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IniciarMi WebLinkAcerca deAcuerdo Ejecutivo No.325-2007-MGP JIMENEZ TORRES LUIS ROBERTOa, 144 1 ACUERDO EJECUTIVO No. aLry--2Jl)7 iNZGP EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL iVIL17ISTR0 DE GOBERNACIó\ Y POLICíA ti _ vuL v • , j'`% 000374 Con fundamento en las atribuciones que les confieren los articulos 121 inciso 14) aparte c), 140 inciso 20) y 146 de - la Constitución Política, el Convenio Internacional de Telecomunicaciones ratificado mediante Ley No. 8100 del 04 de abril del 2002; los artículos 1 y 6 de la Ley de Radio No. 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas;; los artículos 2, 3, 5, 9, 11, 19 y 30, del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 31608 -G del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y el artículo 2 del Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto Ejecutivo No.27554 -G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. CONSIDERANDO: 1.- Que el señor Luis ROBERTO JnxIÉNEz TORRES,, con cédula de identidad número 1- 863 -557, ha presentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue concesión de derecho de uso de las frecuencias TX 152.1875 MHz. RX 149.650 MHz, TX 466.1625 MHz y RX 461.200 MHz, para ser utilizada en un servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF) y en Ultra Alta Frecuencia (UHF), entre sus bases ubicadas en la provincia de San José, sus unidades móviles y sus portátiles. 2.- Que la frecuencia solicitada se encuentran según lo establecido en el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No.27554 -G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. 3.- Que el Departamento de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al expediente del señor Luis ROBERTO JimÉNEz TORRES, encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para que dicha concesión de derecho de uso de las frecuencias solicitadas sean otorgadas por un período de 5 años (CINCO años). POR TANTO t1CU-ERDAN: Otorgar al señor Luis OBERTO JIIZÉNEZZT- ORRES, concesión /die derecho de uso cjAas frecuencias TX 152.1875 MHz, RX 149.60 MHz, TX 466.1625 MHz y RX 461.200 MHz, para un servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF) y Ultra Alta Frecuencia (UHF), según las siguientes características: I 10 1 r. INDICATIVO ZONA POTENCIA CLASE DE 000-373 DE ACCIóN VI ~-i»YíA SERVICIO TE -DQW TODO EL 25 WATTS COMERCIAL PAís PLAZO DE LA CONCESIÓN: CINCO AÑOS (5 AÑOS). Pudiendo ser renovada por un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la Ley de Radio y su Reglamento. Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte. acatando las indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio. Rige a partir de su notificación. Dado en la Presidencia de República el dia nueve de julio del aíio dos mil siete.. . E DE DE ; ", ' P `? ` J ? ^ `` ¡_ o L 4 íXRIAo q 1. CO t z vq LIC. I ER\zA_\°DO BERROCA TO NISTRO DE GOBERNACIÓN, POL Y SEGURIDAD P11#LICA : í