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IniciarMi WebLinkAcerca deAEROTRANSPORTES DE OCCIDENTE SOCIEDAD ANONIMA_ACUERDO EJECUTIVO N°156-1997G11 p-)- r° 136.—San José. 7 de setiembre de 1992.0 flCETfí J I Z l EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA +1 i-4 L Y•Y EL,,\41DfISTRO DE GOBER- ACIOr, POLICIA Y SEGURIDAD PUBLICA, Considerando: Que el señor José A- Baldioceda Chamorro, cédula número t-500-483, en calidad de Presidente de.Aero Transportes de Occidente, S.A.,ha presentado formal solicitud tendiente a que se le autorice un sistema radiocomunicación en ultra alta frecuencia para ser utilizado entre sus bases situadas en Guanacaste, repetidora en Cerro Santa Elena, Puntarenas y unidades móviles aéreas. 2.—Que según certificación del Notario Público Lic.Alfredo Aguilar V.,el sector José A-Baldioceda Chamorro,es Presidente de Aero Transportes de Occidente,S.A. 3.—Que la Oficina de Control racional de Radio,hizo el análisis del expediente de Aero Transportes de Occidente,S.A.,encontrándolo ajustado a derecho por lo que ha dado su parecer farvrable para que dicho sistema sea autorizado. Por tanto, ACUERDAN:. Con fundamento en la Ley de Radio r° 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas, Reglamento N'63 del 11 de diciembre de 1956 y sus reformas. Otorgar las frecuencias TX:422,35 mHz. RX:427,15 mflz(Cerro Santa Elena. Puntarenas),a Aero Transportes de Occidente,S.A.,.con las siguientes características: Indicativo Zona de acción Potencia máxma Tipo de servicio TE-AMO Guanacaste 25uatts Comercial Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte,acatando las indica- ciones de la oficina de Control racional de Radio. Publíquese.—R.A.CALDERO!F.—El Ministro de Gobernación,Policía y Segu- ridad Pública, Luis Fishman Z. (Solicitud N? 1-2339).—C-261.