IniciarMi WebLinkAcerca deAcuerdo Ejecutivo No.182-2008 MGP PISOS Y AZULEJOS PIASA S.AACU`ERDO EJECUTIVO S
No.
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182-2008 MGP
EL PRESIDENTE DE LA REPliBLICA Y LA
MINISTRa DE GOBER\ACIó\ Y POLICÍA
Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte
c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; el Convenio Internacional de
Telecomunicaciones ratificado mediante Ley No. 8100 del 04 de abril del 2002, los
artículos 1 y 6 de la Ley de Radio No. 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas; los
artículos 2, 35 51 95 115 19 y 30, del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto
Ejecutivo No. 31608 -G del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y el artículo 2 del
Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto Ejecutivo
No.27554 -G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas.
CO\SIDERAINDO:
UNO.- Que el señor JAISIZE AGUIL.AR UNZA\°A, con cédula número 1 -589 -361, en su
carácter de Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin limite de suma de
la sociedad PISOS Y AZULEJOS PIASA, S.A., ha presentado formal solicitud tendiente a
que -se le otorgue a su representada concesión de derecho de uso de las frecuencias TX
265.675 IvIHz y RX 260.675 MHz- para ser utilizadas en un servicio de
radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), entre su base ubicada en la
provincia de San José, y sus portátiles.
DOS.- Que las frecuencias solicitadas se encuentran según lo establecido en el
Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo
la No.27554 -G con fecha 06 de noviembre de 1998 y sus reformas.
TRES.- Que según certificación del Notario Público, SA- \TIAGO VARGAS
V[LLALOBOS, el señor JAI Nl[E AGUILAR U`I-A, cédula de identidad • 1- 589 -361, .es
Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad
PISOS Y AZULEJOS PIASA, S.A., con cédula jurídica número 3- 101 - 189137.
CUATRO.- Que el Departamento de Control Nacional de Radio hizo el análisis
correspondiente al expediente de la sociedad PISOS Y AZULEJOS PIASA, S.A.,
encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para que
dicha concesión de derecho de uso de las frecuencias solicitadas sean otorgadas por un
período de 5 años (CINCO años).
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POR TAi \rFO ( j U ')
ACUERDAN-:
ARTÍCULO 1: OTORGAR a la sociedad PISOS Y AZULEJOS PIASA, S.A., concesión de
derecho de uso de las frecuencias TX 265.675 MHz y RX 260.675 MHz, para ser
utilizadas en el servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), según
las siguientes características:
DIDICATIVO ZONA POTENCIA CLASE DE
DE ACCIóN MÁXEvIA SERVICIO
TE -DPG VALLE 25 WATTS COMIERCIAL
CENTRAL PRIVADO
ARTÍCULO 2: PLAZO DE LA CONCESIÓN: CuliCO ANOS (5 AÑOS). Pudiendo ser
renovada por un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando
cumpla con lo establecido en la Ley de Radio y su Reglamento.
Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte
observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones
de la Oficina de Control Nacional de Radio.
ARTÍCULO 3: Rige a partir de su notificación.
Dado en la Presidencia de la República el día ocho de abril de dos mil ocho.
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