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IniciarMi WebLinkAcerca de08697-SUTEL-SCS-2019 - Resolución del Consejo45� *sutel 8697-SUTEL-SCS-2019 El suscrito, Secretario del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, en ejercicio de las competencias que le atribuye el inciso b) del artículo 50 de la Ley General de la Administración Pública, ley 6227, y el artículo 35 del Reglamento interno de organización y funciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y su órgano desconcentrado, me permito comunicarle(s) que en sesión ordinaria 058-2019 celebrada el 19 de setiembre del 2019, mediante acuerdo 035-058-2019, de las 17:10 horas, el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones aprobó por unanimidad, la siguiente resolución: RCS -249-2019 "RECUPERACIÓN DE RECURSO NUMÉRICO ASIGNADO AL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD" EXPEDIENTE 10053 -STT -NUM -OT -00136-2011 RESULTANDO Que mediante la resolución de asignación de recurso numérico RCS -164-2017 aprobada en la sesión ordinaria del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones N°045-2017 del 07 de junio del 2017, se asignaron entre otros, los siguientes números de cobro revertido internacional 0800 a favor del Instituto Costarricense de Electricidad (en adelante ICE): "(... ) 0800-044-0077 para el cliente comercial BT REINO UNIDO (... )" y resolución RCS -179-2019 aprobada en la sesión ordinaria del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones N°044-2019 del 11 de julio de 2019 se asignó, el siguiente número de cobro revertido internacional 0800 a favor del ICE "(...) 0800-052-1716 para el cliente comercial TELMEX MÉXICO (... )". Que mediante el oficio 262-824-2019 (NI -10881-2019), el ICE presentó la solicitud de retorno de numeración de cobro revertido internacional, numeración 0800, esto dado que los usuarios de los números no seguirán haciendo uso de la numeración asignada. Dicha numeración corresponde al siguiente detalle: 0800-044-0077 a favor del cliente comercial BT REINO UNIDO y 0800-052-1716 a favor del cliente comercial TELMEX MÉXICO. 2. Que mediante el oficio 08350-SUTEL-DGM-2019 del 12 de septiembre de 2019, la Dirección General de Mercados rindió un informe mediante el cual recomienda la recuperación del recurso numérico anteriormente asignado al ICE. 3. Que se han realizado las diligencias útiles y necesarias para el dictado de la presente resolución. CONSIDERANDO: I. Que conforme al artículo 60 inciso g) de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, Ley 7593, le corresponde a la Sute¡ controlar y comprobar el uso eficiente de los recursos de numeración. H. Que el artículo 73 inciso j) de la Ley 7593 establece que el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones debe de velar porque los recursos escasos se administren de manera eficiente, oportuna, transparente y no discriminatoria, de manera tal que tengan acceso a estos recursos todos los operadores y proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones. III. Que de conformidad con los artículos 3 y 20 del Decreto Ejecutivo 40943-MICITT, Plan Nacional de Numeración corresponde a la Sute¡ la administración del Plan Nacional de Numeración y su cumplimiento, así como mantener un registro actualizado referente a la asignación del recurso numérico. IV. Que de conformidad con los artículos 3 y 20 del Decreto Ejecutivo 40943-MICITT, corresponde a la Sutel la administración del Plan Nacional de Numeración y su cumplimiento, así como mantener un registro actualizado referente a la asignación del recurso numérico. TEL.: +506 4000-0000 Apartado 151-1200 FAX: +506 2215-6821 San José - Costa Rica 800-88-SUTEL gestiondocumental @sute¡.go.cr 800-88-78835 Página 1 de 6 (.�14ú9 *sutel 8697-SUTEL-SCS-2019 V. Que, para efectos de resolver el presente asunto, se tiene que el informe rendido por la Dirección General de Mercados mediante oficio 08350-SUTEL-DGM-2019, indica que, en la solicitud, el recurso numérico no se encuentra en uso y solicita que la Sute¡ proceda con el trámite de retorno de numeración. El citado informe, que es acogido en su totalidad por este Consejo como parte de la motivación del presente acto administrativo, indica en lo que interesa, lo siguiente: 11. Análisis de la recuperación de numeración: 1. Que el artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública (Ley 6227) indica lo siguiente: Y ... ) 1. La Administración Pública actuará sometida al ordenamiento jurídico y sólo podrá realizar aquellos actos o prestar aquellos servicios públicos que autorice dicho ordenamiento, según la escala jerárquica de sus fuentes. 2. Se considerará autorizado el acto regulado expresamente por norma escrita, al menos en cuanto a motivo o contenido, aunque sea en forma imprecisa. 2. Que el artículo 225 inciso 1, de la Ley 6227 en relación con la gestión de uso de numeración administrada por esta Superintendencia, indica: Y ... ) 1. El órgano deberá conducir el procedimiento con la intención de lograr un máximo de celeridad y eficiencia, dentro del respeto al ordenamiento y a los derechos e intereses del administrado. 3. Que el artículo 60 inciso g) de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, Ley 7593, establece que le corresponde a la Superintendencia de Telecomunicaciones (en adelante Sutel) controlar y comprobar el uso eficiente de los recursos de numeración. Asimismo, el artículo 73 inciso j) de la Ley 7593 establece que el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones debe de velar porque los recursos escasos se administren de manera eficiente, oportuna, transparente y no discriminatoria, de manera tal que tengan acceso a estos recursos todos los operadores y proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones. 4. Que de conformidad con el artículo 6 inciso 18) de la Ley General de Telecomunicaciones (Ley 8642), se define el recurso numérico como un recurso escaso. 5. Que corresponde a la Sutel la supervisión del uso de los recursos numéricos asignados a los proveedores de telecomunicaciones, esto con el fin de monitorear y erradicar la retención de códigos sin uso planificado o requerido, basado en lo dispuesto en el artículo 21 del Plan Nacional de Numeración, Decreto Ejecutivo 40943- MICITT (PNN). En esta misma línea este órgano Regulador puede requerir reportes a los operadores o en su defecto realizar pruebas de monitoreo del uso de numeración a fin de detectar su correcta utilización. 6. Que se tiene la manifestación de la voluntad expresa del ICE, según consta en el oficio 264-824-2019 (NI - 10881 -2019) recibido el 03 de septiembre de/ 2019, de efectuar la devolución del recurso numérico citado en el apartado anterior, esto debido a que sus clientes no harán más uso de la numeración asignada. 7. Que de conformidad con el artículo 20 del PNN, la Sutel debe mantener un registro actualizado referente a la asignación del recurso numérico. 8. Que de conformidad con lo expuesto anteriormente, a la Sutel le corresponde como órgano, que por mandato legal debe velar por la buena administración del recurso de numeración y mantener un registro actualizado del mismo, recuperar el recurso numérico citado anteriormente, mismo que fue asignado al ICE, para que pueda ser asignado a otros operadores o proveedores de servicios de telecomunicaciones que en el futuro lo soliciten según sea requerido por sus clientes comerciales. lll. Conclusiones y Recomendaciones: • En vista de la información proporcionada por el ICE y la voluntad expresada por dicha entidad mediante el oficio 264-824-2019 (NI -10881-2019) recibido el 03 de septiembre del 2019, corresponde recuperar el siguiente recurso numérico que le fue asignado anteriormente mediante la resolución RCS -164-2017 aprobada en la sesión ordinaria TEL.: +506 4000-0000 Apartado 151-1200 FAX: +506 2215-6821 San José - Costa Rica 800-88-SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr 800-88-78835 Página 2 de 6 1.4c, *sutel � 8697-SUTEL-SCS-2019 del Consejo de la SUTEL 045-2017, acuerdo 013-074-2017 del 07 de junio del 2017 y RCS -179-2019 aprobada en la sesión ordinaria del Consejo de la SUTEL 044-2019, acuerdo 014-044-2019 del 11 de julio del 2019. . # Registro de Numeración Nombre del Cliente Solicitante Tipo de Servicio Resolución de Asignación Operador de servicios 0800-044-0077 B REINO UNIDO Cobro revertido internacional RCS -164-2017 ICE 0800-052-1716 TELMEX MÉXICO Cobro revertido internacional RCS -179-2019 ICE • Se recomienda actualizar el Registro de Numeración que se encuentra visible en la página electrónica de la Sutel y el RNT, para que se muestre como disponible el recurso numérico anteriormente mencionado y pueda ser asignado a otros operadores o proveedores de servicios de telecomunicaciones que en el futuro lo soliciten según sea requerido por sus clientes comerciales. VI. Que la Sute¡ debe satisfacer las necesidades actuales y potenciales de nuevos operadores de servicios de telecomunicaciones, asegurando la máxima disponibilidad del recurso numérico, para lo cual debe de garantizar la equidad y la transparencia de los procedimientos de asignación de numeración y ampliación de la numeración asignada previamente, tanto para redes de telefonía básica tradicional, telefonía móvil y telefonía por voz IP. VII. Que de conformidad con los resultandos y considerandos que preceden, de acuerdo al mérito de los autos, lo procedente es asignar el recurso de numeración al ICE, acogiendo al efecto la recomendación efectuada por la Dirección General de Mercados de esta Sute¡. POR TANTO EL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES RESUELVE: 1. Recuperar, el siguiente recurso numérico 0800, para servicios de cobro revertido internacional, el cual se asignó al Instituto Costarricense de Electricidad mediante la resolución RCS -164-2017 (aprobada en la sesión ordinaria del Consejo de la SUTEL 045-2017, acuerdo 013-074-2017 del 07 de junio del 2017) y RCS -179-2019 aprobada en la sesión ordinaria del Consejo de la SUTEL 044-2019, acuerdo 014-044-2019 del 11 de julio del 2019: # Registro de Nombre del Cliente Resolución de Tipo de Servicio Operador de Numeración Solicitante Asignación servicios 0800-044-0077 BT REINO UNIDO Cobro revertido internacional RCS -164-2017 ICE 0800-052-1716 TELMEX MÉXICO Cobro revertido internacional RCS -179-2019 ICE 2. Actualizar el Registro de Numeración para que el recurso numérico aquí recuperado, se muestre como disponible para ser asignado a otros operadores. Esta información debe ser actualizada en la página electrónica de la Sute¡ y en el Registro Nacional de Telecomunicaciones (RNT) en el plazo de 15 días naturales, según lo establecido en el artículo 11 del Reglamento del Registro Nacional de Telecomunicaciones, y quedar disponible en la página electrónica de la Sute¡, según artículo 150 del Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones y punto XVI de la resolución No RCS -590-2010. 3. Notificar esta resolución a todos los operadores con numeración asignada. En cumplimiento de lo que ordenan los artículos 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra esta resolución cabe el recurso ordinario de revocatoria o reposición ante el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, a quien corresponde resolverlo, y deberá interponerse en el plazo de 3 días hábiles, contadas a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución. ACUERDO FIRME. NOTIFIQUESE INSCRIBASE EN EL REGISTRO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES. TEL.: +506 4000-0000 Apartado 151-1200 FAX: +506 2215-6821 San José - Costa Rica 800-88-SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr 800-88-78835 Página 3 de 6 014C0 ¡E¡sutel 8697-SUTEL-SCS-2019 La anterior transcripción se realiza a efectos de comunicar el acuerdo citado adoptado por el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones. CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES LUIS ALBERTO Firmado digitalmente por LUIS ALBERTO CASCANTE CASCANTE ALVARADO(FIRMA) ALVARADO (FIRMA) Fecha: 2019.09.2515:44:56 06'00' Luis Alberto Cascante Alvarado Secretario del Consejo TEL.: +506 4000-0000 Apartado 151-1200 FAX: +506 2215-6821 San José - Costa Rica 800-88-SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr 800-88-78835 Página 4 de 6 fk L *Á sute¡ (10Ños 8697-SUTEL-SCS-2019 CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN RCS -249-2019 "RECUPERACIÓN DE RECURSO NUMÉRICO ASIGNADO AL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD" EXPEDIENTE 10053 -STT -NUM -OT -00136-2011 Se notifica la presente resolución a: Instituto Costarricense de Electricidad, a través del correo electrónico notificaciones drr(a)ice.go.cr Registro Nacional de Telecomunicaciones a través del correo electrónico inscripcionesdelconseiosutel(cD_sutel.go.cr Demás operadores con numeración asignada. NOTIFICA: .� sute! Z sp. -jjq rtribel Rgjris o j TEL.: +506 4000-0000 Apartado 151-1200 FAX: +506 2215-6821 San José - Costa Rica 800-88-SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr 800-88-78835 FIRMA: Página 5 de 6 014�60"- *sutel 8697-SUTEL-SCS-2019 Nombre Correo electrónico de contacto suministrado para notificaciones /Teléfono FAX American Data Network, sutel@data.cr 4050-5099 S.A. Millicom Cable de Costa notificaciones@tigo.co.cr 4037-9463 Rica S.A. CaiiMyWay NY S.A. info@calimyway.com 4000-4001 Claro CR Telecomunicaciones S.A. notificaciones. sute¡ @claro.cr 4400-7000 E-DIAY S.A. info@ediay.cr 4040-0405 Comunicaciones jmagnin@multicom.cr Múltiples JV de Costa 2520-1408 Rica, S.A. info@multicom.cr Othos Telecomunicaciones S.A. info@othos.cr 2248-1323 PRD International, S.A. servicioalcliente@telecom506.com R&H International notificacion@rhitcr.com 4010-0010 Telecom Services, S.A. Telecable, S.A. gchacon@telecablecr.com 2219-0607 Televisora de Costa Rica, S.A. notificacionessutel@cabletica.com 2231-6258 Telefónica de Costa Rica notificacioneslegal.cr@telefonica.com 4100-9977 TC, S.A. Radiográfica racsa.notificaciones@racsa.co.cr / 22870360 Costarricense, S.A. racsafullmovil@racsa.co.cr GCI Service Provider info@gci.co.cr 2239-0793 S.A. Itellum Limitada manuel@glcabogados.com alberto@itellum.com Servicios Techonológicos Antares de Costa Rica, info@grupoantares.net 40102419 S.A. Interphone, S.A. administracion@interphoneline.com 22887670 Costa Rica Internet administracion@luminet.cr Services Provider, S.A. Cooperativa de Electrificación Rural de garaya@coopeguanacaste.com 26800606 Guanacaste, R.L. TEL.: +506 4000-0000 Apartado 151-1200 FAX: +506 2215-6821 San José - Costa Rica 800-88-SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr 800-88-78835 Página 6 de 6 Maribel Rojas 14C 0`' De: Notificaciones Enviado el: jueves, 26 de septiembre de 2019 08:15 Para: Ice; Inscripciones del Consejo Sute¡ CC: administration@interphone¡ine.com; ANTARES; Call My Way; Coopeguanacaste; CRISP; E-DIAY; GCIS SERVICE PROVIDER; ITELLUM LTDA.; jmagnin@multicom.cr; notificaciones.sutel@claro.cr; notificaciones@rhitcr.com; notificaciones@tigo.co.cr; notificaciones_drr@ice.go.cr; notificacionessutel@te¡etica.com; Othos Telecomunicaciones; PRD INTERNACIONAL; racsafullmovil@racsa.co.cr; sutel@data.cr; Telecable; TELEFÓNICA Asunto: RCS -249-2019 RCS -249-2019 "RECUPERACIÓN DE RECURSO NUMÉRICO ASIGNADO AL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD" EXPEDIENTE 10053 -STT -NUM -OT -00136-2011 ti RCS -249-2019 Retorno numera... MARIBEL ROJAS VARELA Secretaría dell Consejo Tºt: (506) 4000-0052 AL 800 -88 - SUTE L (78835) Q° Aparrado 151-1000 San ~. Gasta Rica Ix wwwsuretgo.cr J.