IniciarMi WebLinkAcerca deNI-00522-2019 Acuerdo del Poder Ejecutivo Otorgando el PermisoRV: NOTIFICACION ACUERDO EJECUTIVO N° 001-2019-TEL-MICITT-
(Richard E. Post)
Inscripciones RNT
vie 18/1/2019 08:19
Para:Gestion Documental<gestiondocumental @sutel.go.cr>;
cc:Paul Avendano <paul.avendano@sutel.go.cr>; Mario Vega <mario.vega@sutel.go.cr>; Daniel Castro <daniel.castro@sutel.go.cr>;
9 1 archivos adjuntos (200 KB)
001 -2019 -TEL -M ICITT.pdf;
Buenos dias,
AaA sutel
NI:_ r'222,- X/9
GEGTiMIJ N°: a1_ 6_ - E�iC�
PAM Consuttas fsobro "t do de este trgmfts favor
Por favor colocar NI a incluir el archivo y el correo electr6nico adjuntos en el expediente P0196-ERC-DTO-ER-
01949-2018 (RADIOAFICIONADO).
Es de surra importancia que se incluya el correo del MICITT, porque en este se indica cuando se notific6 el
Acuerdo Ejecutivo al regulado.
Le copio a Paul y Mario para que procedan segun corresponda.
Finalmente, asignar el NI al RNT.
**IMPRIMIR TODA LA CADENA DE CORREOS**
Saludos,
Monica Salazar A.
Ingeniera en Telecomunicaciones
Direcci6n General de Calidad
Tel: 4000-0000 ext. 77
Fax: 2215-6821
monica.salazar@sutel.go_cr
www.sutel.go_cr
De: Marco Alpizar <marco.alpizar@micitt.go.cr>
Enviado: jueves, 17 de enero de 2019 11:20
Para: Inscriptiones RNT
Asunto: NOTIFICACION ACUERDO EJECUTIVO N° 001-2019-TEL-MICITT- (Richard E. Post)
Senores
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Registro Nacional de Telecomunicaciones
Superintendencia de Telecomunicaciones t s:. 0
Presente
Estimados senores:
Por instrucciones superiores y tal y como se acordo mediante el oficio NO 343-SUTEL-2011
del 25 de febrero de 2011, se les remite en forma digital a esta cuenta de correo
electronico el Acuerdo Ejecutivo NO 001-2019-TEL-MICITT, que resuelve la solicitud de
permiso de use de frecuencias del senor RICHARD E. POST, para su debida inscripcion en
el Registro Nacional de Telecomunicaciones.
Acuerdo notificado a la parte interesada en fecha 11 de enero de 2019.
Favor acusar el recibo del presente correo electronico para adjuntar copia al expediente
como prueba de su notificacion efectiva.
Atentamente
----LIBERACION DE RESPONSABILIDAD---- Este mensaje de correo, puede contener informacibn confidencial, propietaria o con derechos
reservados y privilegios legales asociados, para el use de su destinatario. Si usted no es el interesado por favor eliminelo, no to divulgue,
reproduzca o distribuya a terceros. La Superintendencia de Telecomunicaciones no se hace responsable por ningun dano causado por su
difusion. Agradecemos informar su use indebido a soporte@sutel.go.cr.
---DISCLAIMER---- This email message may contain confidential, proprietary or copyrighted and legal privileges associated to the use of the
addressee. If you are not the intended recipient please erase it, do not disclose, reproduce or distribute to others. The Superintendencia de
Telecomunicaciones is not responsible for any damage caused by its dissemination. Thank you for report the abuse sending an email to
soporte@sutel.go.cr.
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no to divulgue, reproduzca o distribuya a terceros. La Superintendencia de Telecomunicaciones no se hace responsable por ningun
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ACUERDO No 001-2019-TEL-MICITT
EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGIA Y TELECOMUNICACIONES
Con fundamento en las atribuciones que les confieren los articulos 11, 121 inciso 14) subinciso c), y 129
de la "Constituci6n Politica de la Republica de Costa Rica" emitida en fecha 07 de noviembre de 1949; y
en raz6n de to dispuesto en los articulos 11, 16 inciso 1), 25 inciso 1), 27 inciso 1), 28 inciso 2) subincisos
a) y b), 264 y 346 inciso 1) de la Ley N° 6227, "Ley General de la Administraci6n Publica emitida en
fecha 02 de mayo de 1978 y publicada en el Diario Oficial La Gaceta No 102, Alcance No 90, de fecha 30
de mayo de 1978; en los articulos 7, 9 inciso b), 10, 22, 25, 26 de la Ley N° 8642, "Ley General de
Telecomunicaciones", (LGT), emitida en fecha 04 de junio de 2008 y publicada en el Diario Oficial La
Gaceta N° 125 de fecha 30 de junio de 2008, en el articulo 39 de la Ley N° 8660, "Ley de Fortalecimiento
y Modernizaci6n de Entidades Publicas del Sector Telecomunicaciones", emitida en fecha 08 de agosto
de 2008 y publicada el Diario Oficial La Gaceta N° 156, Alcance N° 31, de fecha 13 de agosto de 2008 y
sus reformas; en el articulo 17 de la Ley N° 9307, denominada "Creaci6n del Sistema de Alerta y el
Procedimiento para la Coordinaci6n y Reacci6n Inmediata entre las Instituciones Publicas y Privadas ante
la Desaparici6n o Sustracci6n de Personas Menores de Edad", emitida en fecha 18 de agosto de 2015 y
publicada en Diario Oficial La Gaceta N° 224 de fecha 18 de noviembre de 2015; en to dispuesto en los
articulos 1, 2, 3, 16 y 17 del Decreto Ejecutivo N° 40639-MICITT "Reglamento general para la
regulaci6n de los tramites del servicio de radioaficionado y afines" emitido en fecha 03 de julio de 2017 y
publicado en el Alcance Digital No 246 al Diario Oficial La Gaceta N° 194 de fecha 13 octubre de 2017;
en to dispuesto en el Decreto Ejecutivo N° 35257-MINAET, "Plan Nacional de Atribuci6n de
Frecuencias", emitido en fecha 16 de abril de 2009 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta No 103,
Alcance N° 19, de fecha 29 de mayo de 2009 y sus reformas; en la recomendaci6n tecnica emitida por la
1
Superintendencia de Telecomunicaciones (pudiendo abreviarse como SUTEL), mediante oficio N°
10495-SUTEL-DGC-2018 de fecha 17 de diciembre de 2018, aprobada por Acuerdo N° 026-087-2018 de
su Consejo, adoptado en la sesi6n ordinaria N° 087-2018 de fecha 19 de diciembre de 2018, en el Informe
Tecnico N° MICITT-DERRT-DAER-INF-001-2019 de fecha 08 de enero 2018 del Departamento de
Administraci6n del Espectro Radioelectrico (GAER), el Informe Tecnico-Juridico N° MICITT-DNPT-
INF-004-2019 de fecha 10 de enero de 2019 del Departamento de Normas y Procedimientos en
Telecomunicaciones (DNPT), ambos Departamentos del Viceministerio de Telecomunicaciones del
Ministerio de Ciencia, Tecnologia y Telecomunicaciones (MICITT) y la solicitud de permiso temporal de
use de frecuencia para radioaficionado presentada por el senor Richard Edward Post, de nacionalidad
norteamericana, portador del pasaporte No 589952958, que se tramita en el Departamento de Normas y
Procedimientos en Telecomunicaciones del Viceministerio de Telecomunicaciones de MICITT bajo el
expediente administrativo N° DNPT-126-2018.
CONSIDERANDO:
PRIMERO: La Superintendencia de Telecomunicaciones mediante correo electr6nico de fecha 03 de
diciembre de 2018, recibido en el Viceministerio de Telecomunicaciones en misma fecha, remiti6 el
"Formulario de Solicitud de Permiso de Uso del Espectro Radioel6ctrico para el Servicio de
Radioaficionado y la Operaci6n de la Banda Ciudadana (N° MICITT-ROBC-002)", presentado por el
senor Richard Edward Post, con solo un apellido en raz6n de su nacionalidad norteamericana, portador
del pasaporte N° 589952958, en el cual solicit6 el otorgamiento del permiso temporal para transmitir
desde la Provincia de San Jose del 08 de enero de 2019 al 26 de enero de 2019; con el indicativo
TI2N7EMW. (Folios 01 a 09 del expediente administrativo N° DNPT-126-2018).
2
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SEGUNDO: Que mediante oficio N° MICITT-DCNT-DNPT-OF-418-2018 de fecha 13 de diciembre de
2018, el Departamento de Normas y Procedimientos en Telecomunicaciones, solicit6 a la
Superintendencia de Telecomunicaciones (en adelante podra abreviarse SUTEL), el criterio t6cnico
relacionado con la solicitud de permiso temporal por reciprocidad de use de frecuencias para
radioaficionado en la Categoria Intermedio (Clase B), para transmitir desde la provincia de San Josh del
08 de enero de 2019 a126 de enero de 2019 presentada por el senor Richard Edward Post. (Folio 10 del
expediente administrativo N° DNPT-126-2018)
TERCERO: Que mediante oficio N° 10616-SUTEL-SCS-2018 de fecha 20 de diciembre de 2018, la
Superintendencia de Telecomunicaciones remiti6 la recomendaci6n t6cnica emitida mediante el oficio N°
10495-SUTEL-DGC-2018, de fecha 17 de diciembre de 2018, el cual fue aprobado por su Consejo
mediante Acuerdo N° 026-087-2018, adoptado en la sesi6n ordinaria N° 087-2018 celebrada en fecha 19
de diciembre de 2018, en el cual la SUTEL con sustento en el numeral 17 del Decreto Ejecutivo N°
40639-MICITT denominado "Reglamento general para la regulaci6n de los tramites del servicio de
radioaficionado y afines" emitido en fecha 03 de julio de 2017 y publicado en el Alcance Digital N° 246
at Diario Oficial La Gaceta N° 194 de fecha 13 octubre de 2017 recomend6 otorgar el permiso temporal
de radioaficionado, Categoria de Intermedio (Clase B) at senor Richard Edward Post, para transmitir
desde la Provincia de San Josh del 08 de enero de 2019 at 26 de enero de 2019. (Folios 12 at 17 del
expediente administrativo N° DNPT-126-2018).
3
CUARTO: Que mediante memorando N° MICITT-DCNT-DNPT-MEMO-231-2018 de fecha 21 de
diciembre de 2018, el Departamento de Normas y Procedimientos en Telecomunicaciones solicit6 a el
Departamento de Administraci6n del Espectro Radioelectrico (en adelante podrd abreviarse como DAER)
del Viceministerio de Telecomunicaciones, la emisi6n del criterio tecnico respecto de la recomendaci6n
emitida mediante el oficio N° 10495-SUTEL-DGC-2018 de la Superintendencia de Telecomunicaciones
y la solicitud del senor Richard Edward Post. (Folios 18 y 19 del expediente administrativo N° DNPT-
126-2018).
QUINTO: Que por medio del memorando N° MICITT-DERRT-DAER-MEMO-002-2019, de fecha 08 de
enero de 2019, recibido en el Departamento de Normas y Procedimientos en Telecomunicaciones en
fecha 09 de enero de 2019, el Departamento de Administraci6n del Espectro Radioel6ctrico remiti6 el
informe t6cnico N° MICITT-DERRT-DAER-INF-001-2019, de fecha 08 de enero de 2019, respecto de la
solicitud de permiso temporal por reciprocidad de radioaficionado solicitado por el senor Richard Edward
Post, en el que recomend6 al suscrito aprobar el criterio tecnico de la SUTEL emitido mediante oficio N°
10495-SUTEL-DGC-2018, y otorgar el permiso solicitado por el administrado, por no existir razones de
orden publico o inters nacional que sustenten apartarse de dicha recomendaci6n del 6rgano tecnico.
(Folio 20 a 24 del expediente administrativo N° DNPT-126-2018).
SEXTO: Que el Departamento de Normas y Procedimientos en Telecomunicaciones mediante el informe
tecnico N° MICITT-DNPT-INF-004-2019 de fecha 10 de enero de 2019, recomend6 al senor
Viceministro de Telecomunicaciones que sugiera al suscrito acoger la recomendaci6n t6cnica emitida por
la SUTEL mediante N° 10495-SUTEL-DGC-2018 de fecha 17 de diciembre de 2018, y otorgar el
permiso temporal de use de espectro radioelectrico para el servicio de radioaficionado en la Categoria
El
Intermedia (Clase B), por no encontrarse razones de orden publico, o interes nacional, ni fundamentos de
hecho ni de derecho que justifiquen una separacion u oposicion de to recomendado por el Ente Regulador
y la DAER. (Folios 25 a 31 del expediente administrativo N° DNPT-126-2018).
SEPTIMO: Que el Viceministro de Telecomunicaciones mediante el oficio N° MICITT-DVT-D-001-
2019 de fecha 10 de enero de 2019, acogio integramente los criterios tecnicos de la Superintendencia de
Telecomunicaciones y de las dependencias tecnica y juridica del Viceministerio de Telecomunicaciones,
referenciadas en los considerandos anteriores, por no existir razones de inter6s nacional ni de orden
publico para separarse de las mismas y en ese mismo acto, recomendo al suscrito acoger dichas
recomendaciones. Dicho oficio y las recomendaciones tecnicas que to sustentan, referenciadas en los
considerandos anteriores, constan en el expediente administrativo N° DNPT-126-2018, del Departamento
de Normas y Procedimientos en Telecomunicaciones del Viceministerio de Telecomunicaciones
(MICITT) para mayor abundamiento.
POR TANTO,
ACUERDA:
ARTICULO 1.- ACOGER la recomendacion tecnica emitida por parte de la Superintendencia de
Telecomunicaciones mediante el oficio N° 10495-SUTEL-DGC-2018, de fecha 17 de diciembre de 2018,
el cual fue aprobado por su Consejo mediante Acuerdo N° 026-087-2018, adoptado en la sesion ordinaria
N° 087-2018 celebrada en fecha 19 de diciembre de 2018 y OTORGAR al senor Richard Edward Post,
con solo un apellido en razon de su nacionalidad norteamericana, portador del pasaporte N° 589952958,
5
el permiso temporal de use del espectro radioel6ctrico, para el servicio de radioaficionado, en la Categoria
Intermedio (Clase B), segan se detalla a continuaci6n:
DETALLE 1
Permisionario
Richard Edward Post
Pasa orte N° 589952958
Titulo habilitante
Permiso temporal
Clasificaci6n del espectro
Uso no comercial
Servicio radioel6ctrico
Aficionados
Cobertura
Nacional
Categoria
Intermedin Clase B
Los rangos de frecuencias detallados en el
Frecuencias de operaci6n
Adendum V del PNAF para la categoria
Intermedin Clase B
Indicativo Radioaficionado Categoria
Intermedio
TI2N7EMW
A partir del dia habil siguiente a la
Vigencia
notificaci6n del presente Acuerdo que
otorga el permiso y hasta el 26 de enero
del 2019 inclusive
EQUIPO;SO'
Marca Modelo Potencia 7Polarizaci6n de la antena Ganancia dBi
Elecraft KX2 I 12W I --- ---
ARTICULO 2.- Indicar al senor RICHARD EDWARD POST que debe sujetarse a to dispuesto en el
articulo 7 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley N° 8642, en el cual establece que la
planificaci6n y control del espectro radioel6ctrico se llevara a cabo segun to establecido en la
Constituci6n Politica, los Tratados Internacionales, la citada Ley, el Plan Nacional de Desarrollo de las
Telecomunicaciones, el Plan Nacional de Atribuci6n de Frecuencias y los demas reglamentos que al
efecto se emitan.
ARTICULO 3.- Informar al senor RICHARD EDWARD POST que, queda sujeto a las disposiciones
establecidas en la Ley General de Telecomunicaciones, Ley N° 8642, el Reglamento a la Ley General de
6
Telecomunicaciones (en to pertinente), el Decreto Ejecutivo N° 40639-MICITT, Reglamento General
para la Regulaci6n de los Trdmites del Servicio de Radioaficionados y Afines, y demos normativa vigente
en esta materia o la que en el futuro se dicte.
ARTICULO 4.- Informar al senor RICHARD EDWARD POST que queda sujeto a las disposiciones
establecidas en el Adendum V del Plan Nacional de Atribuci6n de Frecuencias sobre las caracteristicas
t&cnicas de los equipos y las bandas de frecuencias en las que podrd operar este servicio y a las
disposiciones del Manual del Radioaficionado de Costa Rica en cuanto a la forma de operaci6n del
servicio, el c6digo de &tica y los demds temas contenidos en dicho documento.
ARTICULO 5.- Informar al senor RICHARD EDWARD POST que, deberd operar el servicio sin generar
interferencias perjudiciales a este u otro servicio en estricto apego de las caracteristicas establecidas en el
presente Acuerdo.
ARTICULO 6.- Informar al senor RICHARD EDWARD POST que, de conformidad con el articulo 9 de
la "Ley General de Telecomunicaciones", y de acuerdo con el use pretendido para las frecuencias
otorgadas en el presente Acuerdo, el permiso se ajusta a la clasificaci6n del espectro radioel6ctrico de
"Uso no comercial" por tratarse de un servicio de radiocomunicaci6n privada, y siendo que el permiso es
temporal, esto es, en la solicitud presentada por el administrado detalla especificamente que to requiere
unicamente durante el periodo que se encuentre en trdnsito en el territorio costarricense, tendril una
vigencia desde el dia habil siguiente a la notificaci6n del presente titulo y hasta 26 de enero de 2019.
7
ARTICULO 7.- Informar al senor RICHARD EDWARD POST que, sumado a las obligaciones
establecidas en el presente Acuerdo, en las leyes y la reglamentaci6n correspondiente, estard obligado a
utilizar este permiso solamente para fines licitos, asi como aceptar y responder con prioridad absoluta las
llamadas y mensajes de socorro del origen que sea.
ARTICULO 8.- Informar al senor RICHARD EDWARD POST que, deberd cumplir con to dispuesto en
el articulo 17 de la Ley N° 9307, denominada "Creaci6n del Sistema de Alerta y el Procedimiento para la
Coordinaci6n y Reacci6n Inmediata entre las Instituciones Publicas y Privadas ante la Desaparici6n o
Sustracci6n de Personas Menores de Edad", publicada en Diario Oficial La Gaceta N° 224 de fecha 18 de
noviembre de 2015, en relaci6n con el sistema de alerta y el procedimiento para la coordinacio'n y
reacci6n inmediata de las instituciones publicas y privadas ante el reporte de desaparici6n o sustracci6n
de personas menores de edad, reportadas como sustraidas o desaparecidas.
ARTICULO 9.- Infonnar al senor RICHARD EDWARD POST, sobre su derecho a recurrir el presente
Acuerdo, mediante los recursos ordinarios de revocatoria y apelaci6n, los cuales deberdn ser presentados
en el plazo de tres (3) dias hdbiles contados a partir de la notificaci6n del Acuerdo, debiendo presentar su
escrito en el Despacho Ministerial de Ciencia, Tecnologia y Telecomunicaciones, sito en San Jose,
Zapote, 250 metros oeste de la entrada principal de Casa Presidencial, Edificio Mira, primer piso. Lo
anterior de conformidad con el articulo 346 inciso 1) de la Ley General de Administraci6n Publica.
ARTICULO 10.- Notificar el presente Acuerdo al radioaficionado, por el medio senalado dentro del
expediente administrativo, y que este mismo sea notificado a la SUTEL con el fin de ser inscrito en el
Registro Nacional de Telecomunicaciones.
E:3
ARTICULO 11.- Rige a partir del dia habil siguiente a su notificaci6n y hasta el 26 de enero de 2019.
Dado en la Presidencia de la Republica, el dia 10 de enero de 2019.
C Firmado digitalmente
LUIS ADRIAN} por LUIS ADRIAN
SALAZAR fiA" "(FIRMA)LR sous
SOLIS (FIRMA)-Fecna:2019.01.11
�d 09:15:48 -06'00'
LUIS ADRIAN SALAZAR SOLIS
MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGIA Y TELECOMUNICACIONES
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