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IniciarMi WebLinkAcerca deBELEN SOCIEDAD ANONIMA_ACUERDO EJECUTIVO N°221-2008 MGPi ya 2 MAYC- 2008 ACUERDO EJEcuTrvo Yo. 221-2008 MGP EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA R CE7C7^+;, WNI STRA DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA t ,y ¡ Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, el Convenio Internacional de Telecomunicaciones ratificado mediante Ley No. 8100 del 04 de abril del 2002, los artículos 1 y 6 de la Ley de Radio No. 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas; los artículos 2, 3, 5, 9, 11, 19 y 30 del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 31608-G del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y el artículo 2 del Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto Ejecutivo No. 27554-G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. CONSIDERANDO: UNO.- Que el señor ALBERTO JULIMN ESQUIVEL PRESTINARY, cédula de identidad número 1-828-797, es Director Ejecutivo con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad CORRUGADOS BELÉN SOCIEDAD ANÓNIMA, la cual ha presentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue concesión de derecho de uso de la frecuencia CD 37.5.00_MHz, para ser utilizada en un servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), entre sus bases ubicadas en la provincia de Heredia y unidad móvil. DOS.- Que la frecuencia solicitada se encuentra según lo establecido en el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No. 27554-G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. TRES.- Que según certificación del Notario Público, VERNY PACHECO SEGURA, el señor, ALBERTO JULIÁN ESQUIVEL PRESTINARY, mayor, soltero, empresario, vecino de San Rafael de Escazú, cédula de identidad número 1-828-797, es Director Ejecutivo con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad CORRUGADOs BELÉN SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número 3- 101-050398. CUATRO.- Que el Departamento de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al expediente de la sociedad CORRUGADOS BELÉN SOCIEDAD ANÓNIMA, encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para que dicha concesión de derecho de uso de la frecuencia solicitada, 058 sea otorgada por un período de 5 años (cINco AÑos). POR TANTO; ACUERDAN: ARTÍCULO 1: OTORGAR a la sociedad CORRUGADOS BELÉN SOCIEDAD ANÓl1TIMA, concesión de derecho de uso de la frecuencia CD 37.500 ~., para ser utilizada en el servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia según las siguientes características: INDICATIVO ZONA POTENCIA CLASE DE DE ACCIóN MÁXIMA SERVICIO TE-BGD VALLE 25 WATTS COMERCIAL CENTRAL PRIVADO ARTÍCULO 2: PLAZO DE LA CONCESIóN: CINCO AÑOS (5 AÑOS). Pudiendo ser renovada por un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la Ley de Radio y su Reglamento. Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio. i ARTÍCULO 3: Rige a partir de su notificación. Dado en la Presidencia de la República el día veinticinco de abril del año dos mil ocho. E DE 9 G res_ f A 4• r OSCAR ARIAS JANINA DEL VECCHI GALDEJ MI\i TISTRA DE GOBERNACIO tt Y SEGURIDAD PUBLICA r7<l so-5