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IniciarMi WebLinkAcerca deAcuerdo Ejecutivo No.074-2006-MGPt AcuE-RDO En-MivO' i r No. 074-2006 MGP Fi. PRE 'ME-P<TE DE-L-4 REPúBLICA Y EL N4U«STRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, el Convenio Internacional de Telecomunicaciones, ratificado mediante Ley No. 810«del 04 de abril del 2002; los artículos 1 y 6 de la Ley de Radio No. 1758'del 19 de junio de 1954 y sus reformas, los artículos 2, 3, 5, 9, 11, 19 y 30, del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 31608-G'del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y el artículo 2 del Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No. 27554'-'G del 06 de noviembre de 1998 sus reformas.5 G y CONSIDERANDO: i 1.- Que el señor LEONEL CASTRO EsQuivEL, cédula de identidad número 2-305-526, en su condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad TRANSPORTE INDUSTRIAL AGRÍCOLA SOLANO S.A., cédula jurídica 3-101-047100 ha presentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue concesión de derecho de uso de las frecuencias TX 276.900 MHz y RX 271.900 MHz., como enlace, pata un servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), entre su base ubicada en el cantón de Grecia, en la provincia de Alajuela, sus unidades móviles y portátiles. 2.- Que 1k freclie.n.ela Se enc entrmn ' lo establecido en el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto No. 27554-G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. 3.- Que según certificación del Notario Público, ALFONSO GERARDo BoLARos ALPIz u, el señor LFoNEL CASTRO ESQUIVEL, mayor, casado una vez, contador, cédula de identidad número 2-305-526, es presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad TRANSPORTE INDUSTRIAL AGRÍCOLA SOLANO, S.A., con cédula jurídica número 3-101-047100. 4.- (rae según la Oficina de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondienteQue al expediente de la sociedad TRANSPORTE INDUSTRIAL AGRÍCOLA SOLANO S.A.,- + encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para¡que , 1 dicha concesión de derecho de uso de las frecuencia solicitada sean otorgada por un período de 5 años (cnvco Anos). f' i, A X ar t 1 POR TANTO 1 €: ACUERDAN: Otorgar a la sociedad TRANSPORTE INDUSTRIAL AGRÍCOLA SOLANO S.A., concesión de derecho de uso de las frecuencias EX 276.900 MHz y RX 271.900 MHz., para un servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), según las siguientes características: INDICATIVO ZONA POTENCIA CLASE DE REPETIDORAS DE ACCIÓN MÁXLINIA SERVICIO lo TE-BGX TODO EL 25 WATTs COMERCIAL VOLCÁN PAÍS POAS rtuv v PLAZO DE LA CONCESIÓN: CINCO AÑOS (5 AÑOS). Pudiendo ser renovada por un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la Ley de Radio y su Reglamento. Qúda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando 101 indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio. í1,71- . _. 1 , ü 1 1 Dado en la Presidencia de la Republzca el día dlecasiete de 1máyo'"dél-áño `dos m11 seis. m 1 P• 5129 OS( AN D OSÉ CQS Q LIC - RN. NDO BERRO O MVIIlYISTRO DE GOBERNACIÓN, Y SEGURIDAD PÚBLICA