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IniciarMi WebLinkAcerca deAcuerdo Ejecutivo No.13-1993 Ganadera La Irma S.At i Ro N° 13-San Josd,4 de febrero de 1993.6ptcm N- / IxL.PRESIDENTE DE LA RE,PUI3LICA 10-5-93• ,! Y 13L MINIS'T'RO DE GOI3ERNACION, POLICIA Y SEGURIDAD PUI3LICA Considerando: 1. I.—Que el selior Mario Miranda Blanco,c&dula número 8-034-151,en calidad de Apode•ado.Gene•alísimo de Ganadera La Irma, S. A., ha presentado formal solicitud tendiente a que se le autorice un sistema de radiocomunicación en múv •.',. frecuencia entre sus bases situadas en San Josó, Puntarenas, repetidora, en • Palmita)de San Ramón de A lajuela y unidades móviles. 2.—Que según certificación del Notario Público Lic.Carlos MI. Rodrígu"• ' el señor-Mar,io Miranda 131:u)co, es Apoderado Generalísimo, sin límite de nana uC • Ganadera La Irma,S. A. 3.—Que la Oficina de Control Nacional de Radio,hizo el anClisis del expediente de Ganadera La Irma, S. A.,encontr£indolo aj} tadp a derecho por lo que ha dado su parecer favorable para que(ficho sistema sea autorizado. Por tanto, ACUERDAN: Con fundamento en la Ley de Radio N° 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas y el reglamento N°63 del II de diciembre de 1956 y sus reformas,se otorgan las frecuenciasTX:Q ml•iz y RX: 159.750 ml•Iz(Cerro Palmita', San Ramón, Alajucla.),con las siguientes características: ' Indicativo Zona de acción • Potencio mfixima Clase de servicio 113-01,1 • San Josó, Punta- 25 watts Agrícola retas. Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte observar la legislación vigente o la cjuc en cl futuro se dicte, acatando las indicacioiva de la Oficina de Control Nacional de'Radio. Pulhucsc-R. A. CALI)I3RON h;—El Ministro.de Gobernación, Policía y Segurild Pública, Luis hishman Z.—(Sol.„—N°213).—C-6061_ _