IniciarMi WebLinkAcerca deAGENCIAS COPRE SOCIEDAD ANONIMA_ACUERDO EJECUTIVO N°92-2006-MGPS
AcuERDo EaEcuTwo
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No. 92-2006 MGY
EL PRESIDES\'TE DE LA REPÚBLICA Y EL
MMISTRO DE GOBERNACIóN Y POLICÍA
Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte
c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, el Convenio Internacional de
Telecomunicaciones, ratificado mediante Ley No. 8100 del 04 de abril del 2002; los
artículos 1 y 6 de la Ley de Radio y Televisión No. 1758 del 19 de junio de 1954 y sus
reformas; los artículos 2, 3, 5, 9, 11, 19 y 30 del Reglamento de Radiocomunicaciones,
Decreto Ejecutivo No. 31608-G del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y el artículo 2
del Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No.
27554-G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas.
CONSIDERA_MO:
l.- Que el señor JAvg.R CoB PRENmAs, cédula de identidad número 1-474-137, en su
carácter de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de
la sociedad AGENCIAS COPRE, S.A., ha presentado formal solicitud tendiente a que se le
otorgue a su representada concesión de derecho de uso de la frecuencia CD 136.2750
MHz., para ser utilizada en un servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia
entre su base ubicada en la provincia de San José y sus unidades portátiles.
2.- Que la frecuencia solicitada se encuentra según lo establecido en el Reglamento al
Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No. 27554-G del 06 de
noviembre de 1998 y sus reformas.
3.- Que según certificación del Notario Público, JAVIER CLOT BARRIENTOS, el señor
JAVIER COB PRENDAS, mayor, casado una vez, administrador de negocios,'cédula de
identidad número 1474-137, es presidente con facultades de apoderado generalísimo
sin límite de suma de la sociedad AGEÍNCIAS COPRE, S.A., cédula jurídica número 3-
101-017437.
4.- Que la Oficina de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al
expediente de la sociedad AGEN~ COFRE, S.A., encontrándolo ajustado a derecho,
por lo que ha dado su parecer favorable para que dicha concesión de derecho de uso de
las frecuencias solicitadas sean otorgadas por un período de 5 años (cinco años).
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PóR TATO
ACUERDAN:
OTORGAR a la sociedad AGENCIAS CoPRE, S.A., concesión de derecho de uso de la
frecuencia Cl) 136.2750 MHz., como enlace, para ser utilizadas en el servicio de
radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), según las siguientes características:
INDICATIVO ZONA POTENCIA CLASE DE
DE ACCIóN MÁXIMA SERVICIO
TE-BGC VALLE 25 WATTS COMERCIAL
CENTRAL PRIVADO
PLAZO DE LA CONCESIÓN: CINco AÑOS (5 A_ÑOS). Pudiendo ser renovada por un
período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo
establecido en la Ley de Radio y su Reglamento.
Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte
observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones
de la Oficina de Control Nacional de Radio.
Dado en la Presidencia de la República el día treinta de mayo del año dos mil seis.
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OSCAR ARIAS SASNCHEZ
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ose CGS LIC. 1 E ANDO BERRO
MINISTRO DE GOBERNACIÓN, 1 CÍA
Y SEGURIDAD PÚBLICA