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IniciarMi WebLinkAcerca deAcuerdo Ejecutivo No.023-2007 SERVICIO NACIONAL E INTERNACIONAL DE TRANSPORTE TURISTICO6M ry ACUER.DO E,IECUTIVO N0.023-2007 MGP EL PRESIDENTE DE LA REPIJBLICA Y EL MINISTRO DE GOBERNACION Y POLICíA 1! ¡ 'S Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte c), 140 inciso 20) Ni 146 de la Constitución Política, el Convenio Internacional de Comunicaciones, ratificado mediante Ley= No. 8100 del 04 de abril del 2002, los artículos 1 y, 6 de la Ley de Radio No. 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas, los artículos 2, 3, 5, 9; 11, 19 y> 30 del Reglamento de Radiocomunicaciones; Decreto Ejecutivo Ido. 31608 -G del ?4 de junio del 2004 y sus reformas, Ni el artículo 2 del Reglamento al Plan Nacional de atribución de Frecuencias Decreto Ejecutivo No. 27554 -G de 06 de noviembre de 1998 Ni sus reformas. CONSIDERANDO: 1.- Que el señor CARLOS LUIS CUBERO CRUZ, cédula de identidad número 2- 387 -365. Presidente con facultades de apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad denominada SERA u0 (NACIONAL E INTERNACIONAL DI.. TRANSPORTE TURÍSTICO COSTA RICA S.A., ha presentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue a su representada concesión de derecho de uso de la frecuencia CD 2-554.1750 Mvlz, para ser utilizwda en el servicio de radiocomunicación en iMu_y alta Frecuencia (VHF), entre su r base ubicada en la provincia de Alajuela Ni sus unidades móviles. 2.- Que la frecuencia solicitada se encuentra según lo establecido en el Reglamento al Plan Nacional de atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo Vio. 27554 -G del 06 de novrecobre de 1998 N, sus reformas. 3.- Que según certificación del Notario Público, ¡Marconi Salas Jiménez, el señor CARLOS LUIS CUBERO CRUZ; mayor, casado, comerciante, vecino de Sabanilla de Valverde Vega, cédula de identidad número 2- 387 -365), es Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad denominada Sr•_RV1C1O N,XCIOi':XL E INTERNACIONAL DE TRANSPORTE TURÍSTICO COSTA RICA S.A., cédula luridica número 3 -101 - 362821. 4.- Que el Departamento de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al expediente de la sociedad denominada SERVICIO NACIONAL E INTERNACIONAL DE TR.,xiNsPORTE TURÍSTICO COSTA RICA S.A., encontrándolo ajustado a derecho; por lo que ha dado su parecer favorable para que dicha concesión de derecho de uso ele la frecuencia solicitada sea otorgada por un período de 5 años (cinco años). F1 1 POIz TANTO; ACUERDAN: 0 7 7 Otorgar a la sociedad SERVICIO NACIONAL E INTERNACIONAL DE TRANSPORTE Tu1tíSi•ICO COSTA RICA S.A.; concesión de derecho de uso de la frecuencia CD 254.1750 M.Hz, para ser utilizada en el servicio de radiocomunicación en MuY Alta Frecuencia (VHF), según las siguientes características: INDICATIVO ZONA POTENCIA CLASE DE DE ACCION IáXIiN•IA SERVICIO TE-DZ'\` VALLE 25 \VATTS COMERCIAL CENTRAL PRIVADO PLAZO DE LA CONCESIó :N: CINCO ANOS (S AÑOS). Pudiendo ser renovada por un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la Lev de Radio N.- su Reglamento. Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte observa¡- la le!islación vióente o la que en el futuro se- dicte; acatando las indicaciones dula Oficina de Control Nacional de Radio. Dado en la Presidencia de la República el día veintiséis de abril del año dos mil siete. r D` Ap \` Q GSC,ek t:2RIAS .> 4CE 7_ . COS` F St o CE 2 5 }, Y y C. . LIC. FERNANDO BERROCAL SOTO ro 1`INISTRO DE GOBERNACION, POLICÍA x R t j