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IniciarMi WebLinkAcerca deAcuerdo Ejecutivo No.384-2008 MGP SERVIPORT EL CARRICEÑO S.V.C., SOCIEDAD ANONIMAed 5 A ACUERDO EJECUTIVO 2 o JUL. 2.I.` No. 384 - MG P F`CE°GON EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA o 6 9 Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, el Convenio de la Unión Internacional de Telecomunicaciones ratificado mediante Ley No. 8100 del 04 de . abril del 2002; los artículos 1 y 6 de la Ley de Radio No. 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas; los artículos 2, 3, 5, 9, 1 1, 19 y 30 del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 31608-G del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y el artículo 2 del Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto Ejecutivo No. 27554-G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. CONSI.DER:ANDO: UNO- Que el señor JOSÉ FRANCISCO BARRANTES VALVERDE, cédula de identidad número 2-442-346, Presidente con facultades de apoderado generalísimo de la sociedad SERVIPORT EL CARRICEÑO S.V.C, S.A. ha presentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue a su representada concesión de derecho de uso de la frecuencia CD: 163.900 MHz, para ser utilizada en un servicio de radiocomunicación en M.uy Alta Frecuencia (VHF), entre su base ubicada en la provincia de Alajuela y unidades móviles. DOS- Que la frecuencia solicitada se encuentra según lo establecido en el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No. 27554-O del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. TRES- Que según certificación del Notario Público, ALFONSO GERARDO BOLAÑOS ALPIZAR, el señor JOSÉ FRANCISCO BARRANTES VALVERDE, mayor, casado una vez, chofer, vecino de Can-illos de Poás de Alajuela, cédula de identidad. número 2-442-346, es Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad SERVIPORT EL CARRICEÑO S.V.C., S.A., cédula jurídica número 3-101-379840. CUATRO- Que. el Departamento de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al expediente de la sociedad SERVIPORT EL CARRICEÑO S.V.C., S.A, encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable a para que 'dicha concesión de derecho de uso de la frecuencia solicitada, sea otorgada por un período de 5 años (caco AÑOS). Por Tanto: ACUERDAN: 0 6 8 ARTÍCULO 1: OTORGAR a la compañía SERVIPORT EL CARRICEÑO S.V.C., S.A., concesión de derecho de uso de la frecuencia CD: 163.900 MHz, para ser utilizada en el servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), según las siguientes características: 0 INDICATIVO ZONA POTENCIA CLASE DE DE ACCIÓN MÁXIMA SERVICIO TE-EGE VALLE CENTRAL 25 WATTS COMERCIAL PRIVADO ARTÍCULO 2: PLAZO DE LA CONCESIÓN: CINCO AÑOS (5 AÑOS). Pudiendo ser renovada por un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la Ley de Radio y su Reglamento. Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su palie observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio. Artículo 3: Rige a partir de su notificación. Dado en la Presidencia de la República el día veintiocho de mayo del año dos mil ocho. DE LA 3\,`:o v0DEGO c¢ O AR t1 tAS S Nc -z ' jÍ, 1; { p p° y es COS JAN INS DEL VECCHIO UGALD : t MINISTRA DE GOBERNACIÓN, POL I- cp c7. Y SEGURIDAD PÚBLICA Gc/RoDA0