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IniciarMi WebLinkAcerca deAGUILAR MOLINA MICHAEL_ACUERDO EJECUTIVO No.446 MGPECUZ E 1 z 1)G- i v 0 2 SET 200 t%JNo. 446 NIG 111 EL PRESIDENIT DF LA RFi>úm-icix Y LA VY l M Y POLICiA Con 1`undaniento en las atribuciones que les confieren los artículós- V2-1- incúsió- 14) aparte c), 140 Inciso 20) y 146 de la Constittición Política, el Convenio de la Unión Internacional de Telecomunicaciones ratificado niediante Ley No. 8100 M 04 de abril de.¡.2002. los articulos 1 y 6 de la Ley de Radio No. 1758 M 19 de junio de 19-54 v' sus refiprunas- los articulos 2. 33. __ 5). 9- ll . 19 Ni 330 M Reolarnento de ti 17 f; Radiocoiiitiilicacioiies,peci-cio E.jecutivo No. 31605-G M 24 de junio M 2004 y sus refiarillas; y el artículb- 2-del Regliamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto E*ecutivo No. 27354~G M 06 de novierribre de 1998 N, sus re fort aa. C(ENS 11)17 11 A N 1) UíNO.- Q11C C-1 SCñOr ¡N•11CHAEL AGUILAR INIOLINA, cédula de identidad número 1- 005-0775. ha presentado formal solicitud tendiente a que se ¡e otorgue concesión 1 1 de derecho de, tiso de las frectiencias TX 150.5625 ÍNIHz, RX 148.525 ÍVIHZ, (ver fiolio 004), CD 1,48.375 N,IHZ (ver folio 006), para ser titilizada en un servicio de radíocornunicación en Muy Alta Frecuencia (\iFlF), entre sus bases libicadas el] las provincias de Puntarenas Ni unidades móvi les. 11 (ver folio 074). DOS.- Qut la frecuencia solicitada se encuentra según lo establecido en el Realarnento a'. Plan.,'Nacional de Atribución de Frectiencias, Decreto Ejecutivo No. 27554-Ci M 06 de nOVICIlibre de 1998 y, sus reffirmas. TREIS.- Que. el Departaniento (le Control Nacional de Radio hizo el análisis ci,orrespondienue al CNpedíente M señor MICHAt:.L A(;tjil-Ait NIOLuNix, encontrandolo a justado a derecho. por lo que ha dado su pirecer favorable pat-a que dicha concesión de dereclio (le tiso (le las frectiencKis solicitadas, sean oiorgadas por un período CINCO AÑOS. Poiz T..kiN-t-o; ACUFIRDAN: ARTiCULO 1 : OTORGAR al señor MICHAFL AGUILAR NIOLINA, concesión de dereclio de uso,de las l`rectiencias TX 1 -50.5625 M Vi z, RX 14 8.52-11 H z, CD 1148.33-5 1MH7-, para ser titilizada en el servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frectiencia (V1-1F), segun llas siguientes czll-aciel,lsticÍis: I.y1'DICA•rI\70 ZONA POTENCIA CLASE DE UBICACIóN DE LA DE ACCIÓN i IÁ\INIA SERVICIO REPETIDORA TE-EHZ CORREDORES, GOLFITO, ?S WATTS CONIERCIAL FILA DE CAL, PUNTARENAS PRIVADO PUNTARENAS wriCULO ?: PLAzO DE LA CONCESIóN: CINCO AJOS. Pudiendo ser renovada por un período igual, a solicitud del interesado, siempre N. cuando cumpla con lo establecido en la Ley= de Radio y, su Reglamento. 1, i, .,0 Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su harte observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio. Artículo 3: Rige a partir de su notificación. Dado en la Presidencia de la República el día diecisiete de junio `del 'año dos mil ocho. Q k R A MÍ JaNINA DEL 'ECCHlO UC. r_r'O; ÍMINISTRA DE GOBERNACI Y SEGURIDAD PÚB¡ leA coi GR AD PUB GP