IniciarMi WebLinkAcerca deNI-00482-2019 Acuerdo del Poder Ejecutivo Otorgando el PermisoSRV: Notification de Acuerdo Ejecutivo 01'3 s
Inscripciones RNT
jue 17/1/2019 08:50
Para:Gestion Documental<gestiondocumental @sutel.go.cr>;
cc:Paul Avendano <paul.avendano@sutel.go.cr>; Mario Vega <mario.vega@sutel.go.cr>; Daniel Castro <daniel.castro@sutel.go.cr>;
6 1 archivos adjuntos (1 MB) --
LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 330-2018-TEL-MICITT.pdf; °
Buenos dias RECTEZPCION
Por favor colocar NI a incluir el archivo y el correo electronico adjuntos en el expediente C0825-ERC-DTO-ER-
00961-2018 (RADIOAFICIONADO).
Es de surra importancia que se incluya el correo del MICITT, porque en este se indica cuando se notifico el
Acuerdo Ejecutivo al regulado.
Le copio a Paul y Mario para que procedan segun corresponda
Finalmente, asignar el NI al RNT.
**IMPRIMIR TODA LA CADENA DE CORREOS**
Saludos,
M6nica Salazar A.
Ingeniera en Telecomunicaciones
Direction General de Calidad
Tel: 4000-0000 ext. 77
Fax: 2215-6821
monica.salazar@sutel.go_cr
www.sutel.go_cr
De: Adriana Navarrete <adriana.navarrete@midt.go.cr>
Enviado: jueves, 17 de enero de 2019 08:30
Para: Inscriptiones RNT
Asunto: Notificaci6n de Acuerdo Ejecutivo
Senores
Registro Nacional de Telecomunicaciones
Superintendencia de Telecomunicaciones
2 2,0117
GESTI6N N°:—ai ,- ER
Pbft comw tas sombre °9t�do do sat9 tMrMfts, favor
-2018
Presente
Por 6rdenes superiores, tal y como se acord6 mediante el oficio N° 343-SUTEL-2011 del 25 de febrero de 2011, se
les remite a esta cuenta de correo electr6nico el ACUERDO EJECUTIVO N° 330-2018-TEL-MICITT,
otorgado al senor Miguel Cifuentes Jara para su debida inscripci6n en el Registro Nacional de
Telecomunicaciones.
No omito manifestar que el respectivo Acuerdo Ejecutivo fue notificado al administrado el dia 07 de enero de
2018, mediante correo electr6nico.
----LIBERACION DE RESPONSABILIDAD---- Este mensaje de correo, puede contener informaci6n confidencial, propietaria o con derechos
reservados y privilegios legales asociados, para el use de su destinatario. Si usted no es el interesado por favor eliminelo, no to divulgue,
reproduzca o distribuya a terceros. La Superintendencia de Telecomunicaciones no se hace responsable por ningun dano causado por su
difusi6n. Agradecemos informar su use indebido a soporte@sutel.go.cr.
----DISCLAIMER--- This email message may contain confidential, proprietary or copyrighted and legal privileges associated to the use of the
addressee. If you are not the intended recipient please erase it, do not disclose, reproduce or distribute to others. The Superintendencia de
Telecomunicaciones is not responsible for any damage caused by its dissemination. Thank you for report the abuse sending an email to
soporte@sutel.go.cr.
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no to divulgue, reproduzca o distribuya a terceros. La Superintendencia de Telecomunicaciones no se hace responsable por ningun
dano causado por su difusi6n. Agradecemos informar su use indebido a soporte@sutel.go.cr.
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ACUERDO EJECUTWO No 330-2018-TEL-MICITT
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y
El MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGIA Y TELECOMUNICACIONES
Con f indamento en las atribuciones que les confieren los articulos 11, 121 inciso 14)
subinciso c), 129, 140 inciso 20) y 146 de la "Constituci6n Politica de la Republica de Costa
Rica", emitida en fecha 07 de noviembre de 1949; y en raz6n de to dispuesto en los articulos
11, 16 inciso 1), 21, 25 inciso 1), 27 inciso 1), 28 inciso 2) subincisos a) y b), 264 y 346
inciso 1) de la Ley N° 6227, "Ley General de la Administraci6n Publica", emitida en fecha
02 de mayo de 1978 y publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 102, Alcance N° 90, de
fecha 30 de mayo de 1978; en los articulos 7, 9 inciso b), 10, 25 y 26 de la Ley N° 8642,
"Ley General de Telecomunicaciones" (LGT), emitida en fecha 04 de junio de 2008 y
publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 125 de fecha 30 de junio de 2008; en los articulos
60 y 73 de la Ley N° 7593, "Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Publicos
(ARESEP)", emitida en fecha 05 de setiembre de 1996 y publicada en el Diario Oficial La
Gaceta N° 169 de fecha 05 de setiembre de 1996 y sus reformas; en el articulo 39 de la Ley
N° 8660, "Ley de Fortalecimiento y Modernizaci6n de las Entidades Pfiblicas del Sector
Telecomunicaciones", emitida en fecha 08 de agosto de 2008 y publicada el Diario Oficial
La Gaceta N° 156, Alcance N° 31, de fecha 13 de agosto de 2008 y sus reformas; en el
articulo 17 de la Ley N° 9307, "Creaci6n del Sistema de Alerta y el Procedimiento para la
Coordinaci6n y Reacci6n Inmediata entre las Instituciones Publicas y Privadas ante la
Desaparici6n o Sustracci6n de Personas Menores de Edad", emitida en fecha 18 de agosto de
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2015 y publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 224 de fecha 18 de novieinbre de 2015;
en el articulo 3 de la Ley N° 8220, "Ley de Protecci6n al ciudadano del exceso de requisitos
y trdmites administrativos", emitida en fecha 04 de marzo de 2002 y publicada en el Alcance
Digital N° 22 al Diario Oficial La Gaceta N° 49 de fecha 11 de marzo de 2002 y sus refonnas;
en los articulos 45, 82 y 83 del Decreto Ejecutivo N° 34765-MINAET, "Reglamento a la Ley
General de Telecoinunicaciones" (RLGT), emitido en fecha 22 de setiembre de 2008 y
publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 186 de fecha 26 de setiembre de 2008 y sus
reformas; en to dispuesto en los articulos 3 al 9, 13, 15, 16, 19, 23 al 26 y los Transitorios I
y II del Decreto Ejecutivo N° 40639-MICITT, "Reglamento general para la regulaci6n de los
trdmites del servicio de radioaficionado y afines", emitido en fecha 03 de julio de 2017, y
publicado en el Alcance Digital N° 246 al Diario Oficial La Gaceta N° 194 de fecha 13
octubre de 2017; en to dispuesto en el Decreto Ejecutivo N° 35257-MINAET, "Plan Nacional
de Atribuci6n de Frecuencias", emitido en fecha 16 de abril de 2009 y publicado en el Diario
Oficial La Gaceta. N° 103, Alcance N° 19, de fecha 29 de mayo de 2009 y sus refonnas; en
las recomendaciones t6cnicas emitidas por la Superintendencia de Telecomunicaciones
(SUTEL), mediante officio N° 06327-SUTEL-DGC-2018 de fecha 03 de agosto de 2018,
aprobado mediante Acuerdo de su Consejo N° 025-050-2018, adoptado en la sesi6n ordinaria
N° 050-2018 de fecha 06 de agosto de 2018, y oficio N° 00704-SUTEL-DGC-2018 de fecha
31 de enero de 2018, el cual fue aprobado por el Consejo de la SUTEL, mediante el Acuerdo
N° 024-008-2018, adoptado en la sesi6n ordinaria N° 008-2018, celebrada el dia 07 de
febrero de 2018; en el informe t6cnico N° MICITT-DERRT-DAER-INF-225-2018, de fecha
03 de setiembre de 2018, del Departamento de Administraci6n del Espectro Radioel&ctrico
(DAER); en el Informe T&cnico-Juridico N° MICITT-DCNT-DNPT-INF-223-2018 de fecha
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18 de octubre de 2018 del Departamento de Nonnas y Procedimientos en
Telecomunicaciones (DNPT), ambas dependencias del Viceministerio de
Telecomunicaciones del Ministerio de Ciencia, Tecnologia y Telecomunicaciones (MICITT)
y la solicitud de permisos de use de espectro radioeldctrico para el Servicio de
Radioaficionado y para la operaci6n de la Banda Ciudadana presentada por el senor MIGUEL
CIFUENTES JARA, portador de la c6dula de identidad N° 8-0112-0559, que se tramita bajo
el expediente administrativo N° DNPT-067-2018 bajo custodia del Departamento de Nonnas
y Procedimientos en Telecomunicaciones del Viceministerio de Telecomunicaciones del
MICITT.
CONSIDERANDO:
PRIMERO: Que mediante los formularios denominados "Fonnulario de Solicitud de
Licencia para el Servicio de Radioaficionado y la operaci6n de la Banda Ciudadana" (N°
MICITT-ROBC-001) y "Formulario de Solicitud de permiso de use del espectro
radioeldctrico para el Servicio de Radioaficionado y la operaci6n de la Banda Ciudadana"
(N° MICITT-ROBC-002) presentados ante el Viceministerio de Telecomunicaciones en
fecha 19 de enero de 2018, el senor MIGUEL CIFUENTES JARA, portador de la c6dula de
identidad N° 8-0112-0559, solicit6 el otorgamiento de las licencias para el Servicio de
Radioaficionado en la Categoria Novicio (Clase C) y para la operaci6n de la Banda
Ciudadana; asi como los respectivos permisos de use del espectro radioeldctrico. Asimismo,
solicit6 que de ser posible se le asignara el indicativo TI4MCJ o TI4APD, para el servicio de
radioaficionado. (Folios 01 a106 del expediente administrativo N° DNPT-067-2018).
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SEGUNDO: Que mediante el oficio N° 01146-SUTEL-SCS-2018 de fecha 15 de febrero de
2018, recibido en el Viceministerio de Telecomunicaciones en igual fecha, la
Superintendencia de Telecomunicaciones remiti6 el criterio t&cnico emitido mediante oficio
N° 00704-SUTEL-DGC-2018 de fecha 31 de enero de 2018, el cual fue aprobado por el
Consejo de la SUTEL, mediante el Acuerdo N° 024-008-2018, adoptado en la sesi6n
ordinaria N° 008-2018, celebrada el dia 07 de febrero de 2018, en el cual, dicha
Superintendencia estableci6 las condiciones generales que deben ser aplicadas a los
dictamenes t6cnicos de licencias y pennisos de use de espectro radioel6ctrico para el servicio
de radioaficionado y el operador de la banda ciudadana. (Folios 23 a 28 del expediente
administrativo N° DNPT-067-2018).
TERCERO: Que mediante el oficio N° MICITT-DCNT-DNPT-OF-202-2018 de fecha 04 de
junio de 2018, el Departamento de Nonnas y Procedimientos en Telecomunicaciones del
Viceministerio de Telecoinunicaciones solicit6 el respectivo criterio t&cnico a la
Superintendencia de Telecomunicaciones (en adelante podra abreviarse como SUTEL) sobre
la solicited efectuada por parte del senor MIGUEL CIFUENTES JARA. (Folios 10 del
expediente administrativo N° DNPT-067-2018).
CUARTO: Que mediante oficio N° 06781-SUTEL-SCS-2018 de fecha 17 de agosto de 2018,
la Superintendencia de Telecomunicaciones remiti6 el dictamen t&cnico emitido mediante el
oficio N° 06327-SUTEL-DGC-2018, de fecha 03 de agosto de 2018, aprobado mediante
Acuerdo de su Consejo No 025-050-2018, adoptado en la sesi6n ordinaria N° 050-2018 de
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fecha 06 de agosto de 2018, en el cual la SUTEL recomend6 que se le concedieran las
licencias para el Servicio de Radioaficionado en la Categoria Novicio (Clase C), con el
indicativo TI4MCJ y para la operaci6n de la Banda Ciudadana con el indicativo TEA4MCJ,
asi corno otorgarle los permisos de use de espectro radioel6ctrico en la misma categoria e
indicativo, al senor MIGUEL CIFUENTES JARA por haber cumplido con los requisitos
establecidos para estos. (Folios 11 a 16 del expediente administrativo N° DNPT-067-2018).
QUINTO: Que mediante memorando N° MICITT-DCNT-DNPT-MEMO-152-2018 de fecha
23 de agosto de 2018, el Departamento de Normas y Procedimientos en Telecomunicaciones
solicit6 al Departamento de Administraci6n del Espectro Radioel6ctrico (en adelante podra
abreviarse corno DAER) del Viceministerio de Telecomunicaciones, el criterio tecnico
respecto de la recomendaci6n tecnica emitida mediante officio N° 06327-SUTEL-DGC-2018,
de la Superintendencia de Telecomunicaciones y la solicitud del senor MIGUEL
CIFUENTES JARA. (Folio 17 del expediente administrativo N° DNPT-067-2018).
SEXTO: Que mediante el memorando No MICITT-DERRT-DAER-MEMO-148-2018, de
fecha 03 de setiembre de 2018, el Departamento de Administraci6n del Espectro
Radioel6ctrico remiti6 el informe t6cnico N° MICITT-DERRT-DAER-INF-225-2018, de
fecha 03 de setiembre de 2018, respecto de la solicitud de permisos de use de espectro
radioelectrico y licencias para el Servicio de Radioaficionado y para la operaci6n de la Banda
Ciudadana del senor MIGUEL CIFUENTES JARA, en el que recomend6 al senor
Viceministro de Telecomunicaciones conceder la licencia para el Servicio de
Radioaficionado en la Categoria Novicio (Clase C) con el indicativo TI4MCJ y la licencia
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para la operaci6n de la Banda Ciudadana con el indicativo TEA4MCJ, asi tomo que,
recomendara a su vez al Poder Ejecutivo aprobar el criterio t6cnico de la SUTEL emitido
mediante officio N° 06327-SUTEL-DGC-2018, y otorgar los pennisos solicitados por el
administrado, por no existir razones de orden publico o inter6s national que sustenten
apartarse de la recomendaci6n realizada por el Organo t6cnico. (Folios 18 a 22 del expediente
administrativo N° DNPT-067-2018).
SEPTIMO: Que el Departamento de Normas y Procedimientos en Telecomunicaciones
emiti6 el informe t&cnico juridico N° MICITT-DCNT-DNPT-INF-223-2018 de fecha 18 de
octubre de 2018, respecto de la solicited del senor MIGUEL CIFUENTES JARA, en el cual
recomend6 al senor Viceministro de Telecomunicaciones el otorgamiento de las licencias
para el Servicio de Radioaficionado en la Categoria Novicio (Clase C) y para la operaci6n de
la Banda Ciudadana, y que a su vez recomendara al Poder Ejecutivo aprobar el criterio
t6cnico de la SUTEL emitido mediante officio N° 06327-SUTEL-DGC-2018, y otorgar los
permisos de use de espectro radioel6ctrico en la misma categoria y con el mismo indicativo,
por no encontrarse razones de orden publico, o inter6s national, ni fundamentos de hecho ni
de derecho que justifiquen una separaci6n u oposici6n de las recomendaciones t&cnicas de la
SUTEL y del DAER. (Folios 32 a143 del expediente administrativo N° DNPT-067-2018).
OCTAVO: Que el Viceministro de Telecomunicaciones mediante el officio N° MICITT-
DVT-D-213-2018 de fecha 08 de noviembre de 2018, acogi6 integramente los criterios
t6cnicos de la Superintendencia de Telecomunicaciones y de las dependencias t6cnica y
juridica del Viceministerio de Telecomunicaciones, referenciadas en los considerandos
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anteriores, por no existir razones de inter6s nacional ni de orden publico para separarse de
las mismas y en ese mismo acto, recomend6 al Poder Ejecutivo acoger dichas
recomendaciones. Dicho oficio y las recomendaciones t6cnicas que to sustentan, constan en
el expediente administrativo N° DNPT-067-2018, del Departamento de Normas y
Procedimientos en Telecolnunicaciones del Viceministerio de Telecomunicaciones
(MICITT) para mayor abundamiento.
POR TANTO,
ACUERDAN:
ARTICULO 1.- ACOGER la solicitud y OTORGAR al senor MIGUEL CIFUENTES JARA,
portador de la c6dula de identidad N° 8-0112-0559, los Permisos de Uso del Espectro
Radioel6ctrico para el Servicio de Radioaficionado en la Categoria Novicio (Clase C) y para
la operaci6n de la Banda Ciudadana, seglin se detalla a continuaci6n:
DETALLE DEL TITULO HABILITANTE
Permisionario
Miguel Cifuentes Jara
Cedula de identidad N° 8-0112-0559
Ti o de titulo habilitante
Permiso
Clasificaci6n del es ectro
Uso no comercial
Servicio radioelectrico
Aficionados
Cobertura
Nacional
Cate orias
Novicio Clase C y Banda Ciudadana
Frecuencias de operaci6n
Los rangos de frecuencias detallados en las Addenda V y
VI del PNAF para la categoria Novicio (Clase C) y Banda
Ciudadana
Indicativo Radioaficionado Cate oria Novicio
TI4MCJ
Indicativo Banda Ciudadana
TEA4MCJ
Plazo de vigencia del titulo habilitante
Cinco (5) aiios a partir de la notificaci6n del presente
Acuerdo E'ecutivo que otor a el permiso
E UIPOS PORTATILES Y MOVILES
Marca Modelo Potencia
Polarizaci6n de la antena Ganancia dBi
Uniden Grant XL 4W
Vertical 1
Midland 75-822 4W
--- ---
Baofen BF-F8HP 8W
--- ---
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Baofen GT-3TP I 8W I --- I ---
ARTICULO 2. - Informar al senor MIGUEL CIFUENTES JARA, que los equipos presentes
en la tabla anterior son los que se utilizaron para llevar a cabo el correspondiente estudio
t6cnico de asignaci6n de frecuencias, no obstante, si estos equipos son reemplazados por
otros con iguales caracteristicas t6cnicas, que no afecten la cobertura asignada en el presente
docuinento, no existe la necesidad de modificar este Acuerdo Ejecutivo. Sin embargo, de
conformidad con to establecido en el articulo 20 del Reglamento a la Ley General de
Telecomunicaciones, el titular debera informar a la SUTEL los cambios realizados para que
se proceda con la modificaci6n de los registros pertinentes, dentro de los treinta (30) dias
naturales siguientes a la fecha efectiva del cambio.
ARTICULO 3. - Informar al senor MIGUEL CIFUENTES JARA, que en caso de que desee
instalar un nuevo equipo de radiocomunicaci6n o cambiar la localidad del sitio de
transmisi6n, debera notificarlo a la SUTEL para su respectiva valoraci6n y aprobaci6n.
ARTICULO 4. - Informar al senor MIGUEL CIFUENTES JARA, que de conformidad con
el articulo 24 del Reglamento General para la Regulaci6n de los Trdmites del Servicio de
Radioaficionado y Afines, los permisos de use del espectro radioel6ctrico para
radioaficionado y para la operaci6n de la banda ciudadana se otorgardn por un periodo de
cinco (5) anos, los cuales podran ser renovados a solicitud del interesado por periodos
iguales. Todo to anterior, de conformidad con los articulos 9 y 26 de la Ley General de
Telecomunicaciones, ya que acuerdo con el use pretendido para los rangos de frecuencias
otorgadas en el presente Acuerdo Ejecutivo, los permisos se ajustan a la clasificaci6n del
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ivO
espectro radioelectrico de "Uso no comercial" por tratarse de un servicio de
espectroradioelectrico de afici6n.
ARTICULO 5. - Informar al senor MIGUEL CIFUENTES JARA, que de conformidad con
el articulo 24 del Reglamento General para la Regulaci6n de los Tramites del Servicio de
Radioaficionado y Afines, los pennisos se extinguen al cumplimiento del plazo de cinco (5)
afios sin haber realizado el tramite de renovaci6n indicado en el articulo anterior. Si anterior
al vencimiento del plazo indicado, no se realiza el tramite requerido para la renovaci6n de
los permisos, el Poder Ejecutivo, en sujeci6n al principio de legalidad, procedera a la
extinci6n de estos. Ante esta situaci6n el administrado podra iniciar un nuevo tramite para
un nuevo permiso de use del espectro radioelectrico para radioaficionado y/o de operador de
la banda ciudadana, de acuerdo con los articulos 16 y 19 del Reglamento General para la
Regulaci6n de los Tramites del Servicio de Radioaficionado y Afines.
ARTICULO 6. - Prevenir al senor MIGUEL CIFUENTES JARA, que debera sujetarse a to
dispuesto en el articulo 7 de la Ley General de Telecomunicaciones, en el cual establece que
la planificaci6n, administraci6n y control del espectro radioelectrico se llevara a cabo segun
to establecido en la Constituci6n Politica, los Tratados Internacionales, la citada Ley, el Plan
Nacional de Desarrollo de las Telecomunicaciones, el Plan Nacional de Atribuci6n de
Frecuencias y los demas reglamentos que al efecto se emitan.
ARTICULO 7. - Indicar al senor MIGUEL CIFUENTES JARA, que, con fundamento en el
articulo 80 del Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones, una vez finne el
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presente Acuerdo Ejecutivo, deberd proceder a la instalaci6n de los equipos, tomando en
consideraci6n que dispone de un (1) ano para iniciar la operaci6n de las redes. Instalada la
red, dentro del plazo de diez (10) dias hdbiles, a tenor del articulo 264 de la Ley General de
la Administraci6n Publica, debera notificar a la Superintendencia de Telecornunicaciones a
fin de que se realicen las inspecciones respectivas y se pueda comprobar que dicha instalaci6n
se ajusta a to autorizado en el titulo habilitante. De no acusar la instalaci6n dentro del plazo
establecido por Ley (1 ano a partir del otorgamiento del permiso por parte del Poder
Ejecutivo), la SUTEL se Bard por enterada que no se instal6 la red y procederd a indicar al
Viceministerio de Telecornunicaciones que proceda con el procedimiento respectivo para la
extinci6n del presente titulo habilitante. Lo anterior fundamentado en los articulos 82 y 83
del Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones.
ARTICULO 8. - Advertir al senor MIGUEL CIFUENTES JARA, que no existe norma
juridica que posibilite legalmente la cesi6n de los permisos para el use de frecuencias, por to
que, en caso de requerirlo, to procedente es la renuncia del titulo habilitante originalmente
otorgado al permisionario y la presentaci6n de una nueva solicitud de permiso por parte del
nuevo interesado.
ARTICULO 9. - Prevenir al senor MIGUEL CIFUENTES JARA, que serdn causales de
extinci6n de los permisos de use del espectro radioel6ctrico para radioaficionado y/o de
operador de la banda ciudadana, las establecidas en el articulo 26 del Reglamento General
para la Regulaci6n de los Trdmites del Servicio de Radioaficionado y Afines.
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ARTICULO 10. - Indicar al senor MIGUEL CIFUENTES JARA que, debera operar el
servicio sin generar interferencias per udiciales a este u otro servicio en estricto apego de las
caracteristicas establecidas en el presente Acuerdo.
ARTICULO 11. - Informar al senor MIGUEL CIFUENTES JARA que, queda sujeto a las
disposiciones establecidas en las Addenda V y VI del Plan Nacional de Atribuci6n de
Frecuencias sobre las caracteristicas tecnicas de los equipos y las bandas de frecuencias en
las que podrd operar este servicio y a las disposiciones del Manual del Radioaficionado de
Costa Rica, en cuanto a la forma de operaci6n del servicio, el c6digo de Rica y los demds
temas contenidos en dicho documento.
ARTICULO 12. - Informar al senor MIGUEL CIFUENTES JARA que, queda sujeto a las
disposiciones establecidas en la Ley N° 8642, Ley General de Telecomunicaciones, el
Decreto Ejecutivo N° 34765-MINAET, Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones
y sus reformas, Decreto Ejecutivo N° 40639-MICITT, Reglamento General para la
Regulaci6n de los Trdmites del Servicio de Radioaficionados y Afines, y demds normativa
vigente en esta materia o la que en el futuro se dicte.
ARTICULO 13. - Informar al senor MIGUEL CIFUENTES JARA que, con el objeto de
vigilar el funcionamiento de los servicios y sus instalaciones y equipos la Superintendencia
de Telecomunicaciones practicard las visitas que considere pertinentes (inspecciones segfin
articulo 82 del Decreto Ejecutivo N° 34765-MINAET, Reglamento a la Ley General de
Telecomunicaciones), donde el titular de la red debera mostrar los documentos indicados en
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:
el articulo 88, del Decreto Ejecutivo en menci6n, en cada lugar donde se encuentre algun
extremo de la red de telecoinunicaciones.
ARTICULO 14. - Informar al senor MIGUEL CIFUENTES JARA, que con el objeto de
salvaguardar la optimizaci6n de los recursos escasos, principio rector establecido en el
articulo 3 de la Ley N° 8642, Ley General de Telecomunicaciones, la Superintendencia de
Telecomunicaciones podrd recomendar por motivos de use eficiente del espectro
radioeldctrico, calidad en la redes, competencia en el mercado y demds tdnninos o
condiciones establecidos en la citada Ley y sus Reglamentos, la modificaci6n de los
pardmetros t6cnicos establecidos en el respectivo titulo habilitante. Por esta raz6n en
concordancia con el articulo 74 inciso h) del Decreto Ejecutivo N° 34765-MINAET,
Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones y sus reformas se insta al titular a
cooperar con la Superintendencia de Telecomunicaciones en to requerido para el use
eficiente de los recursos escasos.
ARTICULO 15. - Informar al senor MIGUEL CIFUENTES JARA que, sumado a las
obligaciones establecidas en el titulo habilitante, en las leyes y la reglamentaci6n
correspondiente, estard obligado a aceptar y responder con prioridad absoluta las llamadas y
mensajes de socorro del origen que sea.
ARTICULO 16. - Informar al senor MIGUEL CIFUENTES JARA que, en atenci6n a to
dispuesto en el articulo 63 de la Ley General de Telecomunicaciones, deberd cancelar
anualmente un canon de reserva del espectro radioel6ctrico, por las bandas de frecuencias
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que se le asignan, independientemente de que haga use de dichas bandas o no, y durante la
vigencia del plazo del respectivo titulo habilitante.
ARTICULO 17. - Informar al senor MIGUEL CIFUENTES JARA que, debera cumplir con
to dispuesto en el articulo 17 de la Ley N° 9307, "Creaci6n del Sistema de Alerta y el
Procedimiento para la Coordinaci6n y Reacci6n Inmediata entre las Instituciones Pfiblicas y
Privadas ante la Desaparici6n o Sustracci6n de Personas Menores de Edad", publicada en
Diario Oficial La Gaceta No 224 de fecha 18 de noviembre de 2015, en relaci6n con el
sistema de alerta y el procedimiento para la coordinacidn y reacci6n inmediata de las
instituciones publicas y privadas ante el reporte de desaparici6n o sustracci6n de personas
menores de edad.
ARTICULO 18. - Informar al senor MIGUEL CIFUENTES JARA, que los rangos de
frecuencias citados no podran ser utilizados para brindar servicios de telecomunicaciones
disponibles al publico o a terceros. Si el permisionario hace caso omiso a to anterior, estaria
incurriendo en una infracci6n muy grave con base en to dispuesto en el articulo 67 inciso a)
subinciso 1) y en una infracci6n grave segnn to dispuesto en el inciso b) subinciso 1) del
mismo articulo, de la Ley N° 8642, Ley General de Telecomunicaciones. En este sentido,
cualquier use del espectro otorgado a trav6s de los presentes permisos en contra de to
establecido en la ley y la reglamentaci6n aplicable, podria resultar en la extinci6n, caducidad
o revocaci6n del presente titulo habilitante, segun to establecido en los articulos 25 inciso b)
subinciso 2 e inciso c) y 26 de esta misma Ley.
Pagina 13 de 15
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ARTICULO 19. - Informar al senor MIGUEL CIFUENTES JARA, que los recursos del
espectro radioelectrico no constituyen un bien que el particular tenga el derecho innato a
explotar, o que ejerza sobre el mismo algun tipo de derechos absolutos y el Estado tiene el
deber inexcusable de velar por la conservacion de este dominio publico
ARTICULO 20. - Prevenir al senor MIGUEL CIFUENTES JARA, que los recursos del
espectro radioelectrico no constituyen un bien que el particular tenga el derecho innato a
explotar, o que ejerza sobre el mismo algun tipo de derechos absolutos y el Estado tiene el
deber inexcusable de velar por la conservacion de este dominio publico que, en virtud de to
establecido en el articulo 129 de la Constitucion Politica, es obligacion de su parte acatar la
legislacion vigente y la que en el futuro se promulgue, asi como las reformas que se le hagan
al Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias. Adicionalmente, to acd resuelto es sin
perjuicio de to dispuesto en los articulos 10, 21, 22, siguientes y concordantes de la Ley
General de Telecomunicaciones y los articulos 2, 3, siguientes y concordantes del Plan
Nacional de Atribucion de Frecuencias y sus reformas, asi como las politicas publicas del
Plan Nacional de Desarrollo de las Telecomunicaciones.
ARTICULO 21. - Informar al senor MIGUEL CIFUENTES JARA, sobre su derecho a
recurrir el presente Acuerdo Ejecutivo, mediante el recurso de reposicion el cual deberd ser
presentado ante el Poder Ejecutivo en el plazo mdximo de tres (3) dias hdbiles, contado a
partir del dia habil siguiente a la notificacion del presente Acuerdo, debiendo presentar su
escrito en el Despacho Ministerial de Ciencia, Tecnologia y Telecomunicaciones, sito en San
Jose, Zapote, 250 metros al oeste de la entrada principal de Casa Presidencial, Edificio Mira,
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MONTOVA ROORIGU -Z
MONTOYA (F IRMA)18.111012:29:04-
RODRIGUEZ hob:oo 0
(FIRMA) Reason: F—"'giii
Location: Costa Rica
primer piso. Lo anterior de conformidad con el articulo 346 inciso 1) de la Ley General de
Administraci6n Publica.
ARTICULO 22. - Notificar el presente Acuerdo Ejecutivo al senor MIGUEL CIFUENTES
JARA, por el medio seiialado dentro del expediente administrativo y que este mismo sea
notificado a la Superintendencia de Telecomunicaciones con el fin de ser inscrito en el
Registro Nacional de Telecomunicaciones.
ARTICULO 23. - Rige a partir de su notificaci6n.
Dado en la Presidencia de la Republica, el dia 08 de noviembre de 2018.
CARLOS ALVARADO QUESADA
LUIS ADRIAN SALAZAR SOLIS
MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGIA Y TELECOMUNICACIONES
LUIS ADRIAN ADRIAN SAeLAdZbAyRUIS
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SOLIS 1704:30 06000
(FIRMA) Reason: Firma Digital
Location: Costa Rica
CARLOS Digitally signed by
CARLOS ANDRES
ANDRE v A UESADA
ALVAR ina tF RV 1Y
Date: 2018.11.29
QUESADA 09:54:24-06:00
(FIRMA) Reason: Firma Digital
I nrafinn• r.ncfa Rira