IniciarMi WebLinkAcerca deAcuerdo Ejecutivo No. 368-98 MSP Esquivel Lobo EleazarMINISTERIO DE GOBERNACION Y POLICIA
CONTROL NACIONAL DE RADIO
No 368-9$ 2VEP
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y LA
MINISTRA DE GOBERNACION Y POLICIA
Con fundamento en la Ley de Radio No_ 1758 del 19 de junio
de 1954 y sus reformas y el Reglamento No_ 63 del 11 de
diciembre de 1956 y sus reformas y
Considerando:
1 -E1 señor ELFARAR ESQUIVEL LOBO, cédula número 2- 345 -792; ha
presentado formal solicitud tendiente a que se le autorice un
sistema de radiocomunicación en MUY ALTA FRECUENCIA, entre sus
bases ubicadas en San Carlos - Alajuela y sus Unidades Móviles-
2.-Que la oficina de Control Nacional de Radio hizo el análisis
correspondiente al expediente del señor Eleazar Esquivel Lobo;
encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer
favorable para que dicho sistema sea autorizado.
POR TANTO:
ACUERDAN
Autorizar la frecuencia: CD 32.48 MHz; al señor ELEAZAR ESQUIVEL
LOBO; con las siguientes características:
INDICATIVO ZONA DE ACCION POTENCIA MAXIMA CLASE DE SERVICIO
TE -DBB SAN CARLOS 25 WATTS COMERCIAL- PRIVADO
La asignación de ésta frecuencia se limitará únicamente a la
zona de cobertura señalada y se le previene que la misma se
otorgará en forma compartida en aquellas zonas donde no se cause
interferencia_
Queda entendido el concesionario de ésta frecuencia que es
obligación de su parte observar la Legislación Vigente o la que
en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina
de Control Nacional de Radio_
Dado en la Presidencia de la República el día 12 de marzo de mil
novecientos noventa y ocho_
JOSE MARIA FIGt7FJ2ES OLSEN
PRESIDENTE Laic,:, a: tda',
Uriá:nzs ( Lic lr:. , 4 ^
Fir_=uv a.cr.:'
LAURA CHINCHIL M
MINISTkA' r,,-
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