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IniciarMi WebLinkAcerca deAcuerdo Ejecutivo No.405-2008 Emergencias Médicas del ContinenteL ACUERDO E.rF-Cu-i Ivo EL PRESIDENTE DE La REPÚBLICA Y LA ` .. 9z— MINISTRA DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA '° L VZ Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 in ¡S 14, uparte e), 140 inciso 20) N, 146 de la Constitución Política; el Convenio de la Unión Internacional de Telecomunicaciones ratificado mediante Ley No. 8100 del 04 de abril del 2002, los artículos 1 y 6 de la Ley de Radio No. 1 758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas; los artículos 2, 3, 5, 9, H. 19 y 30 del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 31608 -G del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y el artículo 2 del Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto Ejecutivo No1 1 .; 27554 -G del 06 de noviembre de 1998 N, sus reformas. CONSIDERANDO: LINO.- Que el señor CARLOS ALBERTO lMONGE Zú."IGA, cédula de identidad número / 1- 528 -755, apoderado generalisimo sin límite de suma de la sociedad El9ERGENCIAS MÉDICAS DEL CONTINENTE S.A., ha presentado formal solicitud tendiente a que se le oiorgue a su representada concesión de derecho de uso de las frecuencias TX 245.750 MHz N, R_\ 250.3875 i\jlHz, para ser utilizadas en un servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), entre su base ubicada en la provincia de San José, sus unidades móviles y portátiles (Ver folio 062). DOS. - Que las frecuencias solicitadas se encuentran según lo establecido en el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No. 27554 -G del 06 de noviembre de 1998 Ni sus reformas. TRES.- Que según certificación de la Notaria Pública, ADRIANA VILLALOBOS 131tI NIS, de las 9:00 horas del 14 de febrero de 2008 e 1 señor CARLOS ALBERTO MONDE ZúÑIGA, mayor, casado dos veces, empresario, vecino de Lagunilla de Heredia, cédula de identidad número 1 -528 -755, es apoderado generalísirmo sin límite de suma de la sociedad ENIERGENCIAS NIÉDICAS DEL CoN rINENTE S.A., cédula jurídica número 3- 101- 154998. CUATRO.- Que. el Departamento de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al expediente de la sociedad EÍNIERGENCIAS MÉDICAS DEI. / CONITINENTE S.A., encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable (oficio 0475 -08 CNR de 2008) para que dicha concesión de derecho de uso de las frecuencias solicitadas, sea otorgada por un período de 5 años (CINCO AÑOS).