IniciarMi WebLinkAcerca deASOCIACION PRO-HOSPITAL NAL. DE NIÑOS_ACUERDO EJECUTIVO N°230-1991e5111 e;soo''9sorS 0001-13009 Ie;sod opepedy
yq% N=230.—San José.31 de mayo de 1991 picorR IUC IZO
PRESIDENTEELDELAREPÚBLICAy_ny
Y EL MLNISTRO DE GOBERNACION Y POLICIA. 'O r
Considerando:
le—Que el señor Roberto Ortiz Brenes,cédula número 1-153-542,en calidad
de presidente de Asociación Pro-Hospital Nacional de Niños, ha presentado formal
solicitud tendiente a que se le autorice a su representada un sistema de radiocomuni-
cación en ultra alta frecuencia,para ser utilizada entre su base situada en San José y
unidades portátiles.
2!—Que según certificación del notario público Lic. Ronald Brealey Mora.el
señor Roberto Ortiz Brenes,es presidente con facultades de apoderado generalísimo
de la Acoriarión Pro-Hospital Nacional de Niños.
3?_Que la Oficina de Control Nacional de Radio, hizo el análisis correspon-
diente a la solicitud dn Asociación Pro-Hospital Nacional de Niños,encontrándolo
ajustado a derecho por lo que ha dado su parecer favorable para que dicho sistema
sea autorizado.Por tanto,
ACUERDAN:
Otorgar la frecuencia 445.15 mHz(CD),ala Asociación Pro-Hospital Nacional
de Niños,con las siguientes cáracterísticas:
Indicativo:TE-H.N7:zona de acción:San José;potencia máxima:40 watts;tipo
de servicio:profesional
Debe utilizar d sistema silenciador controlado por tono continuo(tonos suban-
dibles CTCSS,similar o mejor).
Queda entendido el concesionario de esta frecuencia que es obligación suya
observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte,acatando las indicaciones
411111iv de la Oficina de Control Nacional de Radio.
Publíquese.—R.A.CALDERON F.—El Ministro de Gobernación y Policia.Luis
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