IniciarMi WebLinkAcerca deCABLE ZARCERO S.A. ACUERDO EJECUTIVO N°160-2005-MSPNo. I60~2W5 -MSP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL
MINISTRO DE GOBERNACION Y POLICIA
Y SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en la Ley de Radio No. 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas y el
Reglamento de Radiocomunicaciones Decreto Ejecutivo No.31608 -G del 24 de junio del
2004 y el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto No.27554 -0,
con fecha 06 de noviembre de 1998.
Considerando:
1. -Que el señor MIGUEL ANGEL GARITA MURILLO con cédula No.1- 351 -295, en
calidad de Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la
sociedad CABLE ZARCERO SOCIEDAD ANONIlVíA, ha presentado formal solicitud
tendiente a que se le otorgue a su representada concesión de derecho de uso de los rangos de
frecuencia 3700 MHz a 4200 MHz y 11950 MHz a 12200 MHz, para ser utilizadas en el
descenso de la señal de televisión del satélite y distribuiría mediante cable, en forma
analógica o digital, con el fin de brindar el servicio de televisión por suscripción, servicio que
es mejor conocido como "televisión por cable ".
2. -Que las frecuencias solicitadas se encuentran según lo establecido en el Reglamento al
Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto - No.27554 -G con fecha 06 de
noviembre de 1998.
3.- Que según certificación del Notario Público, Licenciado Echain Efraín Bonilla Murillo, el
señor Miguel Angel Garita Morillo, mayor casado una vez, psicólogo, vecino de el Alto de
Guadalupe' de Goicoechea, con cédula de identidad número 1 -351 -295, es Presidente con
facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad CABLE ZARCERO
SOCIEDAD ANO~- con cédula jurídicallo. 3 -101- 213164.
4. -Que la oficina de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al expediente
de CABLE ZARCERO SOCIEDAD ANONIMA encontrándolo ajustado a derecho, por lo
que ha dado su parecer favorable para que dicha concesión de derecho de uso de los rangos
de frecuencias solicitados para el descenso de la señal de televisión del satélite sea otorgada
por un período de veinte años (20 años).
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POR TANTO, ;"J ? - .
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Otorgar a CABLE ZARCERO SOCIEDAD ANONIMA, coñcésibn "de derecho dé uso de los
rangos de frecuencias 3700 MHz a 4200 MHz, y 11950 AMiz a 12200 MHz, únicamente
para ser utilizada en el descenso de la señal satelital de televisión, para brindar el servicio de
televisión por cable, según las siguientes características:
Clasificación del servicio a prestar
Indicativo:
Zona de cobertera:
Ubicación de los receptores (headenri
Televisión por suscripción
comercial
TE-DXl44
Alfaro Ruiz, Alajuala
Según sean necesarios para
la cobertura de la zona,
previa notificación a.
Control Nacional de
Radio.
PLAZO DE LA CONCESIÓN: VEINTE AÑOS (20 AÑOS). Pudiendo ser renovada por un periodo
igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la Ley de Rádio.y, su
Reglamento.
Queda entendido el- concesionario de esta banda que es obligación de su parte observar la
legislación vigente o la que en el fugo se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina de.
Control Nacional de Radio y que a partir de la publicación del presente Acuerdo tendrá un
plazo de seis meses para la puesta en funcionamiento del servicio de Radiodifusión
Televisiva por suscripción.
Dado en la Presidencia de- la República el 15 de abril de 2005.
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ABEL PACHECO DE LA ESP
LIC. ROGE ORAMOS MAR Z
MINISTRO DE GOBERNACION Y POLICIA
Y SEGURIDAD PÚBLICA
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