IniciarMi WebLinkAcerca deALVAREZ GUEVARA ERNESTO ACUERDO EJECUTIVO N°30-1992N2. . . .
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y EL
MINISTRO A. I . DE GOBERNACION Y POLICIA
Con fundamento en la Ley de Radio N2 1758 del 19 de junio de
1954 y sus reformas y el Reglamento Ng _63 del 11 de diciembre de
1956 y sus reformas y
Considerando:
1 .-Que según acuerdo No.30 dei 15 de diciembre de 1992, Gaceta
No. 89 del 11 de mayo de 1993, CONSTRUCTORA ALFARO Y BARRANTES
es adjudicataria de las frecuencias RX 242.40 MHz- TX 247.40- CD
244.80 MHz , que el señor CARLOS BARRANTES ARIAS, con cédula
No.2-243-647, es Apoderado Generalísimo de CONSTRUCTORA ALFARO
Y BARRANTES, ha presentado formal solicitud tendiente a que se
le autorice el traspaso de las mismas al señor ERNESTO ALVAREZ
GUEVARA.
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2.-Que según certificación del Notario Público Lic. Oscar
A"ugusto Dobles Bermúdez, el señor CARLOS BARRANTES ARIAS, es
Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite
de suma CONSTRUCTORA ALFARO Y BARRANTES S.A; con cédula jurídica
z No.3-101-70886.
3.- Que la Oficina de Control Nacional de Radio, hizo el
análisis correspondiente de los expedientes de CONSTRUCTORA
ALFARO Y BARRANTES S.A; y ERNESTO ALVAREZ GUEVARA, con cédula
No.1-555-926, encontrándolos ajustados a derecho por lo que ha
k dado su parecer favorable para que dicho traspaso sea
autorizado.
POR TANTO:
i ACUERDAN:
Autorizar la cesión de las frecuencias: TX 247.40- RX 242.40
MHz-CD 244.80 MHz, que hace CONSTRUCTORA ALFARO Y BARRANTES S.A;
a. favor del señor ERNESTO ALVAREZ GUEVARA; con las siguientes
Z características.
INDICATIVO ZONA DE ACCION POTENCIA MAXIMA CLASE DE SERVICIO
TE-CVE TODO EL PAIS 25 WATTS COMERCIAL-PRIVADA
REPETIDORA: VOLCAN IRAZU-CARTAGO.
Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es
obligación de su parte observar la Legislación vigente o la que
en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina
de Control Nacional de Radio.
Dado en la Presidencia de la República el 11 de febrero de mil
novecientos noventa y ocho.
JOSE MARIA FIGUERES OLSEN
PRESIDENTE
RODRIGO OREAMUNO B.
MINISTRO A. I .
N`30.—San losé, 16 de diciembre de 1992.Osf1ceIAN-S?
EL PRESIDENrTE DE LA REPUBLICA (1_5--43
Y EL I`4L\ISTRO DE GOBERi\'ACION,POLICIA Y SEGURIDAD PUBLICA,
Considerando:
i, 1.—Que el señor Carlos Barrantes Arias,cédula número 2-243-647,en calidad
de Presidente de Constructora Alfaro y Barrantes,S.A.,ha presentado formal solicitud
tendiente a que se le autorice a su representada,un sistema de radiocomunicación en
muy alta frecuencia entre su base situada en Santo Domingo de Heredia, unidades
s móviles y portátiles.
2.—Que según certificación de la Notaria Pública Lic. Hannia Solís Brenes,el
I señor Carlos Barrantes Arias,es Presidente de Constructora Alfaro y Barrantes,S.A.
3.—Que la -Oficina-de Control Nacional de Radio, hizo el análisis
correspondiente ala solicitud de Constructora Alfaro y Barrtntes,S.A.,encontrándola
ajustada a derecho por lo que ha dado su parecer favorable para que dicho sistema sea
autorizado.Por tanto,
ACUERDAN:
Con fundamento en la Ley de Radio N* 1758 del 19 de junio de 1954 y sus
reformas y el reglamento N'63 del 11 de diciembre de 1956 y sus reformas,otorgar
las frecuencias 242.40 niHz(Rx),247.40 mHz(Tx)y 244.80 mHz CD)a Constructora
Alfaro y Barrantes.S.A.,con las siguientes características:
Indicativo Zona de acción Potencia máxima - Tipo de servicio
TE-AYG Valle Central 25 watts - Comercial
Debe utilizar el sistema silenciador controlado por tono continuo (tonos
subaudibles CTCSS,similar o mejor).
Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación suya
observarla legislación vigente ola que én el futuro se dicte,acatando las indicaciones
de la Oficina de Control Nacional de Radio.
Publíquese.—R A. CALDERON° F.—El ¡Ministro de Gobernación, Policía y Ó~1 Seguridad Pública,Luis Fishman Z.—(Sol.N"213).—C-6078. f
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