IniciarMi WebLinkAcerca deAcuerdo Ejecutivo No.074-2006-MGPt
AcuE-RDO En-MivO' i r
No. 074-2006 MGP
Fi. PRE 'ME-P<TE DE-L-4 REPúBLICA Y EL
N4U«STRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte
c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, el Convenio Internacional de
Telecomunicaciones, ratificado mediante Ley No. 810«del 04 de abril del 2002; los
artículos 1 y 6 de la Ley de Radio No. 1758'del 19 de junio de 1954 y sus reformas, los
artículos 2, 3, 5, 9, 11, 19 y 30, del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto
Ejecutivo No. 31608-G'del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y el artículo 2 del
Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No.
27554'-'G del 06 de noviembre de 1998 sus reformas.5 G y
CONSIDERANDO:
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1.- Que el señor LEONEL CASTRO EsQuivEL, cédula de identidad número 2-305-526,
en su condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad
TRANSPORTE INDUSTRIAL AGRÍCOLA SOLANO S.A., cédula jurídica 3-101-047100 ha
presentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue concesión de derecho de uso
de las frecuencias TX 276.900 MHz y RX 271.900 MHz., como enlace, pata un servicio
de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), entre su base ubicada en el
cantón de Grecia, en la provincia de Alajuela, sus unidades móviles y portátiles.
2.- Que 1k freclie.n.ela Se enc entrmn ' lo establecido en el Reglamento al
Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto No. 27554-G del 06 de noviembre
de 1998 y sus reformas.
3.- Que según certificación del Notario Público, ALFONSO GERARDo BoLARos
ALPIz u, el señor LFoNEL CASTRO ESQUIVEL, mayor, casado una vez, contador,
cédula de identidad número 2-305-526, es presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma de la sociedad TRANSPORTE INDUSTRIAL AGRÍCOLA
SOLANO, S.A., con cédula jurídica número 3-101-047100.
4.- (rae según la Oficina de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondienteQue
al expediente de la sociedad TRANSPORTE INDUSTRIAL AGRÍCOLA SOLANO S.A.,- +
encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para¡que , 1
dicha concesión de derecho de uso de las frecuencia solicitada sean otorgada por un
período de 5 años (cnvco Anos). f'
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POR TANTO 1 €:
ACUERDAN:
Otorgar a la sociedad TRANSPORTE INDUSTRIAL AGRÍCOLA SOLANO S.A., concesión
de derecho de uso de las frecuencias EX 276.900 MHz y RX 271.900 MHz., para un
servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), según las siguientes
características:
INDICATIVO ZONA POTENCIA CLASE DE REPETIDORAS
DE ACCIÓN MÁXLINIA SERVICIO
lo TE-BGX TODO EL 25 WATTs COMERCIAL VOLCÁN
PAÍS POAS
rtuv v
PLAZO DE LA CONCESIÓN: CINCO AÑOS (5 AÑOS). Pudiendo ser renovada por un
período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en
la Ley de Radio y su Reglamento.
Qúda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte
observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando 101 indicaciones
de la Oficina de Control Nacional de Radio. í1,71- . _. 1 , ü 1 1
Dado en la Presidencia de la Republzca el día dlecasiete de 1máyo'"dél-áño `dos m11
seis.
m 1 P• 5129
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LIC - RN. NDO BERRO O
MVIIlYISTRO DE GOBERNACIÓN,
Y SEGURIDAD PÚBLICA