IniciarMi WebLinkAcerca deAcuerdo Ejecutivo No.405-2008 Emergencias Médicas del ContinenteL
ACUERDO E.rF-Cu-i Ivo
EL PRESIDENTE DE La REPÚBLICA Y LA ` .. 9z—
MINISTRA DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA '° L
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Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 in ¡S 14, uparte
e), 140 inciso 20) N, 146 de la Constitución Política; el Convenio de la Unión
Internacional de Telecomunicaciones ratificado mediante Ley No. 8100 del 04 de abril
del 2002, los artículos 1 y 6 de la Ley de Radio No. 1 758 del 19 de junio de 1954 y sus
reformas; los artículos 2, 3, 5, 9, H. 19 y 30 del Reglamento de Radiocomunicaciones,
Decreto Ejecutivo No. 31608 -G del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y el artículo 2
del Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto Ejecutivo No1 1 .;
27554 -G del 06 de noviembre de 1998 N, sus reformas.
CONSIDERANDO:
LINO.- Que el señor CARLOS ALBERTO lMONGE Zú."IGA, cédula de identidad número /
1- 528 -755, apoderado generalisimo sin límite de suma de la sociedad El9ERGENCIAS
MÉDICAS DEL CONTINENTE S.A., ha presentado formal solicitud tendiente a que se le
oiorgue a su representada concesión de derecho de uso de las frecuencias TX 245.750
MHz N, R_\ 250.3875 i\jlHz, para ser utilizadas en un servicio de radiocomunicación en
Muy Alta Frecuencia (VHF), entre su base ubicada en la provincia de San José, sus
unidades móviles y portátiles (Ver folio 062).
DOS. - Que las frecuencias solicitadas se encuentran según lo establecido en el
Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No.
27554 -G del 06 de noviembre de 1998 Ni sus reformas.
TRES.- Que según certificación de la Notaria Pública, ADRIANA VILLALOBOS 131tI NIS,
de las 9:00 horas del 14 de febrero de 2008 e 1 señor CARLOS ALBERTO MONDE
ZúÑIGA, mayor, casado dos veces, empresario, vecino de Lagunilla de Heredia, cédula
de identidad número 1 -528 -755, es apoderado generalísirmo sin límite de suma de la
sociedad ENIERGENCIAS NIÉDICAS DEL CoN rINENTE S.A., cédula jurídica número 3-
101- 154998.
CUATRO.- Que. el Departamento de Control Nacional de Radio hizo el análisis
correspondiente al expediente de la sociedad EÍNIERGENCIAS MÉDICAS DEI. /
CONITINENTE S.A., encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer
favorable (oficio 0475 -08 CNR de 2008) para que dicha concesión de derecho de uso de
las frecuencias solicitadas, sea otorgada por un período de 5 años (CINCO AÑOS).