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IniciarMi WebLinkAcerca deAcuerdo Ejecutivo No.47-2007 JIMENEZ ROJAS MAYNOR HENRYAcqJERDo F,iEcurfv0 No. 47-2007 MGP EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE GOBERNACiÓN Y POLICÍA Il46 Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, el Convenio Internacional de Telecomunicaciones ratificado mediante Ley No. 8100, del 04 de abril del 2002; los artículos 1 y 6 de la Ley de Radio No. 1758, del 19 de junio de 1954 y sus reformas; los artículos 2, 3, 5, 9, 11, 19 y 30 del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 31608 -G, del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y el artículo 2 del Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto Ejecutivo No. 27554 -G, del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. 0 CONSIDERANDO: 1.- Que el señor MAYNOR JLIiÉNEZ RoJAs, cédula de identidad número 2- 466 -053, ha presentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue concesión de derecho de uso de la frecuencia CD 263.200 MHz, para un servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (NTHF), entre su base ubicada en la provincia de Alajuela y sus unidades móviles. 2.- Que la frecuencia solicitada se encuentra según lo establecido en el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No. 27554 -G, del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. 3.- Que el Departamento de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al expediente del señor MAYNOR JIMÉNEZ RojAs, encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para que dicha concesión de derecho de uso de la frecuencia solicitada, sea otorgada por un periodo de 5 años (CINCO AÑOS). lo Ll POR TANTO• ( 1 (} 4 5 ACUERDAN: OTORGAR al señor MAYNOR d Númz ROaAs, cédula de identidad número 2 -466 -053, concesión de derecho de uso de la frecuencia CD 263.200 ~, para ser utilizada en el servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), segun las siguientes características: INDICATIVO ZONA POTENCIA CLASE DE DE ACGYóN INtiÁU7lüMA SERVICIO TE-DHZ VALLE CENTRAL 25 WATTs COMERCIAL PRIVADO PLAZO DE LA CONCESIóN: CINCO AMOS (5 Arios). Pudiendo ser renovada por un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la Ley de Radio y su Reglamento. Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio. Dado en la Presidencia de la R ' ' el día veintitrés de mayo del año dos mil siete. cE °E ¡.A l3t 0 oo r SCAR ARIAS AN JOSÉ. c4s LIC. FERNANDO BERROCAL 1'LIIVISTRO DE GOBERNACIÓN, POLICÍA u n i 2