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IniciarMi WebLinkAcerca deALVAREZ GUEVARA ERNESTO ACUERDO EJECUTIVO N°30-1992N2. . . . EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y EL MINISTRO A. I . DE GOBERNACION Y POLICIA Con fundamento en la Ley de Radio N2 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas y el Reglamento Ng _63 del 11 de diciembre de 1956 y sus reformas y Considerando: 1 .-Que según acuerdo No.30 dei 15 de diciembre de 1992, Gaceta No. 89 del 11 de mayo de 1993, CONSTRUCTORA ALFARO Y BARRANTES es adjudicataria de las frecuencias RX 242.40 MHz- TX 247.40- CD 244.80 MHz , que el señor CARLOS BARRANTES ARIAS, con cédula No.2-243-647, es Apoderado Generalísimo de CONSTRUCTORA ALFARO Y BARRANTES, ha presentado formal solicitud tendiente a que se le autorice el traspaso de las mismas al señor ERNESTO ALVAREZ GUEVARA. 4 2.-Que según certificación del Notario Público Lic. Oscar A"ugusto Dobles Bermúdez, el señor CARLOS BARRANTES ARIAS, es Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma CONSTRUCTORA ALFARO Y BARRANTES S.A; con cédula jurídica z No.3-101-70886. 3.- Que la Oficina de Control Nacional de Radio, hizo el análisis correspondiente de los expedientes de CONSTRUCTORA ALFARO Y BARRANTES S.A; y ERNESTO ALVAREZ GUEVARA, con cédula No.1-555-926, encontrándolos ajustados a derecho por lo que ha k dado su parecer favorable para que dicho traspaso sea autorizado. POR TANTO: i ACUERDAN: Autorizar la cesión de las frecuencias: TX 247.40- RX 242.40 MHz-CD 244.80 MHz, que hace CONSTRUCTORA ALFARO Y BARRANTES S.A; a. favor del señor ERNESTO ALVAREZ GUEVARA; con las siguientes Z características. INDICATIVO ZONA DE ACCION POTENCIA MAXIMA CLASE DE SERVICIO TE-CVE TODO EL PAIS 25 WATTS COMERCIAL-PRIVADA REPETIDORA: VOLCAN IRAZU-CARTAGO. Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte observar la Legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio. Dado en la Presidencia de la República el 11 de febrero de mil novecientos noventa y ocho. JOSE MARIA FIGUERES OLSEN PRESIDENTE RODRIGO OREAMUNO B. MINISTRO A. I . N`30.—San losé, 16 de diciembre de 1992.Osf1ceIAN-S? EL PRESIDENrTE DE LA REPUBLICA (1_5--43 Y EL I`4L\ISTRO DE GOBERi\'ACION,POLICIA Y SEGURIDAD PUBLICA, Considerando: i, 1.—Que el señor Carlos Barrantes Arias,cédula número 2-243-647,en calidad de Presidente de Constructora Alfaro y Barrantes,S.A.,ha presentado formal solicitud tendiente a que se le autorice a su representada,un sistema de radiocomunicación en muy alta frecuencia entre su base situada en Santo Domingo de Heredia, unidades s móviles y portátiles. 2.—Que según certificación de la Notaria Pública Lic. Hannia Solís Brenes,el I señor Carlos Barrantes Arias,es Presidente de Constructora Alfaro y Barrantes,S.A. 3.—Que la -Oficina-de Control Nacional de Radio, hizo el análisis correspondiente ala solicitud de Constructora Alfaro y Barrtntes,S.A.,encontrándola ajustada a derecho por lo que ha dado su parecer favorable para que dicho sistema sea autorizado.Por tanto, ACUERDAN: Con fundamento en la Ley de Radio N* 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas y el reglamento N'63 del 11 de diciembre de 1956 y sus reformas,otorgar las frecuencias 242.40 niHz(Rx),247.40 mHz(Tx)y 244.80 mHz CD)a Constructora Alfaro y Barrantes.S.A.,con las siguientes características: Indicativo Zona de acción Potencia máxima - Tipo de servicio TE-AYG Valle Central 25 watts - Comercial Debe utilizar el sistema silenciador controlado por tono continuo (tonos subaudibles CTCSS,similar o mejor). Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación suya observarla legislación vigente ola que én el futuro se dicte,acatando las indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio. Publíquese.—R A. CALDERON° F.—El ¡Ministro de Gobernación, Policía y Ó~1 Seguridad Pública,Luis Fishman Z.—(Sol.N"213).—C-6078. f i t