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IniciarMi WebLinkAcerca deBEEPERMATIC DE COSTA RICA S.A. ACUERDO EJECUTIVO N°674-99 MSPIr r t Z1-77 _NSP o..... — EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y EL MINISTRO DE GOBERNACION Y POLICIA Y SEGURIDAD PUBLICA i n O Con fundamento en la Ley de Radio No. 1758 del 19 de jimio de 1954 y sus reformas y el Reglamento No. 63 del 11 de diciembre de 1956 y sus reformas y el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto No.27554-G, con fecha 11 de enero 1999. • Considerando: 1-Que según Acuerdo Ejecutivo No.41 del 21 de febrero 1986, Gaceta No.62 del 02 de abril 1986, el señor ARTURO QUESADA CAMBRONERO, con cédula número No.1- 226-583, es adjudicatario de las frecuencias 461.46- 466.05- 461.37- 466.47- 461.49 Y 453.13 MHz, las que en razón de la nueva distribución fueron modificadas a 461.45- 466.05- 461.375- 466.475- 46130 y 453.125 MHz y según Acuerdo Ejecutivo No.206 del 14 de octubre 1992,. Gaceta No.10 del 15 de enero 1993, el señor ARTURO QUESADA CAMBRONERO es concesionario de la frecuencia 156.76 MHz, ha presentado formal solicitud tendiente a que se le autorice el traspaso de las frecuencias a favor de BEEPERMATIC DE COSTA RICA SA; con cédula jurídica No.3-101-122200-23, para un servicio de radiocomunicación Privado ComerciaL 2.-Que de conformidad con el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto No.27554-G con fecha 11 de enero 1999, las frecuencias cedidas se encuentran según lo establecido . 3.-Que según certificación del Notario Público Lic. Pablo José Rojas Marín, el sefior Maximiliano López Muñoz, es Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin limite de suma de BEEPERMATIC DE-COSTA RICA SA; con cédula jurídica No3-101- I 122200-23. 4.-Que la oficina de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente de los expedientes del señor ARTURO QUESADA CAMBRONERO y el de BEEPERMATICd DE COSTA RICA SA; encontrándolos ajustados a derecho, por lo que ha- dado su parecer favorable para que dicho TRASPASO sea autorizado. POR TANTO, ACUERDAN: Autorizar la cesión de las Frecuencias: 461.45- 466.05-- 461.375- 466.475= 461.50 - 453.125 -156.7625 MHz que hace el sefior ARTURO- QUESADA CAMBRONERO a favor de BBEPBRMAATIC DE COSTA RICA SA; para un servicio de radiocomunicación Privado Comercial, con las siguientes características: INDICATIVO ZONA DE ACCION 'POTENCIA MAXIMA CLASE DE SERVICIO TE-C4A SD TODO EL PAIS 25 WATTS COMERCIAL-PRIVADO REPETIDORA: CERRO RANCHO REDONDO-SAN JOSE, CERRO DE LA MUERTE-SAN JOSE, CERRO ESPERANZA-GUANACASTE. 1 r. 2) 9 2- Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte observar la Legislación Vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio. Dado en la Presidencia de la República el día 22 de febrero de mil novecientos noventa y nueve. II) z r'-'' i 1VIIGÜBL DRIGIITPZ C13B3E :- : ` ñ•, v1 w` o J1t.LIZANO DiINISTRO DE GOBERNACION Y SEGURIDAD PITBLICA 0 1 MINISTRO, s44 SEC '1'%) r,`