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IniciarMi WebLinkAcerca deBEEPERMATIC DE COSTA RICA S.A. CONTRATO DE CONCESIÓN N°022-2004-CNRlos 02 2004 N.R CoNTRATo DE CONO áN O J 0 8 DE USO DE FRECUENCIA RADBOI L CTRICA Nasotivs, Roano RAMOS MARTIHEZ, mayor, dado en segundas nupcias, administrador de negocios, vecino de San José, cédula de identidad I-S72-5I6, en mi condición de MINISTRO DE C ERNACISN Y POLICÍA, cédula jurídica 2-I00-042004,según Acuerdo Ejecutivo 002-P, del 8 de mayo del 2002,publicado en La Gaceta 87, del 8 de mayo del 2002, en adelante denominado el y Mommit IANo LOPEZ Jimiltez, mayor, casado, vecino de San José, empresario,portador de lacGdula de identidad número I.367-407, en mi carácter de secretario con facultes de Apoderado Genteralisimo sin limite de suma de la sociedad de esta plaza denominada BFEPERMATK; DE Corra RICA S.A. cédula jurídica número 3-101-122200-21 inscrita en la Sección de Mercantil del Registro Público, al Tamo 704,Folio 77, Asiento 115,en adelante denominado el hemos convenido en suscribir el presente Contrato de Concesión de Liso de la Frecuencia I071 KHz., que se regirá por las disposiciones contenidas en la Ley de Radio,su reglamento,y lo dispuesto en el Plan nacional de Atribución de Frecuencias, además de las siguiente cláusulas: PRDAERA..-IEGIramiC85t7.Mediante Acuerdo Na. 1064-99 MSP,del 26 de julio de 1999,publicado en La Gaceta 37 del 22 de febrero del 2000,el Poder Ejecutivo resolvió,con fundamento en la Ley de Radio,otorgar concesión de uso de la frecuencia. 107.I MHz.,a la sociedad denominada denominada BEEPERMATIC DE CosTARICA S.A. SEGUNDA.-OBJE ci. El presente contrato determina los límites de uso de la frecuencia concedida, y los derechos correlativos a su explotación. TF DEscR.Ipaüti DE LAFREwasc .Según se establece en el Reglamento al Plan Nacional de Frecuencias, éstas se entenderán concedidas únicamente para la cobertura real,según se determine en los patrones de radiación de las antenas, la banda utilizada y el respectivo expediente administrativo, por lo que la explotación de la'frecuencia concedida se hará bajo los siguientes lúnit Frecuencia No.t I07.I MHz. Pote mcízima: 5000 Watts. Ancho de banda taitnalle KHz. Tipo de seria de RF: Est ereofamica. Frecuencia máxima de coodulacias 75 KHz. Excarsiln mili=de frecuencia 1-75 KHz. Ubiss sáa ddtsaases Volcán Irami. Intensidad de campo mínima ntificable ea zorras de mecha y alta densidad de poblaáSm 66 dB(uV fID), Intensatd de campo mínima utilizable en zonas de baja dalºdad de poblaciáas 48 dB(nV/m). Área geogrf a de cebertunu Nacional. Clase de servido: Radiodifusión sonora t..Comercial. CUARTA.- CA N ANUAL, El c mcesionario deberá cancelar por año adelantado, medie entero a favor del C.sobiemo depositado en el Banco Crédito Agrícola de Cartago,el canon establecido en el artículo 18 inciso c) de la Ley de Radio. El pagó deberá realizado el concesionario en los primeros cinco días hábiles de cada ano,plazo dentro del cual deberá hacer llegar a h Oficina de Control Nacional de Radió copia legible de la boleta de depí ito;en caso contrario,se procederá con la respectiva gestión de cobro. 022400444R 2 CON DE Cbegossal4 MI Uso OH FRECUMCIA.RemonitcnicA 0 f I 7 CX.ANTA,OBLMACIONFS DEI CONCESIDNAMO.;51 onnazionario deberá: a)Observar la legislación vigenre o la que en el fututo se dicte en materia de concesión y operación de frecuencias de radio. b)Acatar las disposiciones que emka Control Nacional de Radio para ajuste técnico de equipee, según la normativa vigente. c)Realizar las actualizaciones tecnológicas que establezca el Poder Ejecutivo,homologadas con el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuenciai. d)Manterier en óptimo funcionamiento técnico las estaciones, sin causar interferencias perjudiciales a otras estacionm. e)Anunciar las transmisiones con sus letras de identificación,al menos una vez,cada hora. O Procurar brindar Una programación cuyo contenido informativo, cultural y recreativo, contribuya con la integración familiar,el desarrollo armónico de la niñez,el mejoramiento de los sistemas educativos,la difusión de ralea/IX valores cívicos.artísticos,histáricos y culturalesy el desarrollo sustentable. g)E=en condiciones de iniciar operaciones de inmediatx,. h)Prestar el servicio de radiodifusión sonora en forma regular,transmitiendo un mínimo de doce horas diarias,y no suspenderlo salvo Eterza mayor o causa justa debidamente comprobada. i) No interrwnpir por mis de tres meses y sin causa keKrificada,los servicios que se encuentre obligado a prestar. de conformidad con el presente contrato. j) No traspasar temporal ni definitivamente la conowión de uso de frecuencia otorgada. sin aunarizarión de Control Nacional de Radio. SEXTA--RESCISKSH COMRA.CTUAL.LIIvfinisterio podrá iniciar gestiones para la cancelación de la concesión,cuando el cononionario infrinja la legislación vigente que rige la materia o incumpla con las o ciones adquiridas en el presente contrato. Igual sc hará en loa casos de incumplimiento por causas subsanablw de índole ticnica o de oportunidad,a hu que el concesionario no clE pronta solución. StPTIMA.,EQUIPO E INSULACONES. La instalación y operación de los equipos utilizados por la radioemisora será realizada cenforme lo establecido en el Pian Nacional de Atribución de Frecuencias y el Reglamento de AL Radiocomunicaciones.El manteminiknto técnico de los equipos transmisores o receptores deberá realizarse de manera ny que garantice el buen funciCnamiento del servicio,acorde con la estación,.sin que cause interferencia a otras estaciones o concesionarios,o represente un rieno para la integridad fisica de las personas.Para la cOmprobación del buen estado de las instakciones y operación del servicio, el cancicatario permitirá las visitas periódicas de los fimcionarke de Control Nacional de Radio. OcrAVA.-OFL1GACIDNES D .Mui . a)Ejercer control sobre las emisiones radioelierricas,Con el fm de evitar al máximo las interferencias perjudiciales. b)Atender en el menor tiempo posible las denuncias de interferencia que se hagan por wcrito, a fin de no afectar el uso adecuado del servicio. e)Proporcionar las frecuencias de enlace,segin sea procedente, de acuerdo con la concesión otorgada y su zona de cobertura. Ab.3 C.oFrrakToDE CONCESIÓN DBt DB R!! .$C11K 6 NOVENA.-PLAZO,WR tRDXAS Y CADUC3DAD. Lea prevente concesión durará un periodo de 20a os a partir de su firma. Podrá prornagatsc por periodos igualen, sin necesidad de nuevo contrata mediante solicitud del concesionario presentada antºControl Nacional de Radio con al menos 3 mis de anteLición a su vencimiento.En caso de no ser presentada soliciwd de prórroga dentro del término indicado, caducará la concesión. DCA.-CERTIFICACIONES.Cuando lo considere oportuno,el Nfutisterio solícirari al concesionario certificación de que se encuentre al día en el pago de las obligaciones con la Caja Costarricense de Seguro Social'que señalan los artículos 31 y 74 de su Ley Constitutiva. DAMA PRII tA..-BI MACI N Y EDS MALES. Para efectos fecales, se estima el contrato en la suma de cuarenta mil color= (fI20.000A0). En virtud del principio de inmunidad tributaria del Estado, únicamente corresponde pagar al con=ionario ocies escales por un total de get«•hntos doce colones cincuenta céntimos 6I2.s0),suma que deberá cancelar mediante entero a favor del Gobierno en el Banco Crédito Agrícola de Cartago. Leído lo emito por las partes contratantes, lo aprobamos y firmamos en San José, a las catorce horas del trece de octirbte dei dos raíl costo. 00E Gp q0 ¿LO r.s 00.1 R• -'i umosMAR.i'ss vil y I1ÁmintO kCR 19-YsEGLAROD MA1 DE OnSTA RICA S.A. Á 1 4