IniciarMi WebLinkAcerca deAcuerdo Ejecutivo No.451-2008 ESPINOZA MORALES GHEISEL PATRICIAU
NI(). 451 N 1G 11
000003
m- - . I.A R•.PÚBLICA N* LA
m -- .ÓN N - 1 ' 0 , 1.1( - Í -\i(-í-\p.
Con f*tindanlem(l en las atribucines que les coillícren los articulas 121 inciso 14) D
apane e). 140 inciso 20) y 140 tic lit Consú mc¡ón Política. el Con \ en ¡o tic lit t Inión
In(ernacional (le • elecomunicaciones nitíllícado mediante Le\ No. 11, 1HOde¡ 04 (le
abril M 2002. los artictilos 1 y ( de la 1 p tic Radio No. 1751del 19 de junio (le
1954 v los 1 y 3 , 0 del le
Decreto ljectití% o No. 3 1 0()` " -(i tic¡ 14 (le junio del ~ 2004
sus I - el - oi - lliis: y el artículo 2 del al Pian Naciortal (le Atribución (le
Frecuencias Decreto F - Acctitivo No- 17554-G del 00 (le noviembre (le 1998 y sus
re1 , ormas.
0)Iz
UNO.- Que la señora GH•ASEL EsPiNoz—\ Nkmm.I- - .S, cédula le
ideiltidad ' ii(iiiiei - o 6-335-6-11. ha presentado ¡'rmal solicillitl tendiente a chic se le
oto a .rgue de ticrecho de uso tic Iii frecuencia C1) 140.3375 IN111-117- para wi
titili71(1¿1 Cil Lifí SC1 - vicio en Muy :\¡t.¡ f=recuencia (V111 = ).
entre su Usase ubicada el] lit pro\ incia (le Pumarefias l unildades inóvi les.
DOS, Que la 1 , •ecuenc;,1 Solícitatla se encliciluU según lo establecido el] el
al Plan Nacional de .\ti-il-itucit 'iii ( le Frecuencias. Decreto I-Jecutix No.
27554--G M O (le noviembre (le 19 `W y s.
TRES, ()tic el Departamento (le Control Nacional (le Radio hizo el análisis
correspondiente al CNI-1C(fiCiliC le jzj sej1orjj PATRICIA ESPINOZ•
encontrándolo ajustado .1 derecho. por ¡ti qt1c 11,1 dado su parecer
flivorat - vie (tifício N` 9bl-0\1* UNR del - 23 (le 200 , \) piara quc dichí , cofice-sió1, tic
derecho de liso de lit 1 - 1 - ecuencia solicitada. sea p(n- L111 periodo (le 5 affi , s
Por Tanu):
t112'I Í('l L0 j :DUISEL PATUICIA E SP 07..\ 0
coneción de derecho de uso de la ecuencia (•) IMU375 NIHZ. pmu ser
li•ili7ada CI] el SC1 - ViCio (le en Mu.\ Alla Frecuencia (V11F).
Sel.._IIII las
si. In -
DE ACCION N 1 A' X 1 N LA SERVICIO
TE-EHK C() u Iz E_ DO R 1:25 \V.-\ - ris
PIZ1v.mm
Aizi - ictli-o 2: PLAZO DE LA C¡N( - () .\.Ñus (5 Pudiendo ser
renovada por (111 período igual. a solicitud del interesarlo, Siempre N - cuando
cumpla con lo establecido en la Ley - (le Radio N - si¡ Reglanlenfo.
Queda entendido el concesionario (le estas li - ecticiic'IZIS (.lue es obligación de su
parte observar la legislación \ - ¡` , ente o la que en el ¡Muro se dicte , acatando las
indicacione-, de la Oficina (le Control Nacional de Radio.
Artículo 3: Rige a partir (le su notifiención.
Dado el] la Presidencia (le la República el día diecisiete (le junio del año dos
mil ocho.
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DE GOBERNA'
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