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IniciarMi WebLinkAcerca deASOCIACION ORGANIZADORA DE RALLIES_ACUERDO EJECUTIVO N°396-MGPi •t ACI ERDO EJECUTI O N°o. 396 1G P T. `` `'a 2 1..• 2 - • `. EL PRESIDENTE DE LA REPIáBLICA Y LA I\'11NISTRa DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA c ::•_. . Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte c), 1 40 inciso 20) y 1 t6 de la Constitución Política, el Convenio de la Unión Internacional de Telecomunicaciones ratificado mediante Ley No. 8100 del 04 de abril del 2002, los artículos 1 y 6 de la Ley de Radio No. 1758 del 19 de junio de 1931 y sus refonnas: los artículos 2. 3. . 9. 1 I. l9 y 30 del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 31608 -G del 2't de junio del 2004 y sus reformas; y el artículo 2 del Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto Ejecutivo No. 27»4 -G del 06 de noviembre de 1998 v sus reformas. CON'SIDERAN DO: UNTO- Que el señor RONALD ABARCA AL ARADO, cédula de identidad número 1 -6 7- 262, Pres idente con facultades de apoderado generalísimo de la ASOCIACIÓN ORGANIZADORA DE R_aLLIES, ha presentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue a su representada concesión de derecho de uso de la frecuencia CD 225.20 MH7_, para ser utilizada en un sen-icio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia V11F), entre sus unidades móviles. DOS- Que la frecuencia solicitada se encuentra según lo establecido en el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No. 27»1 -G del 06 de noviembre de 1998 v sus reformas. TRES- Que según certificación del Registro Nacional el señor RONALD ABARCA ALVAR_aDO. cédala de identidad número 1 -6 7 -262, es Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la ASOCIACIÓN ORGANIZADORA DE RALLIES, cédula jurídica número 3- 002 - 036673. CUATRO- Que el Departamento de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al expediente de la ASOCIACIÓN ORGANIZADORA DE RALLIES, encontrándolo áiustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para que dicha concesión de derecho de uso de la frecuencia solicitada, sea otorgada por un período de años (CI_NCO A_ÑOS). V ' Por Tanto; ACUERDAN: ARTÍCULO l: OTORGAR a la ASOCIACIóN ORGANIZADORA DE RALLIES, concesión de (.4 4 derecho de uso de la frecuencia CD 225.250 i\IHz, para ser utilizada en el ser-vicio de radiocomunicación en ¡Muy Alta Frecuencia (VHF), según las siguientes características: INDICATIVO ZONA POTENCIA CLASE DE DE ACCIóN MÁXIN•IA SERVICIO TE -AH13 TODO EL PAÍS 25 WATTS COÍMERCIAL PRIVADO ARTÍCULO 2: PLAZO DE LA CONCESIóN: CINCO AÑOS (S AÑOS). Pudiendo ser renovada por un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la Ley- de Radio -- su Reglamento. Queda entendido el concesionario de esta frecuencia que es obligación de su parte observar la legislación Vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio. Artículo 3: Rige a partir de su notificación. Dado en la Presidencia de la República el día veintinueve de mago del año dos mil ocho. O QR ARIAS y DE t,4 9F-Q c.; • `, CL, : í; :.• n i •.A'6' ! r_ - C JANINA DEL VECCHI C? IINISTRA DE GOBERNA IF9i V SEGURIDAD PÚ W DE GC), <- -, NO o: a,, FP O 0 C CR CGt/RIDPp 1)