IniciarMi WebLinkAcerca deAGUILAR MOLINA MICHAEL_ACUERDO EJECUTIVO No.446 MGPECUZ E 1 z 1)G- i v 0 2 SET 200
t%JNo. 446 NIG 111
EL PRESIDENIT DF LA RFi>úm-icix Y LA VY l
M Y POLICiA
Con 1`undaniento en las atribuciones que les confieren los artículós- V2-1- incúsió- 14)
aparte c), 140 Inciso 20) y 146 de la Constittición Política, el Convenio de la Unión
Internacional de Telecomunicaciones ratificado niediante Ley No. 8100 M 04 de
abril de.¡.2002. los articulos 1 y 6 de la Ley de Radio No. 1758 M 19 de junio de
19-54 v' sus refiprunas- los articulos 2. 33. __
5).
9- ll . 19 Ni 330 M Reolarnento de ti 17 f;
Radiocoiiitiilicacioiies,peci-cio E.jecutivo No. 31605-G M 24 de junio M 2004 y
sus refiarillas; y el artículb- 2-del Regliamento al Plan Nacional de Atribución de
Frecuencias Decreto E*ecutivo No. 27354~G M 06 de novierribre de 1998 N, sus
re fort aa.
C(ENS 11)17 11 A N 1)
UíNO.- Q11C C-1 SCñOr ¡N•11CHAEL AGUILAR INIOLINA, cédula de identidad número 1-
005-0775. ha presentado formal solicitud tendiente a que se ¡e otorgue concesión
1 1
de derecho de, tiso de las frectiencias TX 150.5625 ÍNIHz, RX 148.525 ÍVIHZ, (ver
fiolio 004), CD 1,48.375 N,IHZ (ver folio 006), para ser titilizada en un servicio de
radíocornunicación en Muy Alta Frecuencia (\iFlF), entre sus bases libicadas el]
las provincias de Puntarenas Ni unidades
móvi
les. 11 (ver folio 074).
DOS.- Qut la frecuencia solicitada se encuentra según lo establecido en el
Realarnento a'. Plan.,'Nacional de Atribución de Frectiencias, Decreto Ejecutivo No.
27554-Ci M 06 de nOVICIlibre de 1998 y, sus reffirmas.
TREIS.- Que. el Departaniento (le Control Nacional de Radio hizo el análisis
ci,orrespondienue al CNpedíente M señor MICHAt:.L A(;tjil-Ait NIOLuNix,
encontrandolo a justado a derecho. por lo que ha dado su pirecer favorable pat-a
que dicha concesión de dereclio (le tiso (le las frectiencKis solicitadas, sean
oiorgadas por un período CINCO AÑOS.
Poiz T..kiN-t-o;
ACUFIRDAN:
ARTiCULO 1 : OTORGAR al señor MICHAFL AGUILAR NIOLINA, concesión de
dereclio de uso,de las l`rectiencias TX 1 -50.5625 M Vi z, RX 14 8.52-11 H z, CD
1148.33-5 1MH7-, para ser titilizada en el servicio de radiocomunicación en Muy Alta
Frectiencia (V1-1F), segun llas siguientes czll-aciel,lsticÍis:
I.y1'DICA•rI\70 ZONA POTENCIA CLASE DE UBICACIóN DE LA
DE ACCIÓN i IÁ\INIA SERVICIO REPETIDORA
TE-EHZ CORREDORES, GOLFITO, ?S WATTS CONIERCIAL FILA DE CAL,
PUNTARENAS PRIVADO PUNTARENAS
wriCULO ?: PLAzO DE LA CONCESIóN: CINCO AJOS. Pudiendo ser renovada
por un período igual, a solicitud del interesado, siempre N. cuando cumpla con
lo establecido en la Ley= de Radio y, su Reglamento. 1, i, .,0
Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su
harte observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las
indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio.
Artículo 3: Rige a partir de su notificación.
Dado en la Presidencia de la República el día diecisiete de junio `del 'año dos
mil ocho.
Q k R A MÍ
JaNINA DEL 'ECCHlO UC.
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ÍMINISTRA DE GOBERNACI
Y SEGURIDAD PÚB¡ leA coi
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