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IniciarMi WebLinkAcerca deAcuerdo Ejecutivo No.450 MGP-2008 RODRIGUEZ VALVERDE JOSE ANTONION4' .Cr;l- RDO EJECLrTIVO {Ot g C ' • f CO ! ,°t/>!i o-r%°ó L No. 450 ik1 G P EL PRESIDENTE- DE LA REI U13LICA 1° LA t`llNISTRA DL•' GOt3l:R,\ACIÓ\ Y POLICÍA Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 12 1 inciso 14) aparte c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Politica, el Convenio de la Unión Internacional de Telecomunicaciones ratificado mediante Ley No. 8100 del 04 de abril del 2002, los articulos 1 N, 6 de la Ley= de Radio Nro. 17-558 del 19 de junio de 194 y¡ sus reformas; los articulos 2, 3, , 9, 1 I , 19 30 del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 31608 -G del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y, el articulo 2 del Reglamento al Plan Nacional de :atribución de Frecuencias Decreto Ejecutivo Nro. 27 »4-G del 06 de ie.tubre de 1998 Y sus refnrma r : t1j4 a CONSIDERANDO: ' - o UNO.- Que el señor JOSÉ ANTONIO RODRiGUEZ VALVERDE, cédula de identidad número 1 -10 -51 -147, ha presentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue a conceslon de derecho de uso de las frecuencias T\ 452.037 ÍtIHZ v RX 457.0375 MHz-, T\ 452.612> 1MH7-, R\ 457.6125 IN+HZ, para ser utilizada en un servicio de radiocomunicación en Ultra :alta Frecuencia (UH.F), entre sus bases ubicadas en las provincias de Heredia; San José, unidades móviles y portátiles. DOS.- Que la frecuencia solicitada se encuentra segun lo establecido en el IZeglamento al Plan Nacional de :atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No. 2754 -G del 06 de noviembre de 1995 y sus reformas. TRES.- Que el Departamento de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al expediente del señor JOSÉ AN-roímo RODRÍGUEZ VALVERDE, encontrandolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable(oficio N° 892 -08 CNR del 10 de junio de ?008) para que dicha concesión de derecho de uso de las frecuencias solicitadas, sean otorgadas por un período de 5 años (CINCO kÑ(- s). Por Tanto: s ' , . c • 4-'j, iy '. 4 U?5 I--,' aR"I ÍC l l_C) 1: OTORGAR al senior JOsÉ .a t "Lomo R DRÍC:UI `L concesi m de derecho de uso de las Y-ecuencias T\ 4-52.037 Ít'11HZ v R:\ 457.0375"^ MHZ, T\ 452.612 IÍNIHZ, R\ 457.6125 \NIHZ, para ser utilizada en el servicio de radiocomunicación en Ultra Alta Frecuencia (U¡-IF), según las siguientes caracterrstrcas: l 0 INDICATIVO ZONA POTENCIA CLASE DI_ UBICACIÓN DE LAS DE ACCIÓN I'LA\t IA SERVICIO REPETIDORAS TE-EJE SAN JOSE-_ Y 25 \VA—rrS COÍMI_RCIAL SAN Luis DE SAN HEREDIA 1 PRIVADO DOimI\GO, HEREDIA AwrÍCULO 2: PLAZO DE LA CONCESIÓN: CINCO AiÑIOS (5 :xiÑOS). Pudiendo ser 074renovadaporunperíodoigual, a solicitud del interesado, siempre ,r cuando cumpla con lo establecido en la Ley de Radio y su Reglamento. Queda entendido el concesionario de estas fi-ecuencias que es obligación de su parte observar la legislación Vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina de Conn-ol Nacional de Radio. Artículo 3: Rige a partir- de su notificación. Dado en la Presidencia de la República el día diecisiete (le junio del año dos mil ocho. MCAR AR O.c/ ipA.v.-•` V Aso. 1008 JANINA DEL VECCHIO NII\ISTRA DE GOBI. WNA( V SEGURIDAD POB