IniciarMi WebLinkAcerca deBARBOZA HERNANDEZ MARIO A._ACUERDO EJECUTIVO N°419-MGPACUERDO E.IECUTIVO
NO. 419 i\I G P
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EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLI1
MLNISTRA DE GOBER\ACIóN Y POLICía
MaM 4In\
2001
Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14)
aparte c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; el Convenio de la Unión
Internacional de Telecomunicaciones ratificado mediante Ley No. 8100 del 04 de 081
abril del 2002, los artículos 1 y 6 de la Ley! de Radio No. 178 del 19 de junio de
194 y sus reformas; los artículos 2, 3, 5, 9, 11, 19 y 30 del Reglamento de
Radiocomunicaciones; Decreto Ejecutivo No. 31608 -G del 24 de junio del 2004 y
sus reformas; y el artículo 2 M Reglamento al Plan Nacional de :atribución de
Frecuencias Decreto Ejecutivo No. 27331 -G del 06 de noviembre de 1998 y sus
reformas.
CONSIDERANDO:
UNO.- Que el senior MARIO ALBERTO BaRBOZA HERNÁNDEZ, cédula de
identidad número 1- 372 -254, ha presentado formal solicitud tendiente a que se le
otorgue a su representada concesión de derecho de uso de las frecuencias T\
451.91255 MHZ, R\ 456.9125 1IIHZ, para ser utilizada en un servicio de
radiocomunicación en Ultra Alta Frecuencia (UHF). entre sus bases ubicadas en
las provincias de Puntarenas, Heredia, San José, unidades portátiles y móviles
DOS.- Que, la frecuencia solicitada se encuentra según lo establecido en el
l:eglamento al Plan nacional de :atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No.
27554 -G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas.
TRES.- Que el Departamento de Control Nacional de Radió. hizo el análisis
correspondiente. al expediente del señor i\4 ARIO .ALBERTO BARBO"zÁ-H rRNáNDEZ,
encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer fá, r` ble^ para
que dicha concesión de derecho de uso de las frecuencias solicitadas, sean
otorgadas por un período de 3 años (CINCO AÑOS).
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Por Tan to;
ACUERDAN:
ARTICULO 1: OTORGAR al señor- MAR10 :ALBERTO BARBOZA HERNÁNDEZ,
concesión de derecho de uso de las frecuencias TX 451.9125, R1X 456.9125 NlHz,
para ser utilizadas en el servicio de radiocomunicación en Ultra Alta Frecuencia
U11F), según las siguientes características: ()8 0
INDICATIVO ZONA POTENCIA CLASE DE
DE ACCIÓN MÁxiNIA SERVICIO
TE -DRJ TODO EL Pais 25 WATTS CONIERCIAL
PRIVADO
ARTICULO 2: PLAZO DE La CONCESION: CINCO AÑOS (S AÍOS). Pudiendo ser
renovada por•'un período igual, a solicitud del interesado, siempre y- cuando
cumpla con lo establecido en la Ley de Radio y su Reglamento.
Queda entendido el concesionario de esta frecuencia que es obligación de su parte
observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte; acatando las
indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio.
Artículo 3: Rige a partir- de su notificación.
Dado en la Presidencia de la República el día dos de junio del año dos ni¡¡
ocho.
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JANINA DEL VECCHIO U(
MINISTRA DE GOBER\ACIÓ
V SEGURIDAD PÚF3LI+
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