
MINISTRO DE GOBERNACION Y POLICLA
Y SEGURIDAD PUBLICA
Con fundamento en la Ley de Radio No. 1758 del 19 de junio de 1954 y sus
reformas y el Reglamento No. 63 del 11 de diciembre de 1956 y sus reformas y el Plan
Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto No17554-G, con fecha 11 de enero 1999.
Considerando:
1.-Que según Acuerdo Ejecutivo No.565 del 19 de setiembre 1978, Gaceta No.232 del 05
de diciembre 1978, CADENA MUSICAL S.A. es concesionario de la frecuencia 104.7
MHz, el cual ha presentado formal solicitud tendiente a que se le modifique e.l.Acuerdo
Ejecutivo donde se le otorgó la frecuencia en mención.
2.-Que según certificación del Notario Público Lic. Mario Brenes Luna, el señor. Jorge
Javier Castro Vargas, es Vice-Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin
límite de suma de CADENA MUSICAL SA; con cédula jurídica No3-101-07936.
3.-Que la frecuencia 104.7 MHz, se encuentra según lo establecido en el Reglamento al
Plan Nacional de Atribución de Frecuencias. Decreto No/7554-G con fecha 11 de enero
1999.
4.-Que la oficina de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al
expediente de CADENA MUSICAL SA; encontrándolo ajustado a derecho, por lo que
ha dado su parecer favorable para que se modifique dicho acuerdo.
POR TANTO,
ACUERDAN:
Modificar el Acuerdo Ejecutivo No.565 con fecha 05 de diciembre 1978, con las
siguientes características:
1-TIPO DE SERVICIO RADIO DIFUSIO_N SONORA
2-CLASE COMERCLAL
3-INDICATIVO TI-JJ
4-FRECUENCIA OPERACIÓN 104.7 MHz
5-TIPO DE SEÑAL DE R.F ESTEREOFONICA
6-SISTEMA DE _YIODULACION SEÑAL MULTIPLEX ESTERROFONICA
7-EXCURSION MAXIMA DE _ 75 ICITZ
FRE CUENCL&
8-FRECUENCLA MAXIMA DE 75 RIT7,
M.ODULACION
9-ANCHO DE BANDA 300 I:R7,
10-POTENCIA DEL TRANSMISOR 5000 WATTIOS
PRINCIPAL
ii-TIPO DE ANTENA PENETRADORAS GANANCIA 9 Dh
12-ALTURA CON RESPECTO A LA 30 METROS
SUPERFICIE
11 '47
13-TIPO DE LINEA DE TRANSMISOR RIGIDA 1518" DIÁMETRO
14-PATRON DE IRRADIACION OMNIDIRECCIONAL
15-IDBICACION DEL TRANSMISOR
PRINCIPAL VOL CAN IRAZU
16-REPETIDORAS CERRO DE LA MUERTE, SANTA
ELENA, SAN CARLOS, GOLFITO
17-ZONA DE COBERTURA TODO EL PAIS
Queda entendido el concesionario de esta frecuencia que es obligación de su parte
observar la Legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones
de la Oficina de Control Nacional de Radio.
Dado en la Presidencia de la República el día 24 de enero del dos mil uno ,, ,,
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