IniciarMi WebLinkAcerca deASOCIACION DE TAXIS DE JACO ACUERDO EJECUTIVO N°420 MGP 2008AcuERDO EJECUTIVO
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Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14)
aparte c), 140 inciso 20) N, 146 de la Constitución Política; el Convenio de la Unión
Internacional de Telecomunicaciones ratificado mediante Ley= No. 8100 del 04 de
abril del 2002, los artículos 1 N, 6 de la Ley de Radio gro. 17-58 del 19 de junio de
1954 N, sus reformas; los artículos 2, 3,
55,
9, l I , 19 y 30 del Reglamento de
Radiocomunicaciones; Decreto Ejecutivo No. 31608 -G del 24 de junio del 2004 y
sus reformas; y el artículo 2 del Reglamento al Plan Nacional de Atribución de
Frecuencias Decreto Ejecutivo No. 27331 -G del 06 de noviembre de 1998 N, sus
reformas.
CONSIDERANDO:
UNO- Que el señor VVALTER SANDi PORRAS, cédula de identidad número 9 -093-
372, Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de
ASOCIACIóaN DE TAXIS DE JACó, ha presentado formal solicitud tendiente a que se
le otorgue a su representada concesión de derecho de uso de la frecuencia CD
45.820 MHZ, para ser utilizada en un servicio de radiocomunicación en Muy Alta
Frecuencia (V1 -117), entre su base ubicada en Jacó N, unidades móviles.
DOS- Que la frecuencia solicitada se encuentra según lo establecido en el
Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo Flo.
27554-G del 06 de noviembre de 1995 N, sus reformas.
TRES- Que según certificación del Notario Público EDIJARDO ALBERTO BREÍN S
SÁ,NcI {E:Z, el senior NVALTER SANDí. PORRAS, ni ayor. soltero, taxista, vecino de
Garabito, cédula de, identidad número 9- 093 -37?, es Presidente con facultades de
Apoderado Generalísimo sin límite de suma de ASOCI.aCEóN DE TAXIS DE JACó,
cédula jurídica número 3 -002- 197684.
CUATRO- Que_ el Departamento de Control Nacional de Radio hizo el análisis
correspondiente al expediente de la AsoCIACIóN Dr-_ TAXIS « JACó,
encontrándolo ajustado a derecho; por lo que ha dado su parecer favorable para
que dicha concesión de derecho de uso de la frecuencia solicitada, sea otorgada por
un período de 5 arios (CI,CO AÑOS).
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U
Por Tanto:
AcuI -RDAN:
ARTICULO 1: OTORGAR a la .ASOCIACIÓN DE TAXIS DE JACó, concesión de
derecho de uso de la frecuencia CD 45.820 ÍMH7 —, para ser utilizada en el sen icio
de radiocomunicación en ¡Muy Alta Frecuencia (\%HF), según las siguientes
características:
INDICATIVO ZONA POTENCIA CLASE DE
DE ACCIÓN 4 áXIN9A SERVICIO
TE-D:a\ PACIFICO 25 \VA-ITS CONIERCIAL
CENTRAL PRIVADO
ARTÍCULO 2: PLAZO DE LA CONCESIÓN: CINCO AÍOS (5 AN`OS). Pudiendo ser
renovada por- un período igual, a solicitud del interesado, siempre y, cuando
cumpla con lo establecido en la Ley de Radio y- su Reglamento.
Queda entendido el concesionario de esta frecuencia que es obligación de su parte
observar- la legislación vigente o la que en el futuro se dicte; acatando las
indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio.
Artículo 3: Rige a partir- de su notificación.
Dado en la Presidencia de la República el día dos de junio del año dos mil
ocho.
OSCA if R .a:
JANINA DEL VECCHIO U
ÍMINISTRA DE GOBERNACIó
l' SEGIIRIDAD PÚBLI
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