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IniciarMi WebLinkAcerca deBANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL. ACUERDO EJECUTIVO N°18-199240+ N' 18. —San José, 3 de diciembre de 1992.6RCEn EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y EL M1N`ISTRO DE GOBERNACION, POLICIA Y SEGURtDA SL Considerando: 1.— Que -el señor Unías Ugalde Varela, cédula número 1 -367 -750, en su calidad de Apoderado Generalísimo del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, ha presentado formal solicitud tendiente a que se le autorice a su representada, un sistema . de radiocomunicación en muy alta frecuencia para ser utilizada entre su base situada i en San José, unidades portátiles y móviles. 2.—Que según certificación del Notario Público Lic. Sergio Alonso Valverde i Alpíiar es Apoderado Generalísimo del Banco Popular y de Desarrollo Comunal. 3.—Que la Oficina de Control Nacional de Radio, hizo el análisis correspondiente a la solicitud del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, encontrándola ajustada a derecho por lo que ha dado su parecer favorable para que dicho sistema sea autorizado. Por tanto, ACUERDAN: Con fundamento en la Ley de Radio NI" 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas y el reglamento NI' 63 del 11 de diciembre de 1956 y sus reformas, otorgar las frecuencias 70. 225 ) y 7j 2mHz (-tX), 7,0.95VnHz (RX) - 975. mHz TX), 27x0.9JmHz (RX) 7 mHz (TX) al Banco Popular y de esarrollo Comunal, con las siguientes características: Indicativo Zona de acción Potencia máxima Tipo de servicio TE -ANO Todo el país 25 watts Comercial Debe utilizar el sistema silenciador controlado por tono continuo, tonos Subaudibles CTCSS, similar o mejor). Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación suya observar la legislación vigente o la qúe en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la oficina de Control Nacional de Radio. Publíquese. —R. A. CALDERON F. —El Ministro de Gobernación.. Policía y Seguridad Pública, Luis Fishman Z. -1 vez. —(Sol. N° 213). —C -6066.