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IniciarMi WebLinkAcerca deAcuerdo Ejecutivo No.182-2008 MGP PISOS Y AZULEJOS PIASA S.AACU`ERDO EJECUTIVO S No. 1 182-2008 MGP EL PRESIDENTE DE LA REPliBLICA Y LA MINISTRa DE GOBER\ACIó\ Y POLICÍA Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; el Convenio Internacional de Telecomunicaciones ratificado mediante Ley No. 8100 del 04 de abril del 2002, los artículos 1 y 6 de la Ley de Radio No. 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas; los artículos 2, 35 51 95 115 19 y 30, del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 31608 -G del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y el artículo 2 del Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto Ejecutivo No.27554 -G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. CO\SIDERAINDO: UNO.- Que el señor JAISIZE AGUIL.AR UNZA\°A, con cédula número 1 -589 -361, en su carácter de Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin limite de suma de la sociedad PISOS Y AZULEJOS PIASA, S.A., ha presentado formal solicitud tendiente a que -se le otorgue a su representada concesión de derecho de uso de las frecuencias TX 265.675 IvIHz y RX 260.675 MHz- para ser utilizadas en un servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), entre su base ubicada en la provincia de San José, y sus portátiles. DOS.- Que las frecuencias solicitadas se encuentran según lo establecido en el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo la No.27554 -G con fecha 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. TRES.- Que según certificación del Notario Público, SA- \TIAGO VARGAS V[LLALOBOS, el señor JAI Nl[E AGUILAR U`I-A, cédula de identidad • 1- 589 -361, .es Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad PISOS Y AZULEJOS PIASA, S.A., con cédula jurídica número 3- 101 - 189137. CUATRO.- Que el Departamento de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al expediente de la sociedad PISOS Y AZULEJOS PIASA, S.A., encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para que dicha concesión de derecho de uso de las frecuencias solicitadas sean otorgadas por un período de 5 años (CINCO años). 061 0 POR TAi \rFO ( j U ') ACUERDAN-: ARTÍCULO 1: OTORGAR a la sociedad PISOS Y AZULEJOS PIASA, S.A., concesión de derecho de uso de las frecuencias TX 265.675 MHz y RX 260.675 MHz, para ser utilizadas en el servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), según las siguientes características: DIDICATIVO ZONA POTENCIA CLASE DE DE ACCIóN MÁXEvIA SERVICIO TE -DPG VALLE 25 WATTS COMIERCIAL CENTRAL PRIVADO ARTÍCULO 2: PLAZO DE LA CONCESIÓN: CuliCO ANOS (5 AÑOS). Pudiendo ser renovada por un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la Ley de Radio y su Reglamento. Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio. ARTÍCULO 3: Rige a partir de su notificación. Dado en la Presidencia de la República el día ocho de abril de dos mil ocho. lY3C.4N. UIAO ss GA 1 MI.zsl