IniciarMi WebLinkAcerca deAEROTRANSPORTES DE OCCIDENTE SOCIEDAD ANONIMA_ACUERDO EJECUTIVO N°156-1997G11 p-)-
r° 136.—San José. 7 de setiembre de 1992.0 flCETfí J I Z
l EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA +1 i-4 L
Y•Y EL,,\41DfISTRO DE GOBER- ACIOr, POLICIA Y SEGURIDAD PUBLICA,
Considerando:
Que el señor José A- Baldioceda Chamorro, cédula número t-500-483, en
calidad de Presidente de.Aero Transportes de Occidente, S.A.,ha presentado formal
solicitud tendiente a que se le autorice un sistema radiocomunicación en ultra alta
frecuencia para ser utilizado entre sus bases situadas en Guanacaste, repetidora en
Cerro Santa Elena, Puntarenas y unidades móviles aéreas.
2.—Que según certificación del Notario Público Lic.Alfredo Aguilar V.,el sector
José A-Baldioceda Chamorro,es Presidente de Aero Transportes de Occidente,S.A.
3.—Que la Oficina de Control racional de Radio,hizo el análisis del expediente
de Aero Transportes de Occidente,S.A.,encontrándolo ajustado a derecho por lo que
ha dado su parecer farvrable para que dicho sistema sea autorizado. Por tanto,
ACUERDAN:.
Con fundamento en la Ley de Radio r° 1758 del 19 de junio de 1954 y sus
reformas, Reglamento N'63 del 11 de diciembre de 1956 y sus reformas.
Otorgar las frecuencias TX:422,35 mHz. RX:427,15 mflz(Cerro Santa Elena.
Puntarenas),a Aero Transportes de Occidente,S.A.,.con las siguientes características:
Indicativo Zona de acción Potencia máxma Tipo de servicio
TE-AMO Guanacaste 25uatts Comercial
Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su
parte observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte,acatando las indica-
ciones de la oficina de Control racional de Radio.
Publíquese.—R.A.CALDERO!F.—El Ministro de Gobernación,Policía y Segu-
ridad Pública, Luis Fishman Z. (Solicitud N? 1-2339).—C-261.