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IniciarMi WebLinkAcerca deResolución de Asignación de Recurso Numérico (12)000844 O'A' sutel T CONUNICACIONES El suscrito, Secretario del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, en ejercicio de las competencias que le atribuye el inciso b) del articulo 50 de la Ley General de la Administracion Pbblica, ley 6227, y el inciso 10) del articulo 22 del Reglamento Interno de Organizacion y Funciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Publicos y sus organos desconcentrados, me permito comunicarle (s) que en Sesion Ordinaria No. 077 -2012 del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, celebrada el dia 19 de diciembre del 2012, mediante acuerdo 022- 077 -2012, se ha aprobado: RCS- 378 -2012 RESOLUCION DEL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES SAN JOSE, A LAS 11:00 HORAS DEL 19 DE DICIEMBRE DE 2012 "ASIGNACION ADICIONAL DE RECURSOS DE NUMERACION ESPECIAL A FAVOR TELEFONICA DE COSTA RICA TC, S.A., CEDULA DE PERSONA JURIDICA 3 -101- 610198" EXPEDIENTE SUTEL -OT- 139 -2011 POR TANTO Con fundamento en las competencias otorgadas por la Ley General de Telecomunicaciones, Ley No 8642, la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Publicos, Ley No 7593, la Ley General de Administracion Publica, Ley No 6227, y el Plan Nacional de Numeracion (Decreto Ejecutivo N °35187- MINAET). EL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES RESUELVE: Asignar al TELEFONICA DE COSTA RICA TC, S.A, codula de persona juridica 4- 000042139, la si uiente numeracion: 2. Notificar esta resolucion a todos los operadores de sistemas de telefonia conventional y telefonia IP, que cuenten a la fecha con contratos de acceso a interconexion con el INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD. Para estos efectos, se adjunta lista de contactos. 3. Apercibir a TELEFONICA DE COSTA RICA TC, S.A que debe asegurar y garantizar que dicha numeracion no ser6 otorgada a terceros operadores o proveedores, para la explotaci6n de servicios de telecomunicaciones disponibles al publico. T♦5064000 -MOO Apadado 936 -1000 Pggina8de F +5062215 -6821 San Josh - Costa Rica 80o- WSUTEL geat1ondocuaoelrta1@5ute1.go.cr 800-8 8.78835 Numero Cobro Operador Servicio Comercial (7 # Registro Nombre Revertido de Especial Digitos) Numeracion Comercial autornMico Servicios Cobro 800 7678263 800 - 7678263 800 - 7678263 Revertido TELEFONICA Automatico 2. Notificar esta resolucion a todos los operadores de sistemas de telefonia conventional y telefonia IP, que cuenten a la fecha con contratos de acceso a interconexion con el INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD. Para estos efectos, se adjunta lista de contactos. 3. Apercibir a TELEFONICA DE COSTA RICA TC, S.A que debe asegurar y garantizar que dicha numeracion no ser6 otorgada a terceros operadores o proveedores, para la explotaci6n de servicios de telecomunicaciones disponibles al publico. T♦5064000 -MOO Apadado 936 -1000 Pggina8de F +5062215 -6821 San Josh - Costa Rica 80o- WSUTEL geat1ondocuaoelrta1@5ute1.go.cr 800-8 8.78835 000€45 sautel TELECOMONICTCIONES 4. Apercibir a TELEF6NICA DE COSTA RICA TC, S.A, que de acuerdo a to establecido en el articulo 23 del Plan Nacional de Numeraci6n, respecto at monitoreo y auditoria de la numeraci6n, debera entregar un reporte semestral de la utilizaci6n de todos los c6digos numericos asignados. 5. Asimismo, apercibir a TELEF6NICA DE COSTA RICA TC, S.A que para todos los recursos de numeraci6n que le han sido asignados, debera respetar el derecho de los usuarios a portar su numero si estos deciden cambiar de operador o proveedor de servicios; todo conforme con el Regimen de Protecci6n a la Intimidad y Derechos del Usuario Final de la Ley W 8642 Ley General de Telecomunicaciones, articulo 45, inciso 17, y a to establecido en el articulo 29 del Reglamento sobre el Regimen de Protecci6n at Usuario Final de los Servicios de Telecomunicaciones. For to tanto, TELEF6NICA DE COSTA RICA TC, S.A debera habilitar sus redes para permitir la portabitidad de acuerdo a to definido en la resoluci6n RCS - 090 -2011 publicada en la Gaceta No 95 el 18 de mayo del 2011. 6. Apercibir a TELEF6NICA DE COSTA RICA TC, S.A que de conformidad con el articulo 74 de la Ley General de Telecomunicaciones, ley 8642, y las condiciones y terminos de su titulo habilitante, es obtigaci6n de los operadores y proveedores de servicios, permitir a sus clientes el acceso at sistema de emergencias. Advertir que de conformidad con el articulo 23 del Plan Nacional de Numeraci6n, is SUTEL podra Ilevar a cabo actividades de supervisi6n sobre la utilizaci6n de los recursos numericos asignados a TELEF6NICA DE COSTA RICA TC, S.A. con el objetivo de verificar la interoperabilidad de toda la numeraci6n asignada por la SUTEL y asi evitar y verificar la retenci6n de c6digos numericos sin use realmente planificado o requerido. 8. Apercibir a TELEF61NICA DE COSTA RICA TC, S.A. que el recurso numerico asignado esta sujeto at cumplimiento de las condiciones dispuestas en el articulo 16 del Reglamento sobre el Regimen de Protecci6n at Usuario Final de las Telecomunicaciones que indica que los cliente y usuarios tendran derecho a acceder en iguales condiciones a cualquiera de las redes o plataformas de los operadores o proveedores interconectados; y to dispuesto en el articule 8 del mismo reglamento que indica que todo servicio sera brindado a los clientes o usuarios por parte del operador o proveedor sin restricci6n alguna para el acceso a las distintas redes de telecomunicaciones. For ello, los operadores y proveedores deben asegurar la naturaleza demanial y universal de los recursos numericos asignados y en raz6n de ello deberan permitir irrestrictamente la accesibilidad a interoperabilidad total a los demas operadores y proveedores Clue cuenten con recursos de numeraci6n asignados por la SUTEL. 9. En raz6n de to anterior y de conformidad con el acuerdo 010 - 035 -2012, de la sesi6n 035 -2012 del 6 de junio del 2012, de comprobarse el incumplimiento de las disposiciones adoptadas por el Consejo de la SUTEL, se procedera recuperar del recurso numerico y/o la aplicaci6n de la sanci6n correspondiente de conformidad con el articulo 67 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley No.8642 10. Inscribir la presente asignaci6n de recurso numerico a favor del TELEF6NICA DE COSTA RICA TC, S.A, en el Registro Nacional de Telecomunicaciones, el cual debe estar disponible en la pagina etectr6nica de la SUTEL, segun articulo 80 de la Ley General de Telecomunicaciones y punto XVI de la resoluci6n No RCS - 590 -2010. T t5O64000-0000 ' Pganatla93&1000 Is 45062215{821 San Josd — Costa Rim BOOEB-SUTEL ' gestiondocumental @ aulel . go.cr 800-88 -78835 PSgina 9 de 11 000846 sutel SUMRINTENOENC% OE TELECOMUNICACIONES En cumplimiento de to que ordena el articulo 345 y el articulo 346 de la Ley General de la Administraci6n Publica, se indica que contra esta resoluci6n cabe el recurso ordinaric de revocatoria o reposici6n ante el Consejo de la Superintendencia de Telecom unicaciones, a quien corresponde resolverlo, y debera interponerse en el plazo de 3 dias habiles, contadas a partir del dia siguiente a la notificaci6n de la presente resoluci6n. ACUERDO FIRME. NOTIFIQUESE E INSCRIBASE EN EL REGISTRO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES. El presente acto de comunicaci6n adicionalmente certifica que la anterior resoluci6n, se encuentra aprobada mediante acuerdo firme, y se expide al amparo de to previsto en el articulo 65, parrafo 2 de la Ley General de la Administraci6n Publica, y en inciso 9) del citado articulo 22 del Reglamento interno de organizaci6n y funciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Publicos y sus 6rganos desconcentrados, con posterioridad a la aprobaci6n del Acta de la sesi6n correspondiente. Atentamente, CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES L erto C to Alvarado Secretario del Consejo T +5oe 4wo -o0oo A Apadado 131- 00 p 4-, sutel SUPERIN NOENCA OE TELECOMUNICAMNES Anexo 1 Lista de operadores de telefonia autorizados. T 150641100-0000 I Apartadog36 -1000 F *50622156821 1 San J.S6 -Costa Rip 800- 88 -SUTEL I gestlondocumental@sutel.go.cr 800A &]8835 P2gina 11 de 11 OPERADOR/PROVEEDOR EMPRESA Jose Luis INSTITUTO COSTARRICENSE Navarro DE ELECTRICIDAD Vargas notificaciones drr ice. go. cr Ignacio Prada CALL MY WAY NY S.A. Prada iprada @callmyway.com /FAX (506) 2286 3255 Federico INTERTEL WORLDWIDE, S.A. Guardia Tinoco federicoguardia @intertelworldwide.com R &H INTERNATIONAL Nissim Hugnu nhugnu @rhitcr.com TELECOM SERVICES, S.A. Degauquier TELECOM UNICACI ONES Jorge Antillbn INTEGRALES DE COSTA RICA, Barrios TICOM S.A. jantillon @ticom.co.cr TELEVISORA DE COSTA RICA, Roman Fallas S.A. (TUYO) Cordero r.fallas @teletica.com /FAX: 2231 -6258 Jan Magnin y MULTICOM, S.A. Mauricio FAX (506) 2520 -1406 Magnin E -DAY S.A. Luis Zuniga FAX(506) 2234 -3004, EMAIL:Izuniga @ediay.cr Salas AMERICAN DATA Arturo Sadnz FAX (506) 4050 -5050, amelendez @data.cr, mcampos @data.cr NETWORKS, S.A. Soto VIRTUALES S.A.(FULLM6VIL) Manfred manfred.cerdas @fullmovil.cr /FAX: 2201 -5963 Cerdas AMNET Juan Manuel FAX (506) 2203 -1337; EMAIL: notificaciones @cr.amnetcorp.com Mora Guardia TELEF6NICA DE COSTA RICA Mario Salvador TC, S. A Torres; notificacioneslegal .cr @telefonica.com /FAX 25829771 Victor Manuel CLARO CR Garcia FAX = (506)2290- 7221/2290- 7226/25827575/ TELECOMUNICACIONES, S.A Talavera Jos€ Interphone, S.A. Guillermo Ampiee Vigil info @interphoneline.com /FAX: 2232 -7552 Gerardo TELECABLE Chacon Gerardo Chacon gchacon @telecablecr.com y al FAX 2219 -0607 T 150641100-0000 I Apartadog36 -1000 F *50622156821 1 San J.S6 -Costa Rip 800- 88 -SUTEL I gestlondocumental@sutel.go.cr 800A &]8835 P2gina 11 de 11 10101113 Correo de Sutel- NOTIFICACI6N RCS -378 -2012 �, sutei NOTIFICACION RCS - 378 -2012 2 r,unsajes VO0V4C7 -,te }, :IL :6. -I— rirl:: r1<ge.irl° Ia.r.l l i,.n L,e. @SLTZ I. C,3.cr> Gabriela Miranda Robinson <gabdela.miranda @sutel.go.cr> 10 de enero de 2013 11:11 Para: notificaciones_drr @ice.go.cr, Ignacio Prada <iprada @callmyway.com >, federicoguardia @intertelwordwide.com, nhugnu @rhitcr.com, Jorge Antillon <jantillon @ticom.co.cr>, Roman Fallas <r.fallas @teletica.com >, Izuniga @ediay.cr, amelendez @data.cr, mcampos @data.cr, Manfred Cerdas <manfred.cerdas @fullmoW.cr>, notificaciones @cr.amnetcorp.com, notificacioneslegal .cr @telefonica.com, info @interphoneline.com, gchacon@telecablecr.com Buenos dias. Adjunto para to que corresponda. Sal udos cordi ales Gabdela Miranda Robinson sutel T +506 -0000 -0011 F+ 506 - 2215-0821 gabdela.mi randa@9Ael.go.cr 800 -88 -s itel (800 -88- 78835 w .sutel.go.cr Forwarded message From: <scanner @sutel.go.cr> Date: 2013/1/10 Subject: To: Gabriela Miranda <gabdela.miranda @sutel.go.cr> This E -mail was sent from "RICOH001" (Aficio MP C4000). Scan Date: 01.10.2013 09:59:49 ( -0500) Queries to: scanner @sutel.go.cr an 20130110095949615.pdf 224K Mail Delivery Subsystem <mailer- daemon @googlemail.com> 10 de enero de 2013 11:11 Para: gabdela.miranda @sutel.go.cr https:llmail.google.com/maiVuIOI?ui=2&ik=49cfaOb334&viev -- pt&search= sent &th= 13c257l8d9c6bb75 1/2 10101/13 1 Comeo de Sutel - NOTIFICAC16N RCS - 378 -2012 (jam sutel NOTIFICACION RCS - 378 -2012 000eN9, Gabriela Miranda Robinson <gabriela.miranda @sutel.go.cr> Para: jmagnin @multicom.cr Sal udos cord Was Gabriela Miranda Robinson sutel T +506 4000 -0011 F+ 506 - 2215.6821 gabriela.miranda@9Ael.go.cr 800$8 -wtel (80088 -7$835 w .srlel.go.cr Forwarded message From: Gabriela Miranda Robinson <gabriela.miranda @sutel.go.cr> Date: 2013/1/10 10 de enero de 2013 11:19 Subject: NOWICACION RCS -378 -2012 To: notificaciones_drr @ice.go.cr, Ignacio Prada <iprada @callmyway.com >, federicoguardia@ intertelwordwide.com, nhugnu @rhitcr.com, Jorge Antillon <jntillon @ticom.co.cr>, Roman Fallas <r.fallas @teletica.com >, Izuniga @ediay.cr, amelendez @data.cr, mcampos @data.cr, Manfred Cerdas <manfred.cerdas @fullmo%&cr>, notificaciones @cr.amnetcorp.com, notificacioneslegal .cr @telefonica.com, info @interphoneline.com, gchacon @telecablecr.com [El texto citado estS oculto] 20130110095949615.pdf 224K https:ll mail. google. com / mail/ u/0 /7ui= 2 &ik= 49cfaOb334&view=pt &search= sent &msg= 13c257927d4a4a83 1/1 P. 1 z I n f o r m e del r e s u I t a d o de la c o m u n i c a c i 6 n ( Ene.10. 2013 10:38AM Fecha /Nora: Ene.10. 2013 10 :01AIM Carp Fag, N°- Mod Destino Peg. ResuIIt No env. ---------------------------------------------------------------------------------------------------- 1568 TX en memoria 22863255 P. 3 E -3) 3) P.1 -3 22316258 OK 25201406 E -3) 3) P.1 -3 22015963 OK 25829/11 E -3) 3) P. 1-3 22901221 OK 22901226 E -3)3) F.1 -3 25821515 OK 22321552 E -3) 3) F. 1 -3 22190601 OK C a u a del Error E. 1)Co l Ra ron o f to I f n e a E. 2)Comun i ca E. 3) No contests E.5)Supera el tama Ao max. del e—mail E. 4) No es uo fax. sutel I� El .0 W. 8wr tmk tlM Coaiefv de le 8upMntentlenW do TCN0000miw' roe, en olodcl do W3 Yap PGbim, We le yNbrmo1 pdd hb)Mo edelO de lever Gooelvi do k�do OrOVizvtlenY Funtlormedaboeme.loa a (.) c, oade be do CoMr POelco. an- 0(2 M Oeamrmr6p0ps, me pxMb mnunkmk (n) Rae m SetlOn Ordhxb Na. 0F] -Al2 06 Cons {v da Ie Suparinkntivwk de Telemmndmdonca, ctlebmtlad dfe 1B tlo ddemOro del Al2, nledlenk acumtlo On- OFyAl2, ®No aproWm' RC 376 -AI2 RESOLUCINI DEL CONSEJO DE U BU, A LVl 11'00 CIA DE TREA.19 IAIICACIDNE9 SAN JOSE, A LAS 11:00 NORAS OEL 10 OE dC-213FtE DE 2 02 'ASIONACION ADICIONAL OE RECURSOS DE NUME 014 E6 AL A FAVDR TELEFONICA DE COSTA RICA TC, SA., CEDUU DE PERSONA JURI(ORCA 1101410186" IDCMD ITE 6UTEL -0Tt09 -All FORTANTO Con tuMemealo m No waleaIRICee okrgedw pr la Lay Gmaml tla TolownalnloWonea, Ley M 8642, la Ley d< b Aulaldod Pe ublwo de beS cioe POEIIob. La( N']063, la Ley(l,meoA do fioeo etlM I Ley N' 6n]. y A Rar Nvbnol tla NimeradM ([knob kjmRw Na1e1.wNAEry E J BUPERINTEDENCIA oe LQCW UNICACIONE6 Fa U 1. Asig. a TEIFFGNICA DE COSTA RICA W. SA rBdla de pmwne luddka 4 000012180, b rleM wrwetl6rt ebro 6d0 7GI810 BWM]610 8W]6/6i© flercrtlEO TEI[(dNICA Aummdrlm 2 Nofi � aLa rewbtlbn o lodoe loo of advef ds NeWnn da Yidmrb wlrleNwtl Y t Jdmle IP, pus wenbn a la ktlla aon aMmke de eaeeo a Inkrtana(dnwn d INETITIifO CO6TARRICENSE DEELECTPoGDAU. Pam vaba afwba, ea odNNa Ildadomrbaka. ]. ApwcOeraTFLEFOWGOE COSTA WCA TG,Mpradv0e mepm'vygman( aw 6tlm nurnaOOn m mr0 dwpe0e a krtepe epueds ®e paeWaea pem Ia �ddn da aelviClae de lebcanxnbaWlrce Qepvdbee a pd0iw. T— I.a. ° �pI elePe eas u sutel SUPERINTENUENGt4 OE V TELECOMUNICACIONES 00081 v1 El suscrito, Secretario del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, en ejercicio de las competencias que le atribuye el inciso b) del articulo 50 de la Ley General de la Administracion Publica, ley 6227, y el inciso 10) del articulo 22 del Reglamento Interno de Organizaci6n y Funciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Publicos y sus 6rganos desconcentrados, me permito comunicarle (s) que en Sesi6n Ordinaria No. 077 -2012 del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, celebrada el dia 19 de diciembre del 2012, mediante acuerdo 022- 077 -2012, se ha aprobado la siguiente resoluci6n: RCS- 378 -2012 RESOLUCI6N DEL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES SAN JOSE, A LAS 11:00 HORAS DEL 19 DE DICIEMBRE DE 2012 "ASIGNACION ADICIONAL DE RECURSOS DE NUMERACION ESPECIAL A FAVOR TELEFONICA DE COSTA RICA TC, S.A., CEDULA DE PERSONA JURIDICA 3- 101- 610198" EXPEDIENTE SUTEL -OT- 139 -2011 En relaci6n con la solicitud de asignaci6n adicional de recurso num6rico especial presentada por la empresa TELEFONICA DE COSTA RICA TC, S. A., cedula de persona juridica 3 -101- 610198; el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones ha adoptado, en el articulo 5, acuerdo 022 - 077 -2012, de la sesi6n ordinaria 077 -2012, celebrada el 19 de diciembre del 2012, la siguiente Resoluci6n: RESULTANDO Que Mediante oficio sin numero, recibido en esta Superintendencia en fecha del 30 de noviembre del 2012 (NI: 7305), la empresa Telef6nica present6 una solicitud para la asignaci6n adicional de numeraci6n especial con el siguiente detalle: i) Un (1) numero 800's a saber 800-7678263. 2. Que mediante officio N05083- SUTEL -DGM -2012 del 10 de diciembre de 2012, la Direcci6n General de Mercados, rindi6 un informe mediante el cual acredita que la empresa TELEFONICA DE COSTA RICA TC en este tramite la ha cumplido con los requisitos exigidos tanto en el Plan Nacional de Numeraci6n como tambi6n en el procedimiento de asignaci6n de recurso numero regulado por la SUTEL en las resoluciones RCS - 590 -2009, RCS - 131 -2010 y RCS - 412 -2010; y emite su recomendaci6n acerca de la solicitud. 3. Que se han realizado las diligencias utiles y necesarias para el dictado de la presente resoluci6n. T *506 4000 -0000 I Aparadc 936 -1000 F +50622156621 San .Ias6 -Costa Rice 800- 88 -SUTEL I 9astiondocumenta1@sute1.go.cr 800-88 -78835 PSgina 1 de 11 sutel TELECOMUNICACIONES 00082 CONSIDERANDO: I. Que conforme al articulo 60 inciso g) de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Publicos, Ley N° 7593, corresponde a la SUTEL controlar y comprobar el use eficiente de los recursos de numeraci6n. II. Que el articulo 73 inciso j) de la Ley No 7593 establece que el Consejo de la Superintendencia de Telecom unicaciones debe de velar porque los recursos escasos se administren de manera eficiente, oportuna, transparente y no discriminatoria, de manera tal que tengan acceso a estos recursos todos los operadores y proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones. III. Que de conformidad con los articulos 3 y 22 del Plan National de Numeraci6n (Decreto Ejecutivo N °35187- MINAET) corresponde a la SUTEL la administraci6n del Plan Nacional de Numeraci6n y su cumplimiento, asi como mantener un registro actualizado referente a la asignaci6n del recurso numerico. IV. Que mediante resoluci6n numero RCS -590 -2009 de las 15:00 horas del 30 de noviembre del 2009, publicada en el Diario Oficial La Gaceta numero 9 el dia 14 de enero del 2010, modificada y complementada mediante las resoluciones No RCS - 131 -2010 de las 10:55 horas del 26 de febrero del 2010, el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL) dict6 el procedimiento de solicitud de numeraci6n, establecimiento de nOmeros especiales, c6digos de preselecci6n y el registro de numeraci6n vigente. V. Que pars efectos de resolver el presente asunto, se tiene que el informe rendido par la Direcci6n General de Mercados mediante officio 3559 - SUTEL -DGM -2012, sostiene que en este asunto que la empresa TELEFONICA DE COSTA RICA TC ha cumplido con los requisitos exigidos tanto en el Plan Nacional de Numeraci6n como tambien en el procedimiento de asignaci6n de recurso numero regulado par la SUTEL en las resoluciones RCS - 590 -2009, RCS - 131 -2010 y RCS - 412 -2010. El citado informe, que es acogido en su totalidad par este Consejo como parte de la motivaci6n del presente acto administrativo, indica en lo que interesa, to siguiente: 2) Sabre la solicitud del numero: 800 - 7678263: • En particular, el operador cuenta ya con la asignaci6n de numeraci6n pars el servicio cobra revertido correspondientes a los n0meros 800's (asignaci6n efectuada mediante la resoluci6n RCS - 233 - 2011). • Par la naturaleza de las solicitudes y del recurso de numeraci6n objeto de estas, en estos casos no se considera necesario acreditar que el operador ha Ilegado al 60% del use de la numeraci6n previamente asignada. Esto en vista de que este tipo de numeraci6n se solicita un numero a la vez y no en bloques. • Se tiene que las citadas solicitudes se relacionan con peticiones de clientes y/o servicios comerciales que pretenden obtener los servicios de telecomunicaciones correspondientes a cada caso, por parte de Telef6nica de Costa Rica TC, S.A., segun to que consta en el siguiente cuadro: T +5064000 -0000 IApalado 936 -1000 P6gina2de -66 F +506221521 San Jos4 -Costa Rica I 11 800 -88 -SUTEL I gestiondocumental @ sutel.go.cr 800-6 &78835 Esto permite establecer qua se dan las condiciones derivadas del articulo 23 del Plan Nacional de Numeraci6n, en el tanto las solicitudes del operador hacen ver que este dara un use planificado al recurso de numeraci6n correspondiente, conforme a un requerimiento previo y an funci6n de una relaci6n comercial an proceso de negociaci6n. Lo anterior sin peduicio de la supervisi6n que an cualquier caso puede hacer la SUTEL conforme a sus potestades y deberes, para corroborar el use debido de los c6digos asignados. ?8Q "0: . o Go ,e -alii 800 1 800 - 7678263 Esto permite establecer que se dan las condiciones derivadas del articulo 23 del Plan Nacional de Numeraci6n, an el tanto las solicitudes del operador hacen ver que Este dara un use planificado al recurso de numeraci6n correspondiente, conforme a un requerimiento previo y en funci6n de una relaci6n comercial en proceso de negociaci6n. Lo anterior sin pequicio de la supervisi6n que an cualquier caso puede hacer la SUTEL conforme a sus potestades y deberes, para corroborar el use debido de los c6digos asignados. Al tener ya numeraci6n asignada para los servicios de numeros 800's de cobro revertido siendo solo necesario verificar la disponibilidad del numero 800 - 7678263 solicitado, an el registro de numeraci6n cuyo control est6 a cargo de la Direcci6n General de Mercados y que se encuentra actualizado al 10 de diciembre de 2012. • Efectuada dicha verificaci6n, se tiene que los numeros 800 - 7678263 se encuentran disponibles, porlo que habi6ndose acreditado at cumplimiento de los requisitos que el procedimiento de asignaci6n exige, segun to que consta an el primer apartado de este informe, procederia efectuarla asignaci6n de los numeros anteriormente indicados. IV.- Conclusiones y Recomendaciones Se recomienda asignar a favor de Telef6nica de Costa Rica TC, S.A. la siguiente numeraci6n, conforme a to solicitado an el oficio del 23 de agosto del 2012, control intemo NI: 4741. Servici0 aaa856 # Registro sutel V OPERIN NDENCI DE TELECOMNNICPCIONES Esto permite establecer qua se dan las condiciones derivadas del articulo 23 del Plan Nacional de Numeraci6n, en el tanto las solicitudes del operador hacen ver que este dara un use planificado al recurso de numeraci6n correspondiente, conforme a un requerimiento previo y an funci6n de una relaci6n comercial an proceso de negociaci6n. Lo anterior sin peduicio de la supervisi6n que an cualquier caso puede hacer la SUTEL conforme a sus potestades y deberes, para corroborar el use debido de los c6digos asignados. ?8Q "0: . o Go ,e -alii 800 1 800 - 7678263 Esto permite establecer que se dan las condiciones derivadas del articulo 23 del Plan Nacional de Numeraci6n, an el tanto las solicitudes del operador hacen ver que Este dara un use planificado al recurso de numeraci6n correspondiente, conforme a un requerimiento previo y en funci6n de una relaci6n comercial en proceso de negociaci6n. Lo anterior sin pequicio de la supervisi6n que an cualquier caso puede hacer la SUTEL conforme a sus potestades y deberes, para corroborar el use debido de los c6digos asignados. Al tener ya numeraci6n asignada para los servicios de numeros 800's de cobro revertido siendo solo necesario verificar la disponibilidad del numero 800 - 7678263 solicitado, an el registro de numeraci6n cuyo control est6 a cargo de la Direcci6n General de Mercados y que se encuentra actualizado al 10 de diciembre de 2012. • Efectuada dicha verificaci6n, se tiene que los numeros 800 - 7678263 se encuentran disponibles, porlo que habi6ndose acreditado at cumplimiento de los requisitos que el procedimiento de asignaci6n exige, segun to que consta an el primer apartado de este informe, procederia efectuarla asignaci6n de los numeros anteriormente indicados. IV.- Conclusiones y Recomendaciones Se recomienda asignar a favor de Telef6nica de Costa Rica TC, S.A. la siguiente numeraci6n, conforme a to solicitado an el oficio del 23 de agosto del 2012, control intemo NI: 4741. Servici0 Numero # Registro Nombre Cobro Operador Empresa Especial Comercial (7 Numeration Comercial Revertido de Comercial Dighos) automitico_ Servicios Cobro 800 7678263 800- 7678263 800 - 7678263 Revertido TELEF6NICA TELEF6NICA Autom6tico VI. Que la SUTEL debe satisfacer las necesidades actuales y potenciales de nuevos operadores de servicios de telecomunicaciones, asegurando la maxima disponibilidad del recurso num6rico, para to cual debe de garantizar la equidad y la transparencia de los procedimientos de asignaci6n de numeraci6n y ampliaci6n de la numeraci6n asignada previamente, tanto para redes de telefonia bAsica tradicional, telefonia m6vil y telefonia por voz IP. T 4506 4000 -0000 I npenado 936 -1000 I I n SUMRINIENOENCIF DE TELECOMUNICACIONES VII. Que de conformidad con los resultandos y considerandos que preceden, de acuerdo al m6rito de los autos, lo procedente es asignar el recurso de numeraci6n a la empresa TELEF6NICA DE COSTA RICA TC, S.A, acogiendo al efecto la recomendaci6n efectuada por la Direcci6n General de Mercados de esta SUTEL. PORTANTO Con fundamento en las competencias otorgadas por la Ley General de Telecomunicaciones, Ley N° 8642, la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Publicos, Ley No 7593, la Ley General de Administraci6n Publica, Ley N° 6227, y el Plan Nacional de Numeraci6n (Decreto Ejecutivo N e 35187 -M I NAET). EL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES RESUELVE: 1. Asignar al TELEF6NICA DE COSTA RICA TC, S.A, c6dula de persona juridica 4- 000042139, la siouiente numeraci6n: 2. Notificar esta resoluci6n a todos los operadores de sistemas de telefonia convencional y telefonia IP, que cuenten a la fecha con contratos de acceso a interconexi6n con el INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD. Para estos efectos, se adjunta lista de contactos. 3. Apercibir a TELEF6NICA DE COSTA RICA TC, S.A que debe asegurar y garantizar que dicha numeraci6n no ser6 otorgada a terceros operadores o proveedores, para la explotaci6n de servicios de telecomunicaciones disponibles al publico. 4. Apercibir a TELEF6NICA DE COSTA RICA TC, S.A, que de acuerdo a lo establecido en el articulo 23 del Plan Nacional de Numeraci6n, respecto al monitoreo y auditoria de la numeraci6n, deberi3 entregar un reporte semestral de la utilizaci6n de todos los c6digos num6ricos asignados. S. Asimismo, apercibir a TELEF6NICA DE COSTA RICA TC, S.A que para todos los recursos de numeraci6n que le han sido asignados, debercl respetar el derecho de los usuarios a portar su numero si estos deciden cambiar de operador o proveedor de servicios; todo conforme con el R6gimen de Protecci6n a la Intimidad y Derechos del Usuario Final de la Ley N° 8642 Ley General de Telecomunicaciones, articulo 45, inciso 17, y a to establecido en el articulo 29 del Reglamento sobre el Regimen de Protecci6n al Usuario Final de los Servicios de Telecomunicaciones. For to tanto, TELEF6NICA DE COSTA RICA TC, S.A deber6 habilitar sus redes para permitir la portabilidad de acuerdo a to definido en la resoluci6n RCS - 090 -2011 publicada en la Gaceta N° 95 el 18 de mayo del 2011. T♦5064000-0000 Apertado 936 -1000 P6gina4de F -506 2215E821 San JOS4 -Costa Riw 800- 8&SIITEL gestlonUOeumental @ eutel.ge.cr 800A 78B35 Numero Cobro Operador Servicio Comercial (7 # Registro Nombre Revertido de Especial Digitos) Numeraci6n Comercial automatico Servicios Cobro 800 7678263 800 - 7678263 800 - 7678263 Revertido TELEFONICA Automatico 2. Notificar esta resoluci6n a todos los operadores de sistemas de telefonia convencional y telefonia IP, que cuenten a la fecha con contratos de acceso a interconexi6n con el INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD. Para estos efectos, se adjunta lista de contactos. 3. Apercibir a TELEF6NICA DE COSTA RICA TC, S.A que debe asegurar y garantizar que dicha numeraci6n no ser6 otorgada a terceros operadores o proveedores, para la explotaci6n de servicios de telecomunicaciones disponibles al publico. 4. Apercibir a TELEF6NICA DE COSTA RICA TC, S.A, que de acuerdo a lo establecido en el articulo 23 del Plan Nacional de Numeraci6n, respecto al monitoreo y auditoria de la numeraci6n, deberi3 entregar un reporte semestral de la utilizaci6n de todos los c6digos num6ricos asignados. S. Asimismo, apercibir a TELEF6NICA DE COSTA RICA TC, S.A que para todos los recursos de numeraci6n que le han sido asignados, debercl respetar el derecho de los usuarios a portar su numero si estos deciden cambiar de operador o proveedor de servicios; todo conforme con el R6gimen de Protecci6n a la Intimidad y Derechos del Usuario Final de la Ley N° 8642 Ley General de Telecomunicaciones, articulo 45, inciso 17, y a to establecido en el articulo 29 del Reglamento sobre el Regimen de Protecci6n al Usuario Final de los Servicios de Telecomunicaciones. For to tanto, TELEF6NICA DE COSTA RICA TC, S.A deber6 habilitar sus redes para permitir la portabilidad de acuerdo a to definido en la resoluci6n RCS - 090 -2011 publicada en la Gaceta N° 95 el 18 de mayo del 2011. T♦5064000-0000 Apertado 936 -1000 P6gina4de F -506 2215E821 San JOS4 -Costa Riw 800- 8&SIITEL gestlonUOeumental @ eutel.ge.cr 800A 78B35 0008115 41, sutel TELECOM NCACIONE9 6. Apercibir a TELEFONICA DE COSTA RICA TC, S.A que de conformidad con el articulo 74 de la Ley General de Telecomunicaciones, ley 8642, y las condiciones y terminos de su titulo habilitante, es obligaci6n de los operadores y proveedores de servicios, permitir a sus clientes el acceso al sistema de emergencias. Advertir que de conformidad con el articulo 23 del Plan Nacional de Numeraci6n, la SUTEL podra Ilevar a cabo actividades de supervision sobre la utilizaci6n de los recursos numericos asignados a TELEF6NICA DE COSTA RICA TC, S.A. con el objetivo de verificar la interoperabilidad de toda la numeraci6n asignada por la SUTEL y asi evitar y verificar la retenci6n de c6digos numericos sin use realmente planificado o requerido. 8. Apercibir a TELEFONICA DE COSTA RICA TC, S.A. que el recurso numerico asignado este sujeto al cumplimiento de las condiciones dispuestas en el articulo 16 del Reglamento sobre el Regimen de Protecci6n al Usuario Final de las Telecomunicaciones que indica que los cliente y usuarios tendran derecho a acceder en iguales condiciones a cualquiera de las redes o plataformas de los operadores o proveedores interconectados, y to dispuesto en el articulo 8 del mismo reglamento que indica que todo servicio sera brindado a los clientes o usuarios por parte del operador o proveedor sin restricci6n alguna para el acceso a las distintas redes de telecomunicaciones. For ello, los operadores y proveedores deben asegurar la naturaleza demanial y universal de los recursos numericos asignados y en raz6n de ello deberan permitir irrestrictamente la accesibilidad a interoperabilidad total a los demas operadores y proveedores que cuenten con recursos de numeraci6n asignados por la SUTEL. 9. En raz6n de to anterior y de conformidad con el acuerdo 010- 035 -2012, de la sesi6n 035 -2012 del 6 de junio del 2012, de comprobarse el incumplimiento de las disposiciones adoptadas por el Consejo de la SUTEL, se procedera recuoerar del recurso numerico y/o la aplicaci6n de la sanci6n correspondiente de conformidad con el articulo 67 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley No.8642 10. Inscribir la presente asignaci6n de recurso numerico a favor del TELEFONICA DE COSTA RICA TC, S.A, en el Registro Nacional de Telecomunicaciones, el cual debe estar disponible en la pagina electr6nica de la SUTEL, segun articulo 80 de la Ley General de Telecomunicaciones y punto XVI de la resoluci6n No RCS - 590 -2010. En cumplimiento de to que ordena el articulo 345 y el articulo 346 de la Ley General de la Administraci6n Publica, se indica que contra esta resoluci6n cabe el recurso ordinario de revocatoria o reposici6n ante el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, a quien corresponde resolverlo, y debera interponerse en el plazo de 3 dias habiles, contadas a partir del dia siguiente a la notificaci6n de la presente resoluci6n. ACUERDO FIRME. NOTIFIQUESE E INSCRIBASE EN EL REGISTRO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES. 7.5084000-0000 I Apart.d. 936 -1000 F.5062215-6821 San doss - Costa Rice 800-88 -SUTEL I gestiondocumentalLautel.go.cr 800 -e &78835 PSgina 5 de 11 000850 sutel SUKRRI NDENCA DE TELECOMUNICACIONES El presente acto de comunicaci6n adicionalmente certifica que la anterior resoluci6n, se encuentra aprobada mediante acuerdo firme, y se expide al amparo de to previsto en el articulo 65, parrafo 2 de la Ley General de la Administraci6n Publica, y en inciso 9) del citado articulo 22 del Reglamento interno de organizaci6n y funciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios PGblicos y sus 6rganos desconcentrados, con posterioridad a la aprobaci6n del Acta de la sesi6n correspondiente. Atentamente, CONSEJO DE LA SUPERINTENDE CIA DE TELECOMUNICACIONES Luis A ante Alvarado Secretario del Consejo T+50fi 4000-0000 ApadaCO93C%1!01 P6gina6de F.SW 2215E921 San JOSS -Costa Kira 80M8&SUTEL gestiondocumenlel�sutel.go.cr BOOR &]8835 �o�s�ln 44 sutel V TELECOMIEINICACIONES CONSTANCIA DE NOTIFICACION Se notifica a TELEFONICA DE COSTA RICA TC, S.A., a traves del senor Mario Salvador Torres Rubio al correo electrbnico notificacioneslegal .cr @telefonica.com y al FAX 4100 -9977 a lasa.Le horas del 10 de dkk -mbm de 2017.5 GYWA.o RECIBE �NOTIFICADOR (A) T +5064000 -0000 I Ap.aatlo936 -1000 F -506 2215 -6621 San Joe9 - Ccata Rica 800-68 -SUTEL I gea0ondocumenta1@sute1.go.cr 800 -88 -78835 P9gina 7 de 11 10/01/13 Correo de Sutel - NOTIFICAC16N RCS - 378 -2012 sutel NOTIFICACION RCS - 378 -2012 i mansaie Gabriela Miranda Robinson <gabdela.miranda @sutel.go.cr> Para: notificacioneslegal .cr @telefonica.com Buenos dias. Adjunto para to que corresponda. Sal udoscordiales Gabriela Miranda Robinson sutel T +506 -4000 -0011 F+ 506 - 2215 -0821 gabdela.mirandaQa sutel.go.cr 800.88 -sutel (800-88 -7 -0835 w .sutel.go.cr Forwarded message From: <scanner @sutel.go.cr> Date: 2013/1/10 Subject: To: Gabriela Miranda <gabdela.miranda @sutel.go.cr> This E -mail was sent from "RICOH001" (Aficio MP C4000). Scan Date: 01.10.2013 09:59:49 ( -0500) Queries to: scanner @sutel.go.cr 20130110095949615.pdf 224K https: // mail. google.com/ maiUu /0 /7ui= 2 &ik=49cfaOb334 &viev pt &search= sent &th= 13c2558017669aO6 tt0858 10 de enero de 2013 10:43 Infor -n e del resuItado de la c o m u n i c a c l 6 n ( Ene.10, 2013 10;10AM 1 2) 00085 ii Fecha /Nora; Ene.10, 2013 9:59AM Cara Pzg. N°- Modo Destino Ng. Resuli No env. ------------------------------------------------------------------------------------------------- 1567 TX en memoria 41009977 P. 6 OK --- - - - - -- --------------------------------------------------- Causa dal Error E. 1)Colgaron o fallo 1(nea E. 2)Comun ica E.3)No co m ester E.4)Na es un fa.. E.5)S.P,. el tam. N. m3.. del a —mail (� sutel E1 amnW. Seueferb del Cannon der In SUIXalmndanda de Tm¢onvNwdonee. An aoa de Wemmlckv'ba OuoM aMbuyod Inan B) dd d SO do In LM CeO da W AddrMaddl Pdteca lay M7, y d IMeo 10) dd odMdo M dal Raplalllellb Mara da paMnhacldn Y Fundmms&b Ado &ad Rapdadda do Im S der NINIkKa Y Sus d9arde &wana ulm, mo pdMM amJnd.da (0) On. 20 Spddn Dfdrelb No. 077.2012 dal Com*de N Supdanm Ata do TekcalMn ®damA cebtyala d db 10 de dM&m5ra dal 2012, amdFum aavdo 0220nM12, oe M elnabado b.0maho lv Or361 : RCS-2M -2012 NESOWCION DM COMUO DE LA BI3PEMNT FWMCIA BE TELECOM UNICACIONE9 SAN JOSE, A LTS 11A I WMUI DEL 18 DE DICIEMBNE BE 2012 'ASIONACM ADICIONAL BE RECORSOS DE NUMERACIM ESPECIAL A PAV TELEFONICA DE COSTA MCA TC, B.A., CECUTA DE PERBONA JMIDICA 3-1014101 BC QPETAENIE 9NTELOT- 100 -2011 En rel.d6n . b ¢nfdua & aal9nnddn addend de Mara numddm espadal preen ftoda W b m onso TELEFdNIW OF COSTA MCA TC, S. A, c(ldula do Pdsum Nn1dlm 3'101- 810198:1d Goas*d.M ad TCbumvimtlmoe Ian a&pbdo, en d aticub S. naaMda 023 -0n.M 2' de In WdM adNda 077 2 12, ®lebeda d 19 der dFnadWa del W12. la olpnlanb NaWivA n: RESULTARDO 1. am Madianb oedo do lyaava. mcddo an min 9upd'udddenda an kW del 30 de rmddrlde dd M12 (NI: 7305), D amgme 7eMAIadFa penaft um eo&fid Para M ripen stiff n da rvnpiaddn "maly can el dpl@nb dNNle: U an (1) n0anem BWea solder 800.7870293. 2. Ow nrodd la e0da M508}BUIE WWM12 &1 10 de dkkd,lae do 2012, M OYd al6a Gsrdral de lje 01&01. d�did d1 btrme medmlb d ad Yledh aw In vnpwe TFSEFONICJ DE COSTA MCA TC un add h Its la Na caagY& amIda rauldbs ad9ldaa L3nio m el Plan Noddnl tle Nudemddn nom. NnlNda on d anal I.nbo de ae0mddn de adaso ndu—n rv,dado W m WTEL an b Me ld res R18- 581)2030, RCS - 131 -MO T RC541P -2010; y mdlea Ir'mtRldalbn. de beaded. 8. Quo aP Ilan reallaado Ian dllpmcins NOR y neaed&a P 3 d tilde& de In Plmen o Maulualdn. rmnwa IY�r,m® I;yralm