Loading...
IniciarMi WebLinkAcerca deBROITMAN ROSOSTEIN JAIME_ACUERDO EJECUTIVO N°158-2005No. l' -qk -2005 ll-L5P EL PRESIDENTE DE LA REPúBLICA Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA Con fundamento en la Ley de Radio No. 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas y el Reglamento de radiocomunicaciones Decreto Ejecutivo No 31608 -G del 24. de junio del 2004 y el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto No.27554 -G, con fecha 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. fi gi' • il • 1.- Que el señor JAnff BROI'TMAN ROSOsTEIN, con cédula de identidad número 3 -184- 122, ha presentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue concesión de derecho de uso de las frecuencias TX 30.840 MHz. y RX 33.840 MHz., para °ún servicio de radiocomunicación en Muy Alía Frecuencia (VHF), entre su base - ubicada _en la provincia de San José y sus unidades móviles. .1 2.- Que la frecuencia solicitada se encuentran según lo establecido en el Reglamentó al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto No.27554 -G con fecha -06 de noviembre de 1998 y sus reformas. 3.- Que según la Oficina de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al expediente del señor JAm BRon AN ROSOSTEIN, encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para que dicha concesión de derecho de uso de las frecuencias solicitadas sean otorgadas por un período de 5 años (cinco años). POR TANTO Arum DAN: Otorgar al señor JAM BRorr~ Roso.MIN, concesión dé derecho de uso de las frecuencias TX 30.840 MHz. y RX 33.840 MHz., para un servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), según las siguienies características: INDICATIVO ZONA DE ACCIÓN ToDo EL PALS POTENCIA CLASE DE SERVICIO 25 WATTS COMERCIAL F%-V,YkUV) • o56 PLAZO DE LA CONCESIÓN: CINco AÑOS (5 AÑOS). Pudiendo ser renovada por un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la Ley de Radio y su Reglamento_. Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte observar la legislación vigente o la que en el ligo se dicte, acalando las indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio. Dado en la Presidencia de la República el día veinticinco de abril del año dos mil cinco. DE 4 Zrt -z\ ABEL PACHE CO DE LA Ú Lic. Roctalo RAmOs MA MQYESTRO DE GOBERNACIÓN Y o55