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IniciarMi WebLinkAcerca deAcuerdo Ejecutivo No.61-1994 RODRIGUEZ SOLANO CARLOS GUILLERMOCa, \° 61. —San José. 25 de marzo de 1994. lo- 0 -.S - 4y7 4 1 0 EL PRESIDENTE DE LA REñJBLICA Y EL MINISTRO DE GOBERNACION Y POLICIA Considerando: Que el señor Carlos G. Rodríguez Solano, cédula \° 2 -31.3 -319 ha presentado formal solicitud tendiente a que se le autorice un sistema de radiocomunicación en ultra alta frecuencia entre sus bases situadas en Alajuela. repetidoras en Rancho Redondo, Volcán Irazú. Cetro Santa Elena y Cerro de la Muerte. unidades móviles y portátiles. 2° —Que la Oficina de Control Nacional de Radio hizo el análisis del expediente de Carlos G. Rodríguez Solano. encontrándolo ajustado a derecho por lo que ha dado su parecer favorable para que dicho sistema sea autorizado. Por tanto. ACUERDAN: Con fundamento en la Ley de Radio N* 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas y el reglamento N' 63 del ,11 de diciembre de 1956 y sus reforma ot r lasAuencias Xf36.27 anchoRedortdo) - RX: 469.2 Hz ( olcán razú. X. 2.__ 9 rro 7 7q~77 erro a Mu a Carlos G. Rodríguez Solano, con las siguientes caracterísucas: Indicativo Zona de acción Potencia máxima Tipo de servicio TE -ACN Alajuela 25 watts Comercial Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte observar la legislación v¡gente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio. Publíquese.—R. A. CALDERON F. —El Ministro de Gobernación y Policía, Luis Fishman L-< Solicitud N° 6278). —C- 1900.— (17775). v `5t C yJ 03 l.' I' • I r` L-f F.! % T ". I- t-.. , 4 4 ff 295 N l - Q / ro Ja W,,v 0