IniciarMi WebLinkAcerca deAcuerdo Ejecutivo No.329-2008 DMG TELEVISORA DE COSTA RICA S.AACUERDO EJECUTIVO No. 329 -2008 DNIG
EL PRESIDE\TE DE La; REP UBLICA Y LA
NIIi\ ISTRA DE GOBERN ACION Y POLICIA
Con fundamento en las atribuciones que les confieren los articulos 121 inciso 14) aparte-c),
inciso 20) 3= 146 de la Constituci6n Politica, el Con-enio lnternacional de Telecom'`unicacionc
ratificado mediante Lev No. 8100, del 04 de abril del 2002; los articulos 1 N, 6 de la Ley d%Radi
o. 1738, del 19 de junio de 1954 v sus reformas; los articulos 2, 3, 5, 9, 11, 19, 30, 32y 31 1 ) 8 2
Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo \o. 31608 -6, del 24 de junio del 2004 y
sus reformas; y el articulo 2 del Reglamento al Plan Nacional de Atribuci6n de Frecuencias,
Decreto Ejecutivo \o. 27354 -G, del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. I
CONSIDERANDO:
I.- Que mediante Acuerdo Ejecutivo \o. 178, del 22 de noviembre de 1993; publicado em La
Gaceta No 6, del 10 de enero de 1994; se otorg6 concesion de derecho de use de las frecuencias
440.025 N1 Hz y 445.023'MHz, al senor ROBERTO BREVES NIURILLO.
2.- Que el senor ROBERTO BRE \E$ 1IURILLO, cedula de identidad numero 3 -212 -222, cedN) la
concesion de derecho de use de las frecuencias 440.025 NIHz v 4=15.025 tNIHz, a la sociedad
TELEVISORA DE COSTA RICA S.A. (ver folio 000018 expediente sociedad Televisora de Costa Rica),
representada en ese acto por la senora Olga Lucia Cozza Soto.
3- Que las frecuencias solicitadas se encuentran segun to establecido en el Reglamento al Plan
acional de Atribucion de Frecuencias, Decreto Ejecutivo \o. 27354 -C del 06 de noviembre do
1998-y sus reformas.
4. -Que la senora OLGA LUCIA COZZ.A SOTO, cedula de identidad numero 1- 266 -800, presidenta
con facultades de Apoderada Generalisima sin limite de suma de la sociedad TEILE- `ISORA DE
COSTA RICA SOCIEDAD Aixbm 1A, ha presentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue a
su represe.ntada, concesion de derecho de use de las frecuencias TX 445.025 MHz. y RX 440.025
MHz., para ser utilizadas en el servicio de radiocomunicacion en Ultra Alta Frecuencia (UHF),
entre su base ubicada en la provincia de San Jose y sus unidades m6viles.
3.- Que segun certificaci6n del \otario Publico Roman Alberto Fallas Cordero, la senora OL CA
LUCIA COZZA SOTO, viuda una vez, empresaria, cedula de identidad numero 1- 266 -800, es
presidenta con facultades de Apoderada Generalisima sin limite de sums do la sociedad
TELEVISORA DE COSTA RICA SOCIEDAD A \6N'INIA, cedula juridica numero 3 -101- 006829.
6.- Que el Departamento de Control \acional de Radio hizo el an:ilisis correspondiente a los
expedie.ntes del senor ROBERTO BRE\ES NIURILLO y de TELE\rISORA DE COSTA RICA SOCILDAD
AtiN6,NI,NIA-, encontrandolos ajustados a derecho, por to que ha dado su parecer favorable para que
dicha cesi6n de derecho de use de las frecuencias solicitadas sea otorgada en las mismas
condiciones bajo las cuales fue otorgada originalmente y, de conformidad con to dispuesto en el
2eglamen *o de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo \o. 31608 -G, del 24 de junio (lei 2004 y
sus reformas, por un plazo de 5 anos (cinco anos), contados a partir de la entrada cn vigencia del
citado Reglamento.
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ACt"TRI)AN:
ARTiCU1.0 1: OTORGAR .1 1:1 SoCiCti-ld TELF %-1-';0 RA DF COSTA RICA SOCIEDAD AN6,NINIA, )01.181
colicesi011 de (let-cello de use de Lis ft-ccimicias TX 44i.025 iliz. y RX 440.025 NIFIz., que le
cede el senor R llrwro kNic:1411.1s, Para set- titiliz;Idas ell el servicio de
adiocomunicacHm ell Ultra Alta Frectiencia (Ul-IF). sc,clll LIS sinfientes caracteristicas: Z,
All-ricalu. 2: PLAZO DE LA COX(.T'.SI6.X: 1.1 cesiollario explotal-A los de•echos cedidos ell los
illisillos tcrluinos (ItIc fue otor"ada 1.1 concesi(Im ol-i"Inalluclite. Poill-A set- renovada por un
pe•itido igual ill que fue otorg-I&I (CISCO A,'4)-S). I)I-CVi;1 solicited (lei iriteresado, siempre N,
cualitift cumpla Coll 140 establecido ell 1:1 Ley tic Radio y sit Regiall cilto. Plazo contado I partir de
la en(rada ell vigencia (lei Regh "lei] to dc IZ.1tli(icollitillic-.icitiiies. Decreto I-jecutivo No. 31608-G,
lei 24 tie junio del 2004 y sus reformas.
Queda entendido el colicesionario de est.'s frecticlicias title es obfigaci6n de su parte obsemar la
le,r,isl-.Ici,Ill vi-ellic o 1.1 quc ell cl futuro se dicte. acatando las indicaciones de la Oficina de
Control Nacional de Radio.
Awriculm 3: Rige a partir tic sit notificaci6ii.
Dado ell 1.1 Presidelicia de 1.1 IZCI)fll)llc:t el (I i.1 diccillilevc tic Illayo (lei aflo dos Ind oche.
vE DE
5 OA
O.S 5;?ZeTA R LAS
p DEV_ mic 0EJANIN"A DL VECCHIO UGAL
NIINISTRA DE GOBI RNACION,-l"
N _GI RIDAD PUBLI 'A
Jleccv Crr-t--IxO 9 /-
6 _,
Z_ 0 N* A CI_r\SI:_ 1 1-- IJBICAC16N DE- LA
NI .%,N F% 1A SERVIC10 R L'I'L-TI DO RA
TODO 1:1. I'AiS 25 WArrs RANCIIO REDONDO.
PRIVADO GoIC()I--.Cli[:A
All-ricalu. 2: PLAZO DE LA COX(.T'.SI6.X: 1.1 cesiollario explotal-A los de•echos cedidos ell los
illisillos tcrluinos (ItIc fue otor"ada 1.1 concesi(Im ol-i"Inalluclite. Poill-A set- renovada por un
pe•itido igual ill que fue otorg-I&I (CISCO A,'4)-S). I)I-CVi;1 solicited (lei iriteresado, siempre N,
cualitift cumpla Coll 140 establecido ell 1:1 Ley tic Radio y sit Regiall cilto. Plazo contado I partir de
la en(rada ell vigencia (lei Regh "lei] to dc IZ.1tli(icollitillic-.icitiiies. Decreto I-jecutivo No. 31608-G,
lei 24 tie junio del 2004 y sus reformas.
Queda entendido el colicesionario de est.'s frecticlicias title es obfigaci6n de su parte obsemar la
le,r,isl-.Ici,Ill vi-ellic o 1.1 quc ell cl futuro se dicte. acatando las indicaciones de la Oficina de
Control Nacional de Radio.
Awriculm 3: Rige a partir tic sit notificaci6ii.
Dado ell 1.1 Presidelicia de 1.1 IZCI)fll)llc:t el (I i.1 diccillilevc tic Illayo (lei aflo dos Ind oche.
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