IniciarMi WebLinkAcerca deBANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL. ACUERDO EJECUTIVO N°18-199240+ N' 18. —San José, 3 de diciembre de 1992.6RCEn
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Y EL M1N`ISTRO DE GOBERNACION, POLICIA Y SEGURtDA SL
Considerando:
1.— Que -el señor Unías Ugalde Varela, cédula número 1 -367 -750, en su calidad
de Apoderado Generalísimo del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, ha
presentado formal solicitud tendiente a que se le autorice a su representada, un sistema .
de radiocomunicación en muy alta frecuencia para ser utilizada entre su base situada i
en San José, unidades portátiles y móviles.
2.—Que según certificación del Notario Público Lic. Sergio Alonso Valverde i
Alpíiar es Apoderado Generalísimo del Banco Popular y de Desarrollo Comunal.
3.—Que la Oficina de Control Nacional de Radio, hizo el análisis
correspondiente a la solicitud del Banco Popular y de Desarrollo Comunal,
encontrándola ajustada a derecho por lo que ha dado su parecer favorable para que
dicho sistema sea autorizado. Por tanto,
ACUERDAN:
Con fundamento en la Ley de Radio NI" 1758 del 19 de junio de 1954 y sus
reformas y el reglamento NI' 63 del 11 de diciembre de 1956 y sus reformas, otorgar
las frecuencias 70. 225 ) y 7j 2mHz (-tX), 7,0.95VnHz (RX) - 975. mHz
TX), 27x0.9JmHz (RX) 7 mHz (TX) al Banco Popular y de esarrollo
Comunal, con las siguientes características:
Indicativo Zona de acción Potencia máxima Tipo de servicio
TE -ANO Todo el país 25 watts Comercial
Debe utilizar el sistema silenciador controlado por tono continuo, tonos
Subaudibles CTCSS, similar o mejor).
Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación suya
observar la legislación vigente o la qúe en el futuro se dicte, acatando las indicaciones
de la oficina de Control Nacional de Radio.
Publíquese. —R. A. CALDERON F. —El Ministro de Gobernación.. Policía y
Seguridad Pública, Luis Fishman Z. -1 vez. —(Sol. N° 213). —C -6066.