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IniciarMi WebLinkAcerca deCABLE VISION DE COSTA RICA CVCR S.A. ACUERDO EJECUTIVO N°470 MGP 2008Cl l: R1.) Ch Ii.Il:Csl1T1 O í\`O. 47q i\I G P CI_ 1'R[:$II)I \"I"L' I)E I..A RI:I'lTl;l_ICA 1' EL 11\IS"I RO DE GORI RÍNACIC)\° Y PO1..1CíA Con fundamento en las atribuciones que les confleren los articulos 12 I incisi tjipirte ci, 110 inciso 20) y, 146 de la Constitución Política; el Convenio de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, ratificado mediante Ley No. 8100 del 04 de abril M 2002; los artículos 1 x, 6 ele la Ley ele Radio No. 17 -8 del 19 de junio de 1934 y sus reformas; los artículos 3, -.. 9; II. 19, 3Ú > 32 del (ZeV,lamento de Radiocomunicaciones; Decreto Ejecutivo Nro. 31605 -G del 24 de junio del 2004 v sus reformas; y el artículo 2 del Reglamento al Plan Nacional ele Atribución de Frecuencias Decreto Ejecutivo No. 27334-G del 06 de noviembre de 1998 N, sus reformas v el dictamen N' 314 -08 -2007 de la Procuraduría General de la Republica. CO!N'.SII)ERAyI)O: UNTO- Que por Acuerdo Ejecutivo No 20 -2008 ÍN-1CP; riel 07 de enero del 2008, se le otorgó concesión de derecho de uso de lis rangos ele frecuencia 3700 N,ll-Iz a 4200 hIl-Iz y de 11950 I ¡Mi -1-r_ a 12200 - II -Iz; a C.miu ViSi í 1)1 Cos-rA RICA C\'CR S(-)Ctt.i)Ai) ayiNóm,mA, para ser utilizados en el descenso ele la señal efe televisión satelital y distribuirla mediante cable en fórrala aiialóiLIca o digital, con el fin de brindar el servicio de televisión por suscripción; mejor conocido como televisión por cable'; en la Gran Area Metropolitana. DOS- Que el señor FItA iNCESCO C. LDART CASSOL. con cédula de identidad número 8- 058 -987; presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad CA131_1: VISIÓa m::. COSTA RICA CVCR SOCIFIMI) AiNómÍMA, ha presentado formal solicitud tendiente a que se le modifique el Acuerdo 1 ecutivo No 20 -2008 MGP, del 07 de enero del 22008 en cuanto ala cobertura y, se le permita ampliar la cobertura a todo el territorio nacional (Ver I lio 0). I` RES - Que según certificación del Nlotarío Público. .1o1 tNllot°"rO1fA NIORA visible a folió Cí9, el señor FR:cr::C(.) CA1.1)_1z"r C:ss<.)1., may °ur. casado una vez, empresario; vecino de Niloravia Sall Jose, portador ele la cédula de identidad numero 8 -058 -987 es presidente con facultades de Apoderado Gelleralls¡mo Sill llllllte de suma ele la suciedad CABLE VISIÓN, DE COTA RIC \ CVCR SoCll l)AI) ANóNlimA, con cédula jurídica No 3- 101- 28373. CUATRO- Que el Departamento ele Control Nacional ele Radio hizo el análisis correspondiente. al Mpediellle de CABLE VISIÚN DE COSTA RICA C\'CR SOCIEDAD AiNOiiNi,NiA, encontrándolo afttstado a derecho, por lo que. ha dado su parecer favorable( oficio N' 612 -08 CNrR del 23 ele abril de. 2008) para que se el Acuerdo Ejecutivo No 020 -2008 ÍMGP, del 07 de enero de.l 2008 en cuanto a que se le permita la ampliación de' cobertura a torio el pais. cien el Fin de llevar la señal (le televisión por suscripción; mejor conocido come `'televisión piar cable' hasta el usuario Final, por un período de 20 años (veinte años). CINCO- Que si bien se encuentra en trámite ante la Sala Constitucional el expediente N' 05- 016067 - 0007 -CO; correspondiente a la acción incoada en contra del artículo ?2 M Decreto Ejecutivo 32786 -G de 17 de noviembre de 2005, atendiendo a lo dispuesto en la Ley de la Jurisdicción Constitucional ; al texto de la resolución que le da trámite a dicha acción Ni a los procedentes jurisprudenciales existentes.. la Procuraduría General de la República, mediante Dictamen C -314 -2007; concluyó que dicha norma no es de carac.ter pl'OCtsal; SIn0 sustantiva, por lo que no queda suspendida su aplicación. Consecuentemente., el Poder Ejecutivo puede resolver las solicitudes de Frecuencias para el descenso de la serial de televisión piar satélite y ser distribuido vía cable hasta el usuario Final, en los servicios (le televisión por suscripción." Por Tanto: , acu--iza.AiN: r \Itl'icUt o l: MouIHIC:M el Acuerdo I_jecutivo No 020 - 008 I\IGP, del 07 c1e enero M 2008 de concesión de. derecho de uso de los rangos de frecuencia 3700 ¡MiAz a 4200 MI -iz N, de 1 1930 ÍMHz a 12200 ¡MiAz a C B F VISIóN DE COSTA RICA CVCR Soci I)AI) únicamente con respecto a la "Lona de Cobertura, para que en lu <oar de la gran área metropolitana pase a zona de cobertura todo el país. Awricum.) 2: En todo lis demás.. se menciona incólume el acuerdo ejecutivo N' 020- 2005 ÍMG P Artículo 3: Rige a partir (le Su notificación _ 9 Dado en la Presidencia de la República el día dieciséis de junio de¡ año dos mil, ocho. Ckz IA\I\:\ DE1.. VI CCI-I ll\ISTIZA 1)1= GUItI PC)I..I(.IA Y SI:C.t.iKII). G P t'+ti / V OpU I 417 2