IniciarMi WebLinkAcerca deAcuerdo Ejecutivo No.82-1994 PEÑA ULLOA JUAN CARLOSN° 82. —San José, 22 de abril de 1994. MEMNi t03
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Y EL MINISTRO DE GOBERNACION Y POLICIA
Considerando:
1 --Que el señor Juan Carios Peña Unoa, cédula N° 1- 614 -242, ha presentado formal
solicitud tendiente a que se le autorice un sistema de radiocomunicación en ultra alta frecuencia
púa ser utilizado entre sus bases situadas en San José y Tunialba y unidades móviles.
2°—Que la Oficina de Control Nacional de Radio, hizo el análisis correspondiente
a la solicitud del señor Juan Carlos Peña Ulloa, encontrándola ajustada a derecho por lo
que ha dado su parecer favorable para que dicho sistema sea autorizado. Por tanto,
ACUERDAN:. ,
Con fundamento en la Ley de Radio N° 1758 del 19 de junio de 1954 y sus
reformas y el reglamento N° 63 del 11 de diciembre de 1956 y sus reformas; otorgar
las frecuencias 446.90 mHz (TX) y 441.90 mHz (RX) a Juan Carlos Peña Ulloa, con
las siguientes características:
Indicativo Zona de acción Potencia máxima Tipo de servicio
TE -CCI San José -Limón I0 watts comercial
Debe utilizar el sistema silenciador controlado por tono continuo (tonos
subaudibles CTCSS, similar o mejor). -
Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación suya
observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte acatando las indicaciones
de la Oficina de Control Nacional de Radio.
Publíquese.—R. A. CALDERON F. —El Ministro de Gobernación y Policía; Luis Fishman Z.— (Solicitud N° 6300). —C= 1850.— (18875).
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