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IniciarMi WebLinkAcerca deAGENCIAS COPRE SOCIEDAD ANONIMA_ACUERDO EJECUTIVO N°92-2006-MGPS AcuERDo EaEcuTwo 1) 039 No. 92-2006 MGY EL PRESIDES\'TE DE LA REPÚBLICA Y EL MMISTRO DE GOBERNACIóN Y POLICÍA Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, el Convenio Internacional de Telecomunicaciones, ratificado mediante Ley No. 8100 del 04 de abril del 2002; los artículos 1 y 6 de la Ley de Radio y Televisión No. 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas; los artículos 2, 3, 5, 9, 11, 19 y 30 del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 31608-G del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y el artículo 2 del Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No. 27554-G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. CONSIDERA_MO: l.- Que el señor JAvg.R CoB PRENmAs, cédula de identidad número 1-474-137, en su carácter de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad AGENCIAS COPRE, S.A., ha presentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue a su representada concesión de derecho de uso de la frecuencia CD 136.2750 MHz., para ser utilizada en un servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia entre su base ubicada en la provincia de San José y sus unidades portátiles. 2.- Que la frecuencia solicitada se encuentra según lo establecido en el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No. 27554-G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. 3.- Que según certificación del Notario Público, JAVIER CLOT BARRIENTOS, el señor JAVIER COB PRENDAS, mayor, casado una vez, administrador de negocios,'cédula de identidad número 1474-137, es presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad AGEÍNCIAS COPRE, S.A., cédula jurídica número 3- 101-017437. 4.- Que la Oficina de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al expediente de la sociedad AGEN~ COFRE, S.A., encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para que dicha concesión de derecho de uso de las frecuencias solicitadas sean otorgadas por un período de 5 años (cinco años). 1 f s 1 PóR TATO ACUERDAN: OTORGAR a la sociedad AGENCIAS CoPRE, S.A., concesión de derecho de uso de la frecuencia Cl) 136.2750 MHz., como enlace, para ser utilizadas en el servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), según las siguientes características: INDICATIVO ZONA POTENCIA CLASE DE DE ACCIóN MÁXIMA SERVICIO TE-BGC VALLE 25 WATTS COMERCIAL CENTRAL PRIVADO PLAZO DE LA CONCESIÓN: CINco AÑOS (5 A_ÑOS). Pudiendo ser renovada por un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la Ley de Radio y su Reglamento. Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio. Dado en la Presidencia de la República el día treinta de mayo del año dos mil seis. E DE 1,4 D OE OB E.ó 5 0 OF N/ i5' OSCAR ARIAS SASNCHEZ P ose CGS LIC. 1 E ANDO BERRO MINISTRO DE GOBERNACIÓN, 1 CÍA Y SEGURIDAD PÚBLICA