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IniciarMi WebLinkAcerca deAcuerdo Ejecutivo No.294-2007 MGP RUMOROSO JAUBERT MARCO ANTONIO1 ACUIERDa EJEC1,711Yo () (j 7 U No. 294-2007 MGP EL PRESiDE¡N7E DE LA REPúBL.i£:.<k T EL IMINUTRO BE GOB£RINACIÚN I POLI£-I4 Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 1 T) aparte c), 140 inciso 20) 1'- 1T6 de la Constitución Política; el Convenio Internacional de Telecomunicaciones, ratif cado mediante Ley No. 8100, del 04 de abril. del 2002; los artículos l y 6 de la Ley de Radio No. 17 S_ del 19 de junio de 1954 y sus refmnas; los artículos 2, 3, 5; 9, 11, 14 y 30 del Reglarnenío de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 31608 -G, del 24 de junio del 2004 y reformas; y el artículo 2 del Reglamento al Plan Nacional de atribución de. Frecuen.Gas Decreto Ejecutivo No. 27554-G del 06 de noViernbre de 1495 Y sus reformas. C 01SIDERAIND0: l.- Que el señor 4 t00 O Zt: RuÍNIOROSO AU RT; cédula de identidad número 1-252-530, ha presentado formal solicitud tendiente a qu~ se le otorgue concesión de derecho de uso de la frecuencia CD 225.025 MHz., para un servicío ere radíocoinunicación en Muy Alta FrecuenCia t F,), entre su base ubicada en la provincia de San ?osé, y sus unidades móviles y Tus portá`i es. 40` - 2.- Que la fiecuenc:a solicitada se encuentra :según 10 establecido en e1 Reglatnerxto al Plan Nacíonal de Atribución de Frecuencias; Decreto Ejecutivo I\:o. 27554 G, del 06 de noviembre de 1995 y sus refomnw,. 3.- Que e.1 Departamento de Control Naelonal de R.a.dio hizo el an h-qL corre-spondiente al expediente del senor N2L4.Rco -4,uo"kx-to Ru i.ro-Roso JkuBERí, er.conti ndo:lo alust.ado a derecho; por lo clue ha dado su parecer favorable p2ra Tje dicha concesión de derecho de uso de la frecuencia solicitada; sea ot.orgada. por -an período de 5 aiíos C,rCO AÑOS). I 00 G9 POR TANTO: AcL.-LRDiv: OTORGAR al señor 1URCO Á.TON--iO Rúil-10ROSO :ü za a fc.. número 1-252-530, conc.esión d.c derecho de u--m de la,lecu.enc;ia CD 223.025 MHz., para set utilizada en el semcio de racliocotli=anicaci n n u_ = iec n á'!< ' a según las siguientes características: LNDICATINQ Zfl--N-uá, P017E1qcLk CLt4,5E DE DE ACcláN ÍUíMIA SERVICIO TE-DCP V Ai.i.F GL., ATT O I CL I. t G;pZt i35F - ` 1z j í,¡j: _.. f, . 2 . í _.... x... PLAZO DE LA CoNCESIó-N: Gri co .AÑos (> AÑoS). Pudiendo ser renovada pol;,rIn3l pepiodo igual, a solicitud de-A irrteresado, lo establecido en la 1:.e1 de Radio y su Reo.,lamento. Queda entendido el concesionario de estas fsecxencias que es obligac.ión de su parte observar la legislación vigeníe o la que en el fv.i•aro se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio. Dado en la Presidenda de la República el día veinticinco de junio del .ária:dos Mil siete. 1. . nI, ytsll7r, ,IZ-5 _ . i::.1'¡:.-.:' :' • . : r t"* .ili, >`t i w ?.ii ..^^ } Osc A s SkiLT r9:? s . cc Q° Oy P A ' ' y Lic. A BERROC` 2 A1U\--LSI'RO OE GOBERNAC10N, l Y SEGLRIDAIi PDBI:ICA t i