IniciarMi WebLinkAcerca deBELEN SOCIEDAD ANONIMA_ACUERDO EJECUTIVO N°221-2008 MGPi ya
2 MAYC- 2008
ACUERDO EJEcuTrvo
Yo. 221-2008 MGP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA R CE7C7^+;,
WNI STRA DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA t ,y ¡
Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14)
aparte c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, el Convenio
Internacional de Telecomunicaciones ratificado mediante Ley No. 8100 del 04 de
abril del 2002, los artículos 1 y 6 de la Ley de Radio No. 1758 del 19 de junio de
1954 y sus reformas; los artículos 2, 3, 5, 9, 11, 19 y 30 del Reglamento de
Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 31608-G del 24 de junio del 2004 y
sus reformas; y el artículo 2 del Reglamento al Plan Nacional de Atribución de
Frecuencias Decreto Ejecutivo No. 27554-G del 06 de noviembre de 1998 y sus
reformas.
CONSIDERANDO:
UNO.- Que el señor ALBERTO JULIMN ESQUIVEL PRESTINARY, cédula de
identidad número 1-828-797, es Director Ejecutivo con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma de la sociedad CORRUGADOS BELÉN SOCIEDAD
ANÓNIMA, la cual ha presentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue
concesión de derecho de uso de la frecuencia CD 37.5.00_MHz, para ser utilizada
en un servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), entre sus
bases ubicadas en la provincia de Heredia y unidad móvil.
DOS.- Que la frecuencia solicitada se encuentra según lo establecido en el
Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No.
27554-G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas.
TRES.- Que según certificación del Notario Público, VERNY PACHECO SEGURA,
el señor, ALBERTO JULIÁN ESQUIVEL PRESTINARY, mayor, soltero, empresario,
vecino de San Rafael de Escazú, cédula de identidad número 1-828-797, es
Director Ejecutivo con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de
la sociedad CORRUGADOs BELÉN SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número 3-
101-050398.
CUATRO.- Que el Departamento de Control Nacional de Radio hizo el análisis
correspondiente al expediente de la sociedad CORRUGADOS BELÉN SOCIEDAD
ANÓNIMA, encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer
favorable para que dicha concesión de derecho de uso de la frecuencia solicitada,
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sea otorgada por un período de 5 años (cINco AÑos).
POR TANTO;
ACUERDAN:
ARTÍCULO 1: OTORGAR a la sociedad CORRUGADOS BELÉN SOCIEDAD
ANÓl1TIMA, concesión de derecho de uso de la frecuencia CD 37.500 ~., para
ser utilizada en el servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia
según las siguientes características:
INDICATIVO ZONA POTENCIA CLASE DE
DE ACCIóN MÁXIMA SERVICIO
TE-BGD VALLE 25 WATTS COMERCIAL
CENTRAL PRIVADO
ARTÍCULO 2: PLAZO DE LA CONCESIóN: CINCO AÑOS (5 AÑOS). Pudiendo ser
renovada por un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando
cumpla con lo establecido en la Ley de Radio y su Reglamento.
Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su
parte observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las
indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio.
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ARTÍCULO 3: Rige a partir de su notificación.
Dado en la Presidencia de la República el día veinticinco de abril del año dos
mil ocho.
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OSCAR ARIAS
JANINA DEL VECCHI GALDEJ
MI\i TISTRA DE GOBERNACIO tt
Y SEGURIDAD PUBLICA
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