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IniciarMi WebLinkAcerca deBARBOZA HERNANDEZ MARIO A._ACUERDO EJECUTIVO N°419-MGPACUERDO E.IECUTIVO NO. 419 i\I G P l/ EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLI1 MLNISTRA DE GOBER\ACIóN Y POLICía MaM 4In\ 2001 Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; el Convenio de la Unión Internacional de Telecomunicaciones ratificado mediante Ley No. 8100 del 04 de 081 abril del 2002, los artículos 1 y 6 de la Ley! de Radio No. 178 del 19 de junio de 194 y sus reformas; los artículos 2, 3, 5, 9, 11, 19 y 30 del Reglamento de Radiocomunicaciones; Decreto Ejecutivo No. 31608 -G del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y el artículo 2 M Reglamento al Plan Nacional de :atribución de Frecuencias Decreto Ejecutivo No. 27331 -G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. CONSIDERANDO: UNO.- Que el senior MARIO ALBERTO BaRBOZA HERNÁNDEZ, cédula de identidad número 1- 372 -254, ha presentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue a su representada concesión de derecho de uso de las frecuencias T\ 451.91255 MHZ, R\ 456.9125 1IIHZ, para ser utilizada en un servicio de radiocomunicación en Ultra Alta Frecuencia (UHF). entre sus bases ubicadas en las provincias de Puntarenas, Heredia, San José, unidades portátiles y móviles DOS.- Que, la frecuencia solicitada se encuentra según lo establecido en el l:eglamento al Plan nacional de :atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No. 27554 -G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. TRES.- Que el Departamento de Control Nacional de Radió. hizo el análisis correspondiente. al expediente del señor i\4 ARIO .ALBERTO BARBO"zÁ-H rRNáNDEZ, encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer fá, r` ble^ para que dicha concesión de derecho de uso de las frecuencias solicitadas, sean otorgadas por un período de 3 años (CINCO AÑOS). to Por Tan to; ACUERDAN: ARTICULO 1: OTORGAR al señor- MAR10 :ALBERTO BARBOZA HERNÁNDEZ, concesión de derecho de uso de las frecuencias TX 451.9125, R1X 456.9125 NlHz, para ser utilizadas en el servicio de radiocomunicación en Ultra Alta Frecuencia U11F), según las siguientes características: ()8 0 INDICATIVO ZONA POTENCIA CLASE DE DE ACCIÓN MÁxiNIA SERVICIO TE -DRJ TODO EL Pais 25 WATTS CONIERCIAL PRIVADO ARTICULO 2: PLAZO DE La CONCESION: CINCO AÑOS (S AÍOS). Pudiendo ser renovada por•'un período igual, a solicitud del interesado, siempre y- cuando cumpla con lo establecido en la Ley de Radio y su Reglamento. Queda entendido el concesionario de esta frecuencia que es obligación de su parte observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte; acatando las indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio. Artículo 3: Rige a partir- de su notificación. Dado en la Presidencia de la República el día dos de junio del año dos ni¡¡ ocho. rx R .ARI JANINA DEL VECCHIO U( MINISTRA DE GOBER\ACIÓ V SEGURIDAD PÚF3LI+ a' . i •'./• 1)