IniciarMi WebLinkAcerca deAcuerdo Ejecutivo No.023-2007 SERVICIO NACIONAL E INTERNACIONAL DE TRANSPORTE TURISTICO6M
ry
ACUER.DO E,IECUTIVO
N0.023-2007 MGP
EL PRESIDENTE DE LA REPIJBLICA Y EL
MINISTRO DE GOBERNACION Y POLICíA
1! ¡ 'S
Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte
c), 140 inciso 20) Ni 146 de la Constitución Política, el Convenio Internacional de
Comunicaciones, ratificado mediante Ley= No. 8100 del 04 de abril del 2002, los
artículos 1 y, 6 de la Ley de Radio No. 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas, los
artículos 2, 3, 5, 9; 11, 19 y> 30 del Reglamento de Radiocomunicaciones; Decreto
Ejecutivo Ido. 31608 -G del ?4 de junio del 2004 y sus reformas, Ni el artículo 2 del
Reglamento al Plan Nacional de atribución de Frecuencias Decreto Ejecutivo No.
27554 -G de 06 de noviembre de 1998 Ni sus reformas.
CONSIDERANDO:
1.- Que el señor CARLOS LUIS CUBERO CRUZ, cédula de identidad número 2- 387 -365.
Presidente con facultades de apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad
denominada SERA u0 (NACIONAL E INTERNACIONAL DI.. TRANSPORTE TURÍSTICO
COSTA RICA S.A., ha presentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue a su
representada concesión de derecho de uso de la frecuencia CD 2-554.1750 Mvlz, para ser
utilizwda en el servicio de radiocomunicación en iMu_y alta Frecuencia (VHF), entre su
r
base ubicada en la provincia de Alajuela Ni sus unidades móviles.
2.- Que la frecuencia solicitada se encuentra según lo establecido en el Reglamento al
Plan Nacional de atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo Vio. 27554 -G del 06 de
novrecobre de 1998 N, sus reformas.
3.- Que según certificación del Notario Público, ¡Marconi Salas Jiménez, el señor
CARLOS LUIS CUBERO CRUZ; mayor, casado, comerciante, vecino de Sabanilla de
Valverde Vega, cédula de identidad número 2- 387 -365), es Presidente con facultades de
Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad denominada Sr•_RV1C1O
N,XCIOi':XL E INTERNACIONAL DE TRANSPORTE TURÍSTICO COSTA RICA S.A., cédula
luridica número 3 -101 - 362821.
4.- Que el Departamento de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente
al expediente de la sociedad denominada SERVICIO NACIONAL E INTERNACIONAL DE
TR.,xiNsPORTE TURÍSTICO COSTA RICA S.A., encontrándolo ajustado a derecho; por lo
que ha dado su parecer favorable para que dicha concesión de derecho de uso ele la
frecuencia solicitada sea otorgada por un período de 5 años (cinco años).
F1
1
POIz TANTO;
ACUERDAN: 0 7 7
Otorgar a la sociedad SERVICIO NACIONAL E INTERNACIONAL DE TRANSPORTE
Tu1tíSi•ICO COSTA RICA S.A.; concesión de derecho de uso de la frecuencia CD
254.1750 M.Hz, para ser utilizada en el servicio de radiocomunicación en MuY Alta
Frecuencia (VHF), según las siguientes características:
INDICATIVO ZONA POTENCIA CLASE DE
DE ACCION IáXIiN•IA SERVICIO
TE-DZ'\` VALLE 25 \VATTS COMERCIAL
CENTRAL PRIVADO
PLAZO DE LA CONCESIó :N: CINCO ANOS (S AÑOS). Pudiendo ser renovada por un
período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo
establecido en la Lev de Radio N.- su Reglamento.
Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte
observa¡- la le!islación vióente o la que en el futuro se- dicte; acatando las indicaciones
dula Oficina de Control Nacional de Radio.
Dado en la Presidencia de la República el día veintiséis de abril del año dos mil
siete.
r D`
Ap \`
Q
GSC,ek t:2RIAS .> 4CE 7_ . COS`
F
St
o
CE
2
5 },
Y
y C. .
LIC. FERNANDO BERROCAL SOTO
ro
1`INISTRO DE GOBERNACION, POLICÍA
x
R
t
j