IniciarMi WebLinkAcerca deAcuerdo Ejecutivo No.384-2008 MGP SERVIPORT EL CARRICEÑO S.V.C., SOCIEDAD ANONIMAed 5 A
ACUERDO EJECUTIVO
2 o JUL. 2.I.`
No. 384 - MG P F`CE°GON
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA
MINISTRA DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
o 6 9
Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14)
aparte c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, el Convenio de la Unión
Internacional de Telecomunicaciones ratificado mediante Ley No. 8100 del 04 de .
abril del 2002; los artículos 1 y 6 de la Ley de Radio No. 1758 del 19 de junio de
1954 y sus reformas; los artículos 2, 3, 5, 9, 1 1, 19 y 30 del Reglamento de
Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 31608-G del 24 de junio del 2004 y
sus reformas; y el artículo 2 del Reglamento al Plan Nacional de Atribución de
Frecuencias Decreto Ejecutivo No. 27554-G del 06 de noviembre de 1998 y sus
reformas.
CONSI.DER:ANDO:
UNO- Que el señor JOSÉ FRANCISCO BARRANTES VALVERDE, cédula de
identidad número 2-442-346, Presidente con facultades de apoderado generalísimo
de la sociedad SERVIPORT EL CARRICEÑO S.V.C, S.A. ha presentado formal
solicitud tendiente a que se le otorgue a su representada concesión de derecho de
uso de la frecuencia CD: 163.900 MHz, para ser utilizada en un servicio de
radiocomunicación en M.uy Alta Frecuencia (VHF), entre su base ubicada en la
provincia de Alajuela y unidades móviles.
DOS- Que la frecuencia solicitada se encuentra según lo establecido en el
Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No.
27554-O del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas.
TRES- Que según certificación del Notario Público, ALFONSO GERARDO
BOLAÑOS ALPIZAR, el señor JOSÉ FRANCISCO BARRANTES VALVERDE, mayor,
casado una vez, chofer, vecino de Can-illos de Poás de Alajuela, cédula de
identidad. número 2-442-346, es Presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma de la sociedad SERVIPORT EL CARRICEÑO
S.V.C., S.A., cédula jurídica número 3-101-379840.
CUATRO- Que. el Departamento de Control Nacional de Radio hizo el análisis
correspondiente al expediente de la sociedad SERVIPORT EL CARRICEÑO S.V.C.,
S.A, encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable
a
para que 'dicha concesión de derecho de uso de la frecuencia solicitada, sea
otorgada por un período de 5 años (caco AÑOS).
Por Tanto:
ACUERDAN: 0 6 8
ARTÍCULO 1: OTORGAR a la compañía SERVIPORT EL CARRICEÑO S.V.C., S.A.,
concesión de derecho de uso de la frecuencia CD: 163.900 MHz, para ser utilizada
en el servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), según las
siguientes características:
0 INDICATIVO ZONA POTENCIA CLASE DE
DE ACCIÓN MÁXIMA SERVICIO
TE-EGE VALLE CENTRAL 25 WATTS COMERCIAL
PRIVADO
ARTÍCULO 2: PLAZO DE LA CONCESIÓN: CINCO AÑOS (5 AÑOS). Pudiendo ser
renovada por un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando
cumpla con lo establecido en la Ley de Radio y su Reglamento.
Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su
palie observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las
indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio.
Artículo 3: Rige a partir de su notificación.
Dado en la Presidencia de la República el día veintiocho de mayo del año dos
mil ocho.
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