IniciarMi WebLinkAcerca de02672-SUTEL-SCS-2021 - Resolución del ConsejoSUPERINTENDENCIA DE
. sute¡ TELECOMUNICACIONES
2672-SUTEL-SCS-2021
El suscrito, Secretario del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, en ejercicio de
las competencias que le atribuye el inciso b) del artículo 50 de la Ley General de la Administración
Pública, ley 6227, y el artículo 35 del Reglamento interno de organización y funciones de la Autoridad
Reguladora de los Servicios Públicos y su órgano desconcentrado, me permito comunicarle(s) que
en sesión ordinaria 023-2021 celebrada el 25 de marzo del 2021, mediante acuerdo 030-023-2021,
de las 11:45 horas, el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones aprobó por
unanimidad, la siguiente resolución
RCS -069-2021
"ASIGNACION DE RECURSO NUMÉRICO NACIONAL PARA SERVICIOS DE IDENTIFICACIÓN
MÓVIL MARÍTIMA (MMSI), A ANDRÉS ROBERTO BRENES ARIAS
CÉDULA DE IDENTIDAD 1-0894-0984"
EXPEDIENTE B0185-ERC-DTO-ER-00724-2018
RESULTANDO
1. Que mediante el oficio 9330-SUTEL-SCS-2016 de fecha 12 de diciembre de 2016, el Consejo
de la SUTEL, validó el oficio 9042-SUTEL-DGC-2016 de fecha de 01 de diciembre de 2016, el
cual fue aprobado de manera unánime mediante el acuerdo W010-072-2016, adoptado en la
sesión ordinaria N°072-2016, celebrada en fecha 07 de diciembre de 2016, denominado "Sobre
la atención de solicitudes de permisos para uso de bandas especiales de los servicios móvil
marítimo y de radionavegación marítima", en donde se señalan las condiciones generales para
la atención de las solicitudes de permisos para uso de bandas especiales de los servicios móvil
marítimo y de radionavegación marítima.
2. Que mediante oficio MICITT-DCNT-DNPT-01F-145-2018, recibido por la Superintendencia de
Telecomunicaciones el 19 de abril del 2018, el Ministerio de Ciencia, Tecnología y
Telecomunicaciones, remite a solicitud del señor Andrés Roberto Brenes Arias, portador de la
cédula No 1-0894-0984, el uso de frecuencias en bandas del servicio móvil marítimo en equipos
instalados en embarcaciones y solicitud de identificador MMSI en la embarcación denominada
MAD MARLIN II, matrícula PQ -009348.
3. Que la Dirección General de Calidad mediante oficio 06689-SUTEL-DGC-2018 (recibido el 14
de agosto del 2018), hace traslado a la Dirección General de Mercados para atender la solicitud
del número de identificación del servicio móvil marítimo (MMSI) por parte del señor Andrés
Roberto Brenes Arias.
4. Que mediante oficio 08213-SUTEL-DGM-2018 de fecha del 04 de octubre de 2018, la Dirección
General de Mercados, le da la admisibilidad a la solicitud de recurso numérico para la
identificación del servicio móvil marítimo (MMSI), en el cual se le indica al Jefe de la Unidad
Administrativa de Espectro, de la Dirección General de Calidad, al señor Esteban González
Guillén, que proceda hacer las gestiones con el MICITT, con el fin de que sea emitido el Acuerdo
Ejecutivo para otorgar el uso de frecuencias en bandas del servicio móvil marítimo a favor del
señor Brenes Arias.
5. Que mediante oficio 09434-SUTEL-SCS-2018 de fecha 13 de noviembre de 2018, la SUTEL
avaló el oficio 8754-SUTEL-DGC-2018 de fecha 22 de octubre de 2018, aprobado mediante
acuerdo N°016-071-2018, adoptado en la sesión ordinaria N0071-2018, celebrado en fecha 02
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de noviembre de 2018, donde se le otorga el permiso para uso de bandas de los servicios móvil
marítimo y de radionavegación marítima en los equipos de radiocomunicación instalados en la
embarcación denominada "MAD MARLIN II", matricula N! PQ -009348 por el señor Andrés
Roberto Brenes Arias.
6. Que en fecha del 29 de enero del 2021, se avala el Acuerdo Ejecutivo N°017-2021-TEL-MICITT,
en donde el presidente de la República y la Ministra de Ciencia, Tecnología y
Telecomunicaciones, acogen la solicitud de otorgar al señor Andrés Roberto Brenes Arias,
número de cédula 1-0894-0984, el uso de frecuencias en los equipos instalados en la
embarcación de nombre MAD MARLIN II, con matrícula PQ -009348, que operan en los rangos
de frecuencias de 156 MHz a 156,7625 MHz, de 156,025 MHz a 157,450 MHz a 156,8375 MHz
( destinados al servicio móvil marítimo y de radionavegación marítima), según las notas CR 036,
CR 037, CR 038 y CR 039 del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias y de conformidad
con las características técnicas que le detalla en el Acuerdo Ejecutivo citado.
7. Que mediante el oficio 02425-SUTEL-DGM-2021 del 19 de marzo de 2021, la Dirección General
de Mercados rindió un informe mediante el cual acredita que en estos trámites, del señor Andrés
Roberto Brenes Arias, portador de la cédula de identidad 1-0894-0984 ha cumplido con los
requisitos exigidos tanto en el Plan Nacional de Numeración como también de forma análoga,
en el procedimiento de asignación de recurso numérico regulado por la Sute¡ en las resoluciones
RCS -590-2009, RCS -131-2010, RCS -412-2010 y RCS -239-2013; y emite su recomendación
acerca de la solicitud presentada por el ICE.
8. Que se han realizado las diligencias útiles y necesarias para el dictado de la presente resolución.
CONSIDERANDO:
I. Que conforme al artículo 60 inciso g) de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios
Públicos, Ley 7593, le corresponde a la Sute¡ controlar y comprobar el uso eficiente de los
recursos de numeración.
II. Que el artículo 73 inciso j) de la Ley 7593 establece que el Consejo de la Superintendencia de
Telecomunicaciones debe de velar porque los recursos escasos se administren de manera
eficiente, oportuna, transparente y no discriminatoria, de manera tal que tengan acceso a estos
recursos todos los operadores y proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones.
III. Que de conformidad con los artículos 3 y 20 del Decreto Ejecutivo 40943-MICITT, Plan Nacional
de Numeración corresponde a la Sute¡ la administración del Plan Nacional de Numeración y su
cumplimiento, así como mantener un registro actualizado referente a la asignación del recurso
numérico.
IV. Que mediante resolución número RCS -590-2009 de las 15:00 horas del 30 de noviembre del
2009, publicada en el Diario Oficial La Gaceta número 9 el día 14 de enero del 2010, modificada
y complementada mediante las resoluciones RCS -131-2010, RCS -412-2010 y RCS -239-2013, el
Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones dictó el procedimiento de solicitud de
numeración, establecimiento de números especiales, códigos de preselección y el registro de
numeración vigente.
V. Que, para efectos de resolver el presente asunto, se tiene que el informe rendido por la Dirección
General de Mercados mediante oficio 02425-SUTEL-DGM-2021, indica que, en la solicitud del
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señor Andrés Roberto Brenes Arias, portador de la cédula de identidad 1-0894-0984, ha cumplido
con los requisitos exigidos tanto en el Plan Nacional de Numeración, como también de forma
análoga, en el procedimiento de asignación de recurso numérico regulado por la Sute¡ en las
resoluciones RCS -590-2009, RCS -131-2010, RCS -412-2010 y RCS -239-2013. El citado informe,
que es acogido en su totalidad por este Consejo como parte de la motivación del presente acto
administrativo, indica en lo que interesa, lo siguiente:
Y ... )
IV. Análisis de la solicitud:
A continuación, se presenta un resumen del análisis hecho a la solicitud presentada por el señor Andrés
Roberto Brenes Arias propietario de la embarcación MAD MARLIN ll, en razón a lo señalado en el Plan
Nacional de Numeración y ante la normativa dispuesta por la Unión Internacional de las
Telecomunicaciones.
1) Observaciones generales:
A la SUTEL le corresponde administrar el Plan Nacional de Numeración y su cumplimiento por parte de
los operadores, manteniendo —para cumplir con dicho propósito- un registro actualizado referente a la
asignación del recurso numérico que estará a disposición de los interesados para su consulta, conforme
lo dispuesto en el artículo 80, inciso d), de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos
No. 7593. (Véase el artículo 22 ibídem).
Asimismo, según lo que dispone el artículo 60, incisos f) y g), de la Ley 7593, la Superintendencia de
Telecomunicaciones debe asegurar el acceso al recurso numérico en forma obietiva, proporcional,
oportuna, transparente, eficientey no discriminatoria, así como la inspección e identificación del uso de
éste, conforme a lo que dispone el Plan Nacional de Numeración (véase el artículo 22 ibídem).
Con ese mismo objetivo, la Superintendencia puede llevar a cabo actividades de supervisión respecto
a la utilización de los recursos numéricos asignados a los proveedores de telecomunicaciones, para
procurar la erradicación de cualquier retención de códigos sin uso realmente planificado o requerido,
según lo que dispone el artículo 22 del Plan Nacional de Numeración. En esa misma línea, el órgano
regulador puede requerir a los proveedores reportes de utilización de todos los códigos asignados
semestralmente.
Todas estas y otras medidas contempladas en la normativa aplicable, pretenden generar una
administración eficiente de uno de los recursos escasos de mayor importancia en materia de
telecomunicaciones, tanto para asegurar el acceso a las redes de telecomunicaciones como también
para garantizar la interoperabilidad entre éstas.
Así, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos que exige la resolución RCS -590-2009
modificada mediante las resoluciones RCS -131-2010, RCS -412-2010 y RCS -239-2013, procedemos al
análisis puntual de la solicitud de numeración presentada por este operador.
Asimismo, con base en las recomendaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, UIT-R
M.585-6 `Asignación y uso de identidades del servicio móvil marítimo" (MMSI), son identidades
estructuradas de las estaciones costeras de barco, que participan en las operaciones de búsqueda,
salvamento y demás comunicaciones de seguridad que competen a dispositivos de ayuda de
navegación en la identificación automática y de embarcaciones que pertenecen a un barco base, como
es el presente caso.
2) Sobre la solicitud de asignación de la identidad del Servicio Móvil Marítimo (MMSI).
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Una vez revisada la solicitud de la información, el solicitante indica que requieren la asignación de un
número para la asignación de identificación del servicio móvil marítimo (MMSI). Para dicho servicio, de
acuerdo a la resolución RCS -590-2009 se tiene a continuación la estructura:
L Para la asignación de identidades a estaciones de barco se utilizará la siguiente estructura:
M112D3P4M5M6M7M8M9
Donde:
MID: Corresponde a los dígitos de identificación marítima de país (321 para Costa Rica)
P: Provincia del 1 a 8 de la siguiente forma:
Dígito P
Provincia
1
San José
2
Ala'uela
3
Heredia
4
Cartago
5
Puntarenas
6
Guanacaste
7
Limón
0, 8 y 9
Reservados por la SUTEL
M: Dígitos decimales correspondientes a la matrícula de la embarcación. Para incluir estos
dígitos se eliminarán las letras de la matrícula y se incluirán los números decimales de tal
forma de que se completen con "0" a la izquierda en caso de que la numeración decimal
de la matrícula sea menor de 5 dígitos.
fi. Para la asignación de identidades a grupos de estaciones de barco, para llamar
simultáneamente a más de un barco, se utilizará la siguiente estructura:
01M213D4P5X6X7X8X9
Donde.-
MID:
onde.MID: Corresponde a los dígitos de identificación marítima de país (321 para Costa Rica)
P: Provincia del 1 a 8 de la siguiente forma:
Dígito P
Provincia
1
San José
2
Ala'uela
3
Heredia
4
Cartago
5
Puntarenas
6
Guanacaste
7
Limón
0, 8y9
Reservados por la SUTEL
X: Números del 0 al 9 asignados por la SUTEL
Según lo anterior, para el escenario planteado por el señor Brenes Arias, corresponde que esta
Superintendencia realice una asignación a la estación de barco principal y posteriormente asigne las
identidades para el grupo de estaciones de barco asociado, en caso de que corresponda.
De tal manera, en cumplimiento con lo señalado en la resolución RCS -590-2009 y atendiendo las
disposiciones de la recomendación U1T-R M.585-6, se debe seguir el procedimiento detallado a
continuación asignar la numeración MMSI para la embarcación principal y las embarcaciones asociadas
en caso de que corresponda.
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Para la estación de barco principal se tiene que estos deben seguir la serie M112D3P4M5M6M7M8M9,
donde las cifras M112D3 (código de asignación marítima) para este caso corresponden a 321 y la cifra
P4 (provincia) corresponde a 5 según la base de operación indicada por la empresa.
De este modo el número MMSI asignado sería de la forma 3215M5M6M7M8M9 donde las ultimas 5 cifras
se reservan para cada estación principal que requiere identificarse bajo la numeración MMSI.
De esta forma, para la embarcación principal de la embarcación MAD MARLIN ll., matrícula PQ -009348,
se tiene lo siguiente:
Tabla 2. Tabla resumen para asignación MMSI de la estación principal.
Persona física o jurídica
ANDRÉS ROBERTO BRENES ARIAS
Nombre de la embarcación
MAD MARLIN 11
Base de operación
Puntarenas
Matrícula
PQ -009348
Uso
Comercial -investigación
Equipo
B&G, Modelo de los equipos V50, Raymarine,
Modelo: Ra 55 Y TRAM, Modelo antena 1620 -HC
MMSI
321509348
De esta forma quedan gestionar el número MMSI solicitado por Andrés Roberto Brenes Arias., esto en
concordancia con las disposiciones del Plan Nacional de Numeración y las recomendaciones de la
Unión Internacional de las Telecomunicaciones.
Asimismo, la inscripción de la numeración MMSI consignada con la embarcación MAD MARLIN 11,
matrícula PQ -009348, propiedad del señor Andrés Roberto Brenes Arias, cédula de identidad 1-0894-
0984 debe incorporarse en la base de datos marítima internacional que administra la UIT, para lo cual,
la entidad acreditada de realizar dicho trámite es el Ministerio de Ciencia, Tecnología y
Telecomunicaciones, a través del Viceministerio de Telecomunicaciones.
V. Recomendaciones
Según lo expuesto anteriormente y habiendo analizado la documentación aportada por el señor Andrés
Roberto Brenes Arias, cédula de identidad 1-0894-0984 propietario de la embarcación MAD MARLIN 11,
matrícula PQ -009348, esta Dirección General de Mercados, en atención al marco jurídico vigente,
recomienda que se inscriba la numeración MMSI asignada en el Registro Nacional de
Telecomunicaciones de la siguiente manera:
Persona física o jurídica
ANDRÉS ROBERTO BRENES ARIAS
Nombre de la embarcación
MAD MARLIN 11
Base deoperación
Puntarenas
Matrícula
PQ -009348
Uso
Comercial -investigación
Equipo
B&G, Modelo de los equipos V50, Raymarine,
Modelo: Ra 55 Y TRAM, Modelo antena 1620 -HC
MMSI 1
321509348
VI. Que la Sute¡ debe satisfacer las necesidades actuales y potenciales de nuevos operadores de
servicios de telecomunicaciones, asegurando la máxima disponibilidad del recurso numérico, para
lo cual debe de garantizar la equidad y la transparencia de los procedimientos de asignación de
numeración y ampliación de la numeración asignada previamente, tanto para redes de telefonía
básica tradicional, telefonía móvil y telefonía por voz P.
VII. Que de conformidad con los resultandos y considerandos que preceden, de acuerdo con el mérito
de los autos, lo procedente es asignar el recurso de numeración al señor Andrés Roberto Brenes
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Arias propietario de la embarcación MAD MARLIN II acogiendo al efecto la recomendación
efectuada por la Dirección General de Mercados de esta Sute¡.
POR TANTO
EL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
RESUELVE:
Asignar al señor Andrés Roberto Brenes Arias, portador de la cédula No 1-0894-0984,
propietario de a embarcación denominada MAD MARLIN II, matrícula PQ -009348, la siguiente
numeración:
Persona física o jurídica
ANDRÉS ROBERTO BRENES ARIAS
Nombre de la embarcación
MAD MARLIN II
Base de operación
Puntarenas
Matrícula
PQ -009348
Uso
Comercial-Investi ación
Equipo
B&G, Modelo de los equipos V50, Raymarine,
Modelo: Ra 55 Y TRAM, Modelo antena 1620 -HC
MMSI
321509348
2. Notificar esta resolución Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones,
Viceministerio de Telecomunicaciones, por medio del correo electrónico
notificaciones.telecom@m¡cit.go. cr y al FAX 22111280, quién es la autoridad acreditada ante
la UIT para las actualizaciones de la base de datos marítima internacional
3. Inscribir la presente asignación de recurso numérico a favor del señor Andres Roberto Brenes
Arias, portador de la cédula de identidad 1-0894-0984, en el Registro Nacional de
Telecomunicaciones, en el plazo de 15 días naturales, según lo establecido en el artículo 11 del
Reglamento del Registro Nacional de Telecomunicaciones, y quedar disponible en la página
electrónica de la Sute¡, según artículo 150 del Reglamento a la Ley General de
Telecomunicaciones y punto XVI de la resolución No RCS -590-2010.
En cumplimiento de lo que ordenan los artículos 345 y 346 de la Ley General de la Administración
Pública, se indica que contra esta resolución cabe el recurso ordinario de revocatoria o reposición
ante el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, a quien corresponde resolverlo, y
deberá interponerse en el plazo de 3 días hábiles, contadas a partir del día siguiente a la notificación
de la presente resolución.
ACUERDO FIRME. NOTIFIQUESE
INSCRIBASE EN EL REGISTRO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES.
La anterior transcripción se realiza a efectos de comunicar el acuerdo citado adoptado por el Consejo
de la Superintendencia de Telecomunicaciones.
CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
TEL.: +506 4000-0000
FAX: +506 2215-6821
LUIS ALBERTO Firmado digitalmente por LUIS
CASCANTE ALBERTO CASCANTE ALVARADO
(FIRMA)
ALVARADO (FIRMA) Fecha: 2021.05.1110:44:09-06'00'
Luis Alberto Cascante Alvarado
Secretario del Consejo
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CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN
RCS -069-2021
"ASIGNACION DE RECURSO NUMÉRICO NACIONAL PARA SERVICIOS DE IDENTIFICACIÓN
MÓVIL MARÍTIMA (MMSI), A ANDRÉS ROBERTO BRENES ARIAS
CÉDULA DE IDENTIDAD 1-0894-0984"
EXPEDIENTE B0185-ERC-DTO-ER-00724-2018
Se notifica la presente resolución a:
Andrés Roberto Brenes Arias, a través del correo electrónico andres@monitoreo.org /
andres@costaricaline.com
Registro Nacional de Telecomunicaciones a través del correo electrónico
inscripcionesdelconseiosutel(aDsutel.go.cr
Al área de Acceso al Mercado de la DGM a través del correo electrónico
accesoalmercado(cDsutel.go.cr
NOTIFICA:
TEL.: +506 4000-0000 Apartado 151-1200
FAX: +506 2215-6821 San José - Costa Rica
800-88-SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr
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FIRMA:
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Sara Altamirano
De:
Enviado el:
Pa ra:
Asunto:
Datos adjuntos:
Su
4�w�eamee,l
Alba Rodriguez
jueves, 13 de mayo de 2021 15:23
Sara Altamirano
RV: FAVOR SUSTITUIR: Comunicado RCS -069-2021
RCS -069-2021 Asignación numeración MMSI ANDRES ROBERTO BRENES.pdf
Alba Rodriguez
Jefa Gestión Docui
T.4000-0087
Boo-88-SUTEL
800 - 88 - 78835
De: Notificaciones <notificaciones@sutel.go.cr>
Enviado el: jueves, 13 de mayo de 202115:05
Para: andres@monitoreo.org; andres@costaricaline.com
CC: Inscripciones del Consejo Sute¡<InscripcionesdelConseioSutel@sutel.go.cr>; Acceso al Mercado
<accesoalmercado@sutel.Ro.cr>; Notificaciones Telecom <notificaciones.telecom@micit.go.cr>
Asunto: FAVOR SUSTITUIR: Comunicado RCS -069-2021
Buenas tarde, por un error material solicitamos sustituir la RCS adjunta.
Arlyn Alvarado 5
SI Secretaría del Con -
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ow K,es 800-88-SUTEL
800 - 88 - 78835
De: Notificaciones
Enviado el: lunes, 5 de abril de 202109:32
Para: andres@monitoreo.org; andres@costarica¡ine.com
CC: Inscripciones del Consejo Sute¡<InscripcionesdelConseloSutel@sutel.go.cr>; accesoalmercado@sutel.go.cr;
Notificaciones Telecom <notificaciones.telecom@micit.Ro.cr>
Asunto: Comunicado RCS -069-2021
Adjunto notificación:
RCS -069-2021
"ASIGNACIÓN DE RECURSO NUMÉRICO NACIONAL PARA SERVICIOS DE IDENTIFICACIÓN MÓVIL MARÍTIMA (MMSI), A
ANDRÉS ROBERTO BRENES ARIAS CÉDULA DE IDENTIDAD 1-0894-0984"
EXP: 80185-ERC-DTO-E R-00724-2018
Artyn Alvarado f
I Secretaría del Con -
S te
T.4000-0010
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