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IniciarMi WebLinkAcerca deAcuerdo Ejecutivo No. 368-98 MSP Esquivel Lobo EleazarMINISTERIO DE GOBERNACION Y POLICIA CONTROL NACIONAL DE RADIO No 368-9$ 2VEP EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y LA MINISTRA DE GOBERNACION Y POLICIA Con fundamento en la Ley de Radio No_ 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas y el Reglamento No_ 63 del 11 de diciembre de 1956 y sus reformas y Considerando: 1 -E1 señor ELFARAR ESQUIVEL LOBO, cédula número 2- 345 -792; ha presentado formal solicitud tendiente a que se le autorice un sistema de radiocomunicación en MUY ALTA FRECUENCIA, entre sus bases ubicadas en San Carlos - Alajuela y sus Unidades Móviles- 2.-Que la oficina de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al expediente del señor Eleazar Esquivel Lobo; encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para que dicho sistema sea autorizado. POR TANTO: ACUERDAN Autorizar la frecuencia: CD 32.48 MHz; al señor ELEAZAR ESQUIVEL LOBO; con las siguientes características: INDICATIVO ZONA DE ACCION POTENCIA MAXIMA CLASE DE SERVICIO TE -DBB SAN CARLOS 25 WATTS COMERCIAL- PRIVADO La asignación de ésta frecuencia se limitará únicamente a la zona de cobertura señalada y se le previene que la misma se otorgará en forma compartida en aquellas zonas donde no se cause interferencia_ Queda entendido el concesionario de ésta frecuencia que es obligación de su parte observar la Legislación Vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio_ Dado en la Presidencia de la República el día 12 de marzo de mil novecientos noventa y ocho_ JOSE MARIA FIGt7FJ2ES OLSEN PRESIDENTE Laic,:, a: tda', Uriá:nzs ( Lic lr:. , 4 ^ Fir_=uv a.cr.:' LAURA CHINCHIL M MINISTkA' r,,- V