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IniciarMi WebLinkAcerca de3-101-490805 S.A. Acuerdo Ejecutivo No.421-MGP-2008Q8A60 a O AcuERDO EJEceTi g o c› A No. 421 MG 1' f J EL PRESIDENTE I)E LA REPÚBLICA Y La MINISTRA DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) O 4 7 aparte c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, el Convenio de la Unión Internacional de Telecomunicaciones ratificado mediante Ley No. 8 100 del 04 de abril del 2002, los artículos 1 y 6 de la Ley= de Radio No. 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas; los artículos 2, 3, 5, 9, 11 , 19 y 30 del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 31608-G del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y el artículo 2 del Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto Ejecutivo No. 27554-G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. CONSIDERANDO: UNO.- Que el señor EDGAR LEONARDO MADRIGAL CASCANTE, cédula de identidad número I -716-131, es Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la empresa "3-101-490805, S.A., ha presentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue a su representada concesión de derecho de uso de las frecuencias TX 447.7375 MHz, 12X 442.7375 MHz, para ser utilizada en un servicio de radiocomunicación en Ultra Alta Frecuencia (UHF), entre su base ubicada en la provincia de San José y unidades móviles. DOS.- Que las frecuencias solicitadas se encuentran según lo establecido en el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No. 27554-G del 06 de. noviembre de. 199$ y sus reformas. TRES.- Que según certificación del Notario Público, !Marlon Sánchez Cortés, el señor EDGAR LEONARDO MADRIGAL CASCANTI , mayor, casado una vez, contador, vecino de Sabana Sur, cédula de identidad número 1-716-131 , es Apoderado Generalísimo sin limite de suma de la empresa"3-101-490805, S.A., cédula jurídica número 3-101 -490805. CUATRO.- Que el Departamento de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al expediente de la empresa "3-101-490805, S.A., encontrándolo ajustado a derecho; por lo que ha dado su parecer favorable( oficio N° 934-08 CNR del 19 de junio de 2008) para que dicha concesión de derecho de uso de las frecuencias solicitadas, sean otorgadas por un período de 5 años (CINCO ANOS). Por- Tanto: ACUERDAN: ARTÍCULO 1 : OTORGAR a la empresa "3-101-490805, S.A., concesión de derecho de uso de las frecuencias TX 447.7375 MHz, RX 442.7375 MHz, para ser j sutilizadaenelservicioderadiocomunicaciónenUltraAltaFrecuencia (UHF), según las siguientes características: INDICATIVO ZONA POTENCIA CLASE DE UBICACIÓN DE LA DE ACCIÓN MÁXIMA SERVICIO REPETIDORA TE-EFN VALLE CENTRAL 25 WATTS COMERCIAL CERRO GURDIAN PRIVADO CARTAGO ARTÍCULO 2: PLAZO DE LA CONCESIÓN: CINCO AÑOS (5 AÑOS). Pudiendo ser renovada por un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la Ley de Radio y su Reglamento. Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su paste observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio. Artículo 3: Rige a partir de su notificación. Dado en la Presidencia de la República el día dos de junio del año dos mil ocho. ZE DE (q 9 Q rf, t s 2 6C2Ar.-AWIA4a yp xoo BFSF. COS P G.. . iy IANINA DEL VECCHIO UGAL o`r ,,1-_:.!W-2 MINISTRA DE GOBERNACIÓN, P IC i °óYSEGURIDADPÚBLICA1112.1f1 CR Ioao V c6 131 4.4 afeay