IniciarMi WebLinkAcerca deAcuerdo Ejecutivo No.400-2005 RADIO OCHENTA Y OCHO ESTEREO, S.A.fr
No. 4uo -2005 MSP
090
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL
MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento en la Ley de Radio No.1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas y
el Reglamento de radiocomunicaciones Decreto Ejecutivo No 31608-G del 24 de junio
del 2004 y el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto
No.27554-G, con fecha 06 de noviembre de 1998 y sus reformas.
CONSIDERANDO:
1.- Que según Acuerdo Ejecutivo No. 335 del 16 de agosto de 1982, publicado en La
Gaceta No. 193 del 07 de octubre de 1982, sc le otorgó, en forma compartida, derecho
de uso de la frecuencia 1600 KHz., al señor OLMEDO ALEN CHAN CERCEÑO, cédula de
identidad número 8-016-265, para operar una estación de radiodifusión sonora comercial
en el Cantón de Golfito, Puntarenas.
2.- Que el señor OLMEDO ALEN CHAN CERCEÑO, con cédula de identidad número 8-
016-265, cede los derechos de uso de la frecuencia 1600 KHz., a la sociedad de esta
pláza denominada RADIO OCHENTA Y OCHO ESTÉREO SOCIEDAD ANÓNIMA, de la cual
el señor JUAN VEGA QUIRÓS, es presidente con facultades de apoderado generalísimo.
3.- Que la frecuencia cedida se encuentra según el Reglamento al Plan Nacional de
Atribución, Decreto N. 27554-G, del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas.
4.- Que según certificación del Notario Público, LIC. GUSTAVO ADOLFO FERNÁNDEZ
MARTÍNEZ, el señor Juan Vega Quirós, mayor, casado una vez, comerciante, vecino de
Barrio Laboratorio de Pérez Zeledón, doscientos metros norte de la escuela de la
localidad, portador de la cédula de identidad número 9-033-881, es presidente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad RADIO
OCHENTA Y OCHO ESTÉREO SOCIEDAD ANÓNIMA; con cédula jurídica No. 3-101-
054905, inscrita en la Sección Mercantil del Registro Público, en los tomos 304 y 1361,
folios 253 y 11, asientos 224 y 15.
5.- Que la oficina de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente de los
expedientes del señor OLMEDO ALEN CHAN CERCEÑO y de la sociedad RADIO
OCHENTA Y OCHO ESTÉREO SOCIEDAD ANÓNIMA, encontrándolos ajustados a derecho,
por lo que ha dado su parecer favorable para que dicha cesión de concesión de derecho
de uso de la frecuencia 1600 KHz., sea atorgada por un período de 20 años (veinte
años). POR TANTO,
ACUERDAN:
Autorizar la cesión de derecho de uso de la frecuencia 1600 KHz. Amplitud Modulada
A.M.), que hace el señor OLMEDO ALEN CHAN CERCEÑO, cédula de identidad 8-016-
265, a favor de la sociedad RADIO OCHENTA Y OCHO ESTÉREO SOCIEDAD ANÓNIMA,
para un servicio de radiodifusión sonora comercial en el Cantón de Golfito, Puntarenas,
según las siguientes características:
8TIPODESERVICIO:RADIODIFUSIÓN SONORA. 1 8 9
CLASE: COMERCIAL.
INDICATIVO: TI-CSE
FRECUENCIA DE OPERACIÓN: 1600 KHz.
TIPO DE SEÑAL DE RF AMPLITUD MODULADA.
PORCENTAJE DE MODULACIÓN: 100%
TIPO DE EMISIÓN: 10 A3 E
TOLERANCIA MÁXIMA DE
200 KHZ.
FRECUENCIA:
ANCHO DE BANDA:10 KHz.
POTENCIA DEL TRANSMISOR
1000 VATIOS.
PRINCIPAL:
TIPO DE ANTENA: IRRADIADORA.
ALTURA CON RESPECTRO A LA 21 METROS.
SUPERFICIE:
TIPO DE LINEA DEL TRANSMISOR:HELIAX 1 5/8" DIÁMETRO.
PATRÓN DE IRRADIACIÓN: OMNIDIRECCIONAL.
UBICACIÓN DEL TRANSMISOR BARRIO SAN JUAN, PUNTARENAS.
PRINCIPAL:
ZONA DE COBERTURA: GOLFFFO, PUNTARENAS.
PLAZO DE LA CONCESIÓN: VEINTE AÑOS (20 AÑOS). Pudiendo ser renovada por un
período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo
establecido en la Ley de Radio y su Reglamento.
Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte
observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones
de la Oficina de Control Nacional de Radio.
Dado en la Presidencia de la Repúbliéa el día nueve de agosto del año dos mil
cinco.
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